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NUEVO CARNET DE CONDUCIR MOTOS
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SORTEANDO DIFICULTADES
No, no te voy a hablar sobre trial si no sobre
el difícil camino que tienes ante ti (en todos los sentidos) si te
quieres sacar el carnet de moto, tras la entrada en vigor, hace poco
más de un año del nuevo Reglamento General de Conductores. No es
fácil; no lo era antes pero ahora es un poco más difícil, si lo que
quieres es conducir cualquier tipo de moto. Pero no desesperes: no
dudes que la recompensa, al final de este “trial”, merece la pena.
Hace muchos, pero muchos años, el carnet de moto
era algo muy secundario. Tanto que personas como mi madre (que jamás
se ha subido en una moto) lo tienen, ya que se lo daban
automáticamente con el de coche. Años después, en la época en que yo
me lo saqué, las cosas seguían sin ser muy difíciles: el teórico se
hacia una vez y de eso ya no te volvías a examinar nunca. A los 16
te sacabas el “ansiado” A1, que te permitía conducir motos de hasta
75cc. Y a los 18 repetías el mismo examen (el famoso examen del
trébol y el zigzag que ha durado hasta hace un año) y te daban el A,
con el que ya podías conducir cualquier cosa con dos ruedas. La
verdad sea dicha: era un poco blando. Yo soy de los que me lo saqué
así, con mi propia XL 200 me fui un día a la pista de exámenes, lo
hice (llevaba meses con esa moto y años con mi Cobra 74TT) y me fui.
Llegué sin carnet y me fui con el. Pero a pesar de que mi carnet es
de aquella época reconozco que el nivel de exigencia no estaba al
nivel de las motos de aquel momento y fui testigo de más de un
“leñazo” importante de los que pasaban de la Minicross o la Vespa 75
a la FZR Exup 1000, que por si no lo sabes, era ya un aparato de
150Cv y más de 250Km/h.
Por ello soy de los que, a pesar de las voces en
contra, estuve de acuerdo con aquella ley que te obligaba a pasar
dos años de “abstinencia” con motos de hasta 34Cv, entre las cuales,
y cuando me preguntaban, siempre recomendé motos construidas con esa
potencia o la más similar posible: era más divertida, iba mejor y
aprendías más con una buena 125 2T o 250 tipo VTR o ZZR que con una
R6 “capada”, que no corre, no acelera ni se comporta como debe, al
dejar la banda de utilización del motor en la cuarta parte de lo que
tiene que ser.
Pero ahora se han pasado. Y sobre todo, cuando lees
detenidamente la ley que regula el acceso a los carnets de moto
actuales, ves que está hecha sin mucho conocimiento ni de la moto ni
de su mercado. Impone motos de marchas de 400cc para los exámenes
(¿que moto?), marca límites de relaciones peso/potencia sin
especificar cómo calcularlos, cambia la edad de acceso al
ciclomotor, sin ninguna necesidad y algunas otras “patochadas” que
no se explican si no es por que el que lo ha “parido” no tenía ni
idea de lo que dice.
¿Qué carnet necesito?
Ahora, la ley establece cuatro tipos de carnet de moto: Licencia de
ciclomotor, A1, A2 y A. Por otra parte, cumpliendo algunos
requisitos puedes conducir algunas motos con el carnet B, de coche.
Veámoslos uno a uno:
La licencia de ciclomotor, ya existía. Pero ahora ha cambiado en
algunos aspectos importantes. El primero, es que ya no te lo puedes
sacar hasta los 15 años (antes 14). También cambia la forma de
sacártelo, ya que antes podías examinarte por libre y ahora
necesitas pasar obligatoriamente por la autoescuela. Con el en el
bolsillo podrás conducir ciclomotores (ya sabes, 50cc, limitados a
45Km/h, etc...)ya sean automáticos o de marchas. Otra limitación que
se introduce en la ley es que no puede llevar pasajero aunque el
ciclomotor este homologado para dos personas si el conductor es
menor de 18 años. Cumplida esa edad, esa limitación desaparece.
