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No todo el mundo puede permitirse el lujo de pagar un coche o una moto solo con sus ahorros. A veces no queda más remedio que recurrir a la contratación de un préstamo a plazos, ya sea con una entidad bancaria o con el propio concesionario que te vende el vehículo.
En el contrato de financiación del vehículo suele aparecer una cláusula denominada reserva de dominio, en la que se especifica que la entidad bancaria es la propietaria del bien hasta que abones todas las cuotas, aunque serás tú quien lo utilice en el día a día.
La reserva de dominio es una medida legal que implica que el vendedor se reserva la propiedad del objeto que ha vendido. En el caso de la compra de un coche, la reserva de dominio es una herramienta jurídica utilizada por las entidades financieras o bancarias que indica que no transferirán la plena propiedad del vehículo hasta que se haya pagado la totalidad del importe correspondiente.
Esto significa que el vendedor no transfiere la propiedad ni el dominio del producto hasta que se haya pagado todo lo acordado, y que el comprador solo tiene la posesión y uso del mismo.
Cuando aseguras un coche o una moto la compañía no tiene en cuenta si tiene o no reserva de dominio y, por lo tanto, no figura ninguna cláusula que así lo refleje en el contrato, pero cuando es el propio concesionario quien te financia el vehículo y te “regala” el seguro, sí que pueden incluir dicha cláusula.
Pero independientemente de su inclusión en el contrato, en las condiciones particulares del seguro debe figurar como propietaria la financiera, lo cual podrá verificar la aseguradora con el permiso de circulación y, como asegurado, el conductor o conductores que vayan a hacer uso del vehículo. Recuerda que no hay ningún problema en que el tomador, el propietario y el asegurado sean personas distintas.
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En el caso de que te roben el vehículo o tengas un accidente grave en el que sea declarado siniestro total, la indemnización por los daños materiales será para el beneficiario del seguro, que suele ser el propietario del bien. Pero ¿qué ocurre cuando el vehículo tiene una reserva de dominio?
Uno de los principios básicos en todo contrato de seguro de daños es que no puede ser objeto de enriquecimiento injusto para nadie, es decir, que ni la financiera ni tú podéis recibir más cantidad que el valor del interés asegurado, por lo que la financiera, como propietaria, recibirá el importe y se quedará con la parte que se le adeude hasta la fecha del siniestro. El resto, si lo hubiera, se transfiere del banco al comprador del vehículo.
Si eres el culpable del siniestro y tienes un seguro a terceros, deberás abonar de tu bolsillo el importe que te quede por pagar al banco, aunque ya no utilices el vehículo. En este sentido, si tienes un coche o una moto financiados, lo recomendable es que contrates un seguro a todo riesgo que cubra los daños propios en siniestros en los que resultes responsable.
Una vez que hayas pagado la totalidad de las cuotas a la entidad bancaria, deberás cambiar la titularidad del propietario. Para ello, es necesario que canceles la reserva de dominio, que es una carga que tiene el vehículo y que aparece en el Registro de Bienes Muebles, la cual deberás quitar antes de venderlo, de darlo de baja o de recibir la indemnización íntegra de la aseguradora. En ocasiones, es la propia financiera quien tramita la cancelación de la reserva una vez que está pagada toda la deuda, pero otras veces deberás hacerlo a través de una gestoría, previo pago de una cantidad, o bien por tu cuenta, si quieres ahorrarte ese dinero.
Para hacerlo por tu cuenta, en primer lugar, debes solicitar una nota simple en el Registro de Bienes Muebles de la provincia donde se matriculó el vehículo y acudir con ella a la financiera para que te den un documento acreditativo de la eliminación de la deuda. Con esta carta deberás regresar al Registro para solicitar el levantamiento de la reserva y la retirada de todas las cargas del vehículo, aunque pueden pasar varios días hasta que aparezcas en Tráfico como propietario.
Cuando recibamos la notificación de cancelación de la reserva de dominio, tendremos dos alternativas para completar el proceso. La primera opción es acudir personalmente al Registro de la Propiedad con la carta de pago original, el formulario de cancelación de reserva de dominio, nuestra identificación, los documentos del coche y el pago de las tarifas correspondientes. Después, deberemos esperar aproximadamente dos semanas para que el Registro actualice la carga del vehículo.
La segunda opción es enviar los documentos por correo postal o mensajería, incluyendo nuestros datos personales, firma, fecha, una copia de nuestro DNI o pasaporte y una autorización original de la persona que entregará nuestros documentos en caso de optar por la vía de mensajería. Por último, debemos ir a la Jefatura de Tráfico más cercana para verificar que la situación del vehículo se haya actualizado correctamente. Cabe destacar que este proceso siempre debe ser realizado por el titular del coche, una vez que se haya completado el pago del préstamo.
Según la Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles, el contrato de “leasing” tiene una naturaleza jurídica propia diferente de la venta a plazos. De hecho, la finalidad del contrato de “leasing” es la adquisición del uso y, en caso de querer ejercer, la opción de compra. En cambio, la finalidad de la venta a plazos es la adquisición de la propiedad. No obstante, la cláusula de reserva de dominio habitualmente se incluye en los contratos de “leasing” y “renting”. El contrato de “renting” es también un contrato de arrendamiento a largo plazo que puede formalizarse sobre bienes muebles entre particulares o empresas. No incluye la opción de compra, sin embargo, el vehículo no puede ser transferido hasta que no esté cancelado el contrato de “renting”.
Fuente:Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles
Cambiar la titularidad
El concepto de reserva de dominio aparece en casi todas las operaciones de compraventa a plazos. Se regula en la Ley de Venta a Plazos. El comprador puede hacer uso del bien en cuestión en todo momento. Sin embargo, no cuenta con la autorización para venderlo, cambiar la titularidad o darlo de baja sin el consentimiento de la entidad financiera.
Cuando un vehículo tiene una reserva de dominio, su venta se encuentra limitada debido a la imposibilidad de transferir la propiedad. Para evitar inconvenientes, se recomienda acompañar al comprador a la Jefatura de Tráfico para verificar la situación del vehículo y determinar si posee alguna carga pendiente. Antes de formalizar cualquier pago o contrato, es fundamental verificar la existencia de una reserva de dominio y las cargas asociadas al vehículo. En caso de ser compradores, debemos tener en cuenta que no podremos realizar la transferencia del vehículo a nuestro nombre si aún existe una reserva de dominio activa.
Significa que el comprador de un bien, como un coche o una moto, no adquiere su propiedad hasta que no lo ha pagado por completo.
En las condiciones particulares del seguro debe figurar como propietaria la financiera, lo cual podrá verificar la aseguradora