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Vamos a intentar resolver de una vez las eternas dudas que tienen los conductores sobre quienes, desde el punto de vista del seguro, están autorizados a conducir su motocicleta, y quienes no, así como las consecuencias de no hacer bien las cosas. Para acompañar las explicaciones, planteemos las dos posturas, el punto de vista del usuario, y el punto de vista de la compañía de seguros.
LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS DICEN...
El planteamiento interno del Consejo de Administración de cualquier compañía aseguradora a la hora de tomar decisiones podría desarrollarse así.
Todo este planteamiento alrededor de la forma de pensar de las compañías de seguros es lo que ocurre en la práctica.
EL USUARIO PIENSA...
Partiendo del caso de una persona "responsable", esto es lo que debería pensar ante la situación que se plantea:
Esta es la forma de hacer un buen planteamiento para no encontrar problemas con la compañía aseguradora.
CONDUCTORES OCASIONALES
Un aspecto conflictivo es el que hace referencia a los llamados "conductores ocasionales". El nacimiento de esta figura tiene su origen en el siguiente desarrollo: Las compañías aseguradoras saben que lo normal es que un asegurado tenga hijos, que tarde o temprano se sacarán el carnet de conducir, y que querrán conducir, ya sea su motocicleta propia, o el de los padres. También son conscientes las compañías que si aplican las tarifas a un conductor con el carnet recién sacado y muy joven, la prima a pagar sería enorme, por lo que lo más posible es que el hijo se cambie otra compañía si se trata de motocicleta propia, o, incluso peor, tanto el hijo como el padre/madre se pueden ir a otra compañía si se trata de que el padre/madre comparta la motocicleta con el hijo. Para remediar esta situación, las compañías crean la figura de conductor "ocasional", es decir, aquel que, en teoría, usará la motocicleta muy esporádicamente; en la realidad, y en muchas ocasiones, es el habitual. Eso sí, como contrapartida (las aseguradoras no son tontas), este concepto se penaliza en la contratación del seguro de la siguiente manera:
Parece, pues, un buen acuerdo para todos, en principio. Porque desde el punto de vista del asegurado ha conseguido lo que pretendía, es decir, que su hijo/a esté asegurado, y pagando sólo un poco más. Y desde el punto de vista de la compañía, también se consigue el objetivo, que es fidelizar al conductor ofreciéndole una solución mas o menos satisfactoria, y como no, asegurándose un cliente para el futuro (el hijo), ya que dicha persona algún día dispondrá de motocicleta propia (si no es en realidad suya). Sin embargo, no todo es tan favorable como parece, porque esta solución sólo es buena de cara a la compañía, y para el cliente tiene más inconvenientes que ventajas, ya que:
Por estos motivos, nuestro consejo es desechar esta solución en todo lo posible, ya que aunque en principio puede ser una buena idea, al final se transforma en problemas tanto para nosotros como para el otro conductor. Ahora bien, si todo lo contado anteriormente está muy bien desde el punto de vista legal, de cara al futuro, etc, etc, también es cierto que a veces es casi imposible hacerlo, ya que nos exigen pagar primas desorbitadas. Como todo en la vida, hay que sopesar las cosas, ya que a veces, no nos queda mas remedio que recurrir a estas figuras, puesto que la diferencia de la prima entre incluir a un conductor ocasional y habitual es DESPROPORCIONADA. Por poner un ejemplo, podemos encontrar diferencias de mas de 600 euros entre hacerlo de una manera y otra. En tales casos, es cuestión de hacer números, y elegir la mejor de las opciones.
¿QUIÉN ENGAÑA A QUIEN?
Para finalizar, veamos el desarrollo habitual de una situación que se suele producir. Suponiendo una persona, con el carnet recién sacado, con pocos años de edad, que se compra su motocicleta y va a asegurarlo, se encuentra con que la compañía aseguradora le pide una cantidad desorbitada, y que en muchos casos, no es posible de asumir por el interesado. Como no está dispuesto a ello, utiliza a su padre/madre como "tapadera", de tal modo que pone el seguro a nombre de ellos, y el se auto excluye del seguro. Llegados a este punto, hay que tener en cuenta todos estos aspectos: Para que el engaño sea completo, nuestro usuario debe saber que la motocicleta no la puede poner a su nombre, ya que a la hora de hacer el seguro la compañía no va a aceptar hacer un seguro a nombre del padre siendo el propietario el hijo, porque el engaño es demasiado evidente. Si la aseguradora acepta hacer el seguro, el usuario debe asumir que la compañía ya sabe que le está engañando. Como consecuencia, debe saber esa persona que si pasa algo no va a recibir ni un solo euro, porque la compañía utilizará el principio de mala fe al firmarse el contrato. Un paso más en esta suposición es aceptar que la compañía da por bueno el seguro: es decir, ha sido engañada por el usuario. Es decir, en la póliza figura un conductor con bonificación, y el verdadero usuario no aparece. Siguiendo con la suposición, un día ocurrirá un accidente. Para mayor desgracia se producirán daños materiales a otro vehículo y daños físicos a otra persona (desafortunadamente, esto está a la orden del día). En tal caso:
Por último, también puede ocurrir que, con el seguro en estas condiciones, no pase absolutamente nada, es decir, que no ocurra ningún siniestro durante la vigencia del seguro. En tal caso, esa persona se habrá ahorrado una cierta cantidad de dinero, y, en principio, habrá hecho una buena operación. Pero llevando este razonamiento al extremo, la deducción lógica sería no hacer ningún tipo de seguro, porque así si que nos ahorraremos TODO el dinero. Esto, como es lógico, es una insensatez, además de ser ilegal. Como punto final, la recomendación es seguir estos puntos aquí explicados para contratar el seguro más apropiado, y no tener después sorpresas desagradables.
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