El carnet A1 puedes sacártelo a los 16 años. Autoriza a conducir
motos de hasta 125cc y 11Kw de potencia que traducidos a los más
conocidos caballos son 15Cv. Hay otra limitación importante, aunque
es uno de los “marrones” de esta ley y que cualquier día nos puede
caer en la cabeza: la relación potencia/peso de la moto no debe
superar los 0,1Kw/ Kg. (0,13Cv/kg). Peor la ley no dice (ni se ha
dicho después en ningún otro sitio) qué peso es el que se tiene en
cuenta: ¿la moto sola? ¿Moto más piloto? ¿moto más piloto, pasajero
y equipaje?¿Peso máximo autorizado? Nadie lo sabe, por lo que nadie
hace mucho caso a este requisito. También puedes conducir triciclos
y cuadriciclos con determinadas características, aunque eso aquí nos
lo vamos a saltar, pues hablamos de motos.
Con 18 años puedes sacarte el A2. Este nuevo carnet fue polémico
desde el principio y es el que mayor confusión ha creado: Desde el
gobierno y la DGT, durante la tramitación de esta ley se habló
varias veces de un nuevo carnet de moto “hasta 400cc”. Ni caso. El
A2 no tiene limitación de cilindrada de ningún tipo, sólo de
potencia. Con este nuevo A2 puedes conducir motocicletas de hasta
35Kw de potencia, es decir 47Cv. También limita la relación
potencia/peso de la moto que puedes llevar, en este caso a 0,2Kw/kg,
(0,27Cv/kg) , pero igual que en el caso del A1 no se hace mucho
caso. Me imagino que esto será más importante el día que alguien
pretenda homologar una moto de GP para la calle: ¿te imaginas una
deportiva de 47Cv y 85Kgs de peso, estilo las 125 de carreras?
El último paso antes de montarte en una moto grande es el carnet A.
Puedes sacártelo con más de 20 años, pero no sólo tienes ese límite,
ya que tienes que haber tenido dos años como mínimo el A2: aunque
tengas más años que los rodapiés de las Cuevas de Altamira, o tienes
durante dos años el A2 o no te lo puedes sacar. Eso si, cuando lo
tengas, podrás conducir legalmente la moto que quieras, sin
limitaciones.
Por último, la “tabla de salvación” de la industria de la moto: la
convalidación del carnet B. Tiene una forma “peculiar” en cuanto a
cómo se ha redactado la ley. Está claro que han querido hacerlo de
la forma más restrictiva posible y por ello la ley dice que el
carnet B (el de coche) “No autoriza a conducir motocicletas de
ningún tipo” pero los que lo tengan desde hace más de tres años
podrán conducir motos de las autorizadas por el carnet A1 “dentro
del territorio nacional”.
Las motos para cada carnet
Bien, sabiendo ya las clases de carnet que hay, es
fácil encuadrar a cada moto en su categoría legal. Pero con cuidado,
ya que en los ejemplos que te he dado has visto que hay motos que
están en “zonas oscuras” de la ley. Con la licencia de ciclomotor no
hay pegas: un ciclomotor es un ciclomotor y punto. Tiene que ser de
hasta 50cc, estar su velocidad máxima limitada a 45Km/h y llevará
una placa de matricula amarilla. No hay confusión posible, por que
tampoco hay en el mercado motos de 50cc que no sean ciclomotores.
La cosa se complica un poco más con el A1, y por
tanto, también con el B, con el que puedes, según la ley, conducir
motos “ de las autorizadas por el carnet A1” y, por supuesto,
ciclomotores. Motos y scooters de 125 y 4T no hay ninguno que no
este dentro de este margen legal. Con los motores de 2T, la cosa
cambia. Estos motores dan el doble de esa potencia. Puedes encontrar
scooters de hace unos años de 125 2T que rondaban los 20Cv (Gilera
Runner, por ejemplo) y por supuesto, todas las deportivas 125 2T
andaban sobre los 30Cv, lo que las pone muy lejos del margen legal.
Todavía quedan en el mercado motos como la Aprilia RS 125, Cagiva
Mito 525Sp (125cc, a pesar de su nombre) o motos de supermotard y
campo (Husqvarna WRE125 y SMS125) capaces de alcanzar esas cifras de
potencia, pero hay versiones homologadas de 15Cv de todas ellas, por
lo que no deberías tener problemas con ellas. También con las enduro
de 125 2T puede haber problemas de este tipo: entérate primero si
hay posibilidad de tener versión 15Cv para el A1, por que si no, por
muy 125 que sea, con sus más de 30 Cv (y casi 40Cv) en versión
libre, no tendrás esa opción.
Si tienes carnet B tienes una opción más: tu carnet
te autoriza a conducir triciclos y cuadriciclos de motor de
cualquier potencia pero tienes que tener más de 21 años si estos son
de más de 15Kw (20Cv) de potencia. Piaggio ofrece en su catálogo de
tres ruedas las versiones LT de los MP3. Estos scooters han recibido
algunos cambios como más anchura de vía delantera o un freno de pie
para poder homologarse como triciclos a motor. Cuidado por que las
versiones normales, los que no son LT son legalmente motocicletas:
las ruedas delanteras se consideran una sola pero gemela. En países
europeos leyes similares a la nuestra se han convertido en un éxito
(en Francia, el MP3 400 LT es la moto más vendida el año pasado), ya
que te permite llevar un scooter grande con tu carnet de coche.
Repito, si tienes más de 21 años.
Y con el A2 y el A la cosa se complica aún más. Lo
primero, date cuenta que no hay nadie, en este país (ni en ningún
otro) que tenga el carnet A nuevo. La ley que lo establece entró en
vigor en diciembre del 2009, y si en ese momento te sacaste el
carnet, te dieron ya el A2. Esto implica que hasta diciembre de este
2011 no puedes sacarte el A. Pero se da el caso de que todavía hay
gente que no ha cumplido los dos años de limitación a 34 Cv del
antiguo carnet A, por ejemplo, los que tuvieron la suerte de
examinarse en noviembre del 2009. Por eso hay que diferenciar entre
motos para el carnet A antiguo y el nuevo A2. Con el nuevo A2 puedes
llevar motos de hasta 47Cv. Eso te da acceso a todos los scooters de
hasta 400cc, muchas de las trail medias del mercado, muchas custom
medias, las 250 de carretera, trail y enduro, casi todas las
off-road, que vienen homologadas como 34 cv... y ninguna moto
mediana, salvo que la limites. Ya hay muchos kits de limitación a 47
Cv pero cuidado, por que la propia ley indica que para poder llevar
una moto limitada, esta debe tener, como máximo, el doble de
potencia. Es decir, puedes limitar motos de como máximo 95Cv (ten en
cuenta que la ley habla en kilovatios, 35Kw ó 47,58Cv, por lo que el
doble son 70Kw, es decir 95,17Cv). Esto deja fuera a todas las
supersport de 600 y “parte” por la mitad a las naked medias. Puedes
llevar una XJ6, una Bandit o una CBF. No puedes una Hornet, Fazer ni
GSR. También están dentro motos como la Shiver o Dorsoduro. Ya
sabes, el criterio para saber si puedes limitarla a 47Cv es que la
original no pase los 95Cv.
Pero el tema se complicó con la existencia de kits
de limitación a 34Cv. La gente se preguntaba porque, si podía llevar
una XJ6 limitada a 47 Cv, ¿por que no una R6R limitada a 34Cv? Ya
sabes la respuesta: la potencia de la R6R de origen es de casi
130Cv, lo que la dejaba fuera del A2. Sin embargo, para terminar con
las dudas, una Orden Ministerial posterior que aclara el tema y
autoriza, por ahora, a llevar motos limitadas a 34Cv, si tienes el
A2.
¿Que motos puedo limitar?
Bien, en el apartado anterior hemos hablado de los
criterios legales para limitar motos para el nuevo carnet A2 y el
antiguo A. Con las del A1 pasa lo mismo, puedes limitar cualquier
125cc (ten en cuenta que este carnet establece los dos criterios,
cilindrada y potencia) que pase de los 15Cv. Ahora bien, esto no es
tan fácil como llegar, estrangular el motor para que no corra y
medir cuantos caballos da. Para que puedas limitar la moto tiene que
haber un kit homologado. Y esto ha requerido un montón de pasta y
gastos: al final el proceso es como limitar un modelo de moto nuevo,
el fabricante tiene que presentarla al Ministerio de Industria, a
través del INTA u otro organismo similar, que comprobará que los
datos que figuran en la ficha técnica son reales, que la moto se
ajusta a la potencia que ahora se declara. Hay fabricantes de kits,
el más conocido de ellos es Atimpex (www.atimpex.com) que tiene un
montón de kits disponibles de 15Cv, 34Cv y 47Cv para todo tipo de
limitaciones que se te ocurran. No son baratos, muchos de ellos,
cuando los ves, te decepcionan un poco: has pagado 350€ y te dan una
chapita y un tornillo, pero es que lo que pagas no es la chapita y
el tornillo, si no el proceso de haber homologado la moto a esa
potencia que tú quieres que ahora figure en la documentación de tu
moto. Y si no lo tienen, te lo pueden hacer, pero eso si, prepara
pasta, por que habrá que homologar tu moto como si fuese un
prototipo.
Aún así, hay un límite más que tienes que saber: si
para el A2 se establece que no puedes limitar motos de más de 95Cv,
con la limitación de 34Cv sólo puedes limitar motos de hasta 100Kw
(136Cv). Si tu sueño era sacarte el carnet mañana y pasado estrenar
una hiper-mega-deportiva de 200Cv no vas a poder. Por suerte para
ti.
Otro aspecto que ha cambiado es el tema de
quitar la limitación a las motos. Desde que a finales de los 90 entró en vigor
el tema de los 34Cv todos los que estamos en el mundo de la moto
hemos visto infinidad de motos grandes limitadas sólo en la
documentación. El tema era fácil, compro el kit, me lo monta un
taller autorizado, se pasa la ITV (proceso que sigue siendo igual) y
en la puerta de atrás de la ITV le quito el limitador y ya tengo la
moto con 34 Cv en la “docu” y 100 Cv en el motor. No había muchos
problemas. Mientras no hubiera un accidente grave o un radar que te
cazara, la policía no suele ir por ahí con bancos de potencia. Eso
si, en casos de accidentes más de uno se buscó la ruina. No sólo por
la multa cuando se demostró que la moto no estaba limitada, si no
por que el seguro no se hace responsable, al no tener el conductor
el carnet necesario para conducir esa moto. Porque la
responsabilidad que asumes legalmente llevando una moto así es
exactamente esa: no tienes carnet.
Hoy en día (y desde meses antes del cambio de
carnet) las limitaciones, las piezas que se han montado o modificado
van precintadas. Y si intentas desmontarlas el precinto se rompe. En
el precinto hay un número que te apuntan en la ficha técnica de tu
moto. Y si te para la policía, comprueba la ficha técnica, ve el
número y no ve le precinto: se te ha caído el pelo.
Los exámenes
Uno de los problemas (de las “patochadas”, que te
decía) es que la nueva legislación encarece bastante el tema de los
carnets. No es que de repente el examen valga una barbaridad de
dinero. Es que antes, si sabias montar en moto o tenías quien te
enseñase te ibas a Tráfico, pagabas las tasas del examen y ya
estaba. Ahora es obligatorio hacerlo a través de autoescuela, por lo
que aparte de esas tasas pagas la matrícula de la autoescuela y unas
cuantas clases prácticas que te van a imponer antes de llevarte a
examen.
El primer carnet que puedes sacarte es la licencia
de ciclomotor (AM). Este carnet AM implica aprobar dos exámenes: un
teórico especifico y el práctico. No son difíciles, el temario del
teórico sólo es las normas y señales y algunos aspectos sobre
conducción y seguridad. Si apruebas, tienes un práctico en circuito
de maniobras en el que sólo tienes que hacer un par de maniobras:
pasar entre las chapas y el zigzag lento, en su versión estrecha
(fig1). Pero la lástima es que te estás gastando un dinero en algo
que, si tu intención es llegar a la gran “megadeportiva” sólo te va
a durar un año. El examen práctico lo harás seguramente con un
scooter automático de 50cc: es el único de los exámenes que la ley
prevé que puedas hacer con un vehículo automático o manual,
independientemente de lo que quieras conducir después.
A los 16 puedes sacarte el A1 y este ya es un
carnet de conducir “en toda regla”. Tienes, primero, que aprobar el
teórico común, el que vale para el carnet de coche y cualquier
carnet que te quieras sacar. SI ya has pasado los 18 y tienes otro
carnet de conducir, este ya no tendrás que pasarlo, si hace menos de
dos años que has aprobado. Si no, a volver a presentarte. Aprobado
este examen, tienes otro teórico, esta vez especifico de moto. Te
preguntarán cosas sobre seguridad, algunas cosas básicas de
mecánica, normativa especifica... Eso sí, si después vas a sacarte
el A2, no tendrás que volver a hacer este especifico.
Bien; terminado con los teóricos, pasas a los
prácticos. En este caso ( y en el A2) se especifica que si te
examinas con una moto (scooter) automático, el carnet sólo servirá
para ese tipo de vehículos. Pero es raro, ninguna autoescuela emplea
automáticos. La ley obliga a que el examen se haga con una 125cc de
las que luego podrás conducir,(hasta 15Cv) pero especifica que debe
alcanzar, al menos, los 90Km/h. Harás primero el examen de maniobras
nuevo (fig2). La ley explica como es el examen y que debes demostrar
y entre otras cosas está que puedes empujarla. Por eso el examen
empieza con la moto en un rectangulo. Alli te pones el casco, lo
ajustas, ajustas retrovisores, quitas la pata de cabra y la llevas,
empujando, a la salida del verdadero examen. Tiene dos partes: en la
primera pasas entre las chapas (sin tocarlas) y luego haces un
zigzag y una frenada entre unos conos. Si hasta aquí has llegado
bien, la segunda parte es cronometrada. Tienes 25 segundos para
salir, hacer un zigzag, una curva de 180º, acelerar, pasar unos
conos que simulan un obstáculo que debes esquivar por un lado y
frenar. Puede resultar difícil si te pones “burro” y quieres hacerlo
a tu manera, pero si te dejas aconsejar por el profesor (que para
eso le has pagado) es fácil hacerlo en 22” ó 24”.
Todavía no tienes carnet. Ahora toca demostrar que
te sabes las normas de circulación (cosa que hiciste en el teórico)
y que sabes manejar la moto (como en el práctico de maniobras) pero
ahora, todo junto: examen de circulación en tráfico abierto. Con un
coche detrás, un chaleco con una “L” y un “pinganillo” en la oreja,
el examinador te irá diciendo lo que tienes que hacer. Y si eres
obediente, no te saltas ninguna señal ni haces barbaridades,
¡enhorabuena! Ya puedes conducir una 125cc de 15Cv.
El problema es que después de esta “odisea” y
“pasta gansa” se repite. Si a los 18 años quieres progresar, pasas
el mismo “calvario”. Te ahorras los teóricos, eso si, pero los
prácticos los repites con una moto mayor. Pero si no te has sacado
antes el A1, si que tendrás que examinarte del teórico especifico.
Puedes aplicar aquí todo lo que hemos dicho para el A1. Todo es
igual, salvo que la ley especifica que debe hacerse con una moto de
cilindrada no inferior a 400cc, con potencia comprendida entre 25 y
35Kw, y claro, que no sea automática, por que si no, como pasaba con
el A1, en el A2 te pondrán que sólo te vale para motos automáticas.
Sin embargo, como cambiar todas las 250 de las autoescuelas “ de
golpe” era un poco fuerte (aparte de que es más fácil aprobar con
ellas que con una trail 650, que es lo único que se me ocurre que
puede haber en el mercado para este examen), por una orden
ministerial posterior se autorizó, temporalmente, a examinar con las
motos que había para el A antiguo: las sempiternas Suzuki TU 250,
Honda CB y alguna Yamaha SR que queda por ahí. Y así las están
“estirando” las autoescuelas: en el momento que “casquen” les
obligan a pasarse a las grandes.
Y para el final, el A. Pero para saber cómo vas a
poder sacártelo tendrás que esperar. Lo único que se sabe es que
tienes que haber tenido durante dos años el A2. Es requisito
indispensable. La ley no estableció ni como será el examen ni
ninguno de los aspectos, aunque casi todo el mundo se teme que te
tragarás, por lo menos, otro par de exámenes prácticos. El caso es
que como hasta diciembre del 2011 nadie se lo va a sacar (si tienes
que tener el A2 durante dos años y este se lleva haciendo desde
diciembre del 2009, está claro,¿no?) parece que los organismos
implicados no tienen prisa en descubrirnos que “putaditas” te
preparan antes de subirte en tu ansiada moto no limitada.
Sólo una opinión
En el fondo, a mi me va o me viene poco. Yo tengo
el carnet desde que nos examinábamos a pedales o casi. Sólo me
preocupa (que no es poco) que la mala regulación del asunto acabará
afectando al panorama español de la moto. Ya de por sí es malo que
España, en su situación, se haya atrevido a adelantarse al resto de
Europa en este asunto, por que no se si sabrás que esta regulación
es a consecuencia de la que la Comunidad Europea quiere imponer en
todos sus estados. Pero se estableció una moratoria para que entrase
en vigor en 2013. Aquí nos hemos adelantado, aunque nadie sabe por
que. Hemos conseguido con ello “pillar” a la industria de la moto
“en bragas”, sin modelos que ofrecer verdaderamente destinados a
este nuevo escalado de potencias y en un momento de crisis
terrorífico en el sector de la moto. Anesdor y otras asociaciones y
grupos protestaron, intentaron negociar este Reglamento en lo que
nos afectaba, pero sirvió para poco, por que aquí está, desde hace
ya un año.
El caso es que todo se hace por reducir la
siniestralidad. Y eso está bien. Pero, ¿de verdad estas medidas la
reducirán?. Bueno, está claro que a 500€ (y te lo dejo barato) el
carnet, la cosa se encarece para montarte en la moto. Con ello ya
impiden que algunos se monten y, por tanto, menos “porrazos”. Pero
el que llegue, ¿llega mejor preparado?. Lo dudo. Que se pase por
unas autoescuelas obligatoriamente que enseñan a aprobar exámenes
pero “pasan” de las motos, salvo en lo que les supone de negocio no
parece necesariamente mejorar la formación. Cambiar el escalado de
potencias tampoco parece una solución: si antes se “piñaba” la gente
con las de 34Cv, ¿que cambia para que no lo hagas con 47? De hecho,
sigo siendo de la opinión que con una 125cc de las del A1 y un
poquito de mala cabeza ya tienes más que suficiente para darte el
“talegazo” del siglo.
No es fácil encontrar la forma de enseñar a alguien
a llevar una moto de 180 Cv. Está claro que es mejor enseñar con
motos más pequeñas y luego ascender poco a poco. Pero que te enseñe
el que sabe. Hay muchas y buenas escuelas de pilotaje en España.
Mucha gente que conozco ha ido a esos cursos (yo mismo fui a uno de
los primeros, hace muchos años), cuando ya lleva muchos kilómetros
de moto. Y todo el mundo sale encantado y diciendo que ha aprendido
más en una mañana que en años de moto. ¿Por que no dejamos que sean
ellos los que enseñen a llevar motos, a frenar, a esquivar
obstáculos, a trazar...?. Por que no conozco una sola autoescuela
que sepa contarme que hacer cuando tumbando en mitad de una curva,
en una comarcal, a 80Km/h te encuentras un charco, un obstáculo o
cualquier otra emergencia “real”. Si me voy a gastar la pasta, que
sea en aprender, no en aprobar. Pero esto es sólo una idea. Utópica,
además.

Reportaje: Daniel Navarro “Dani Racing”
Marzo 2011
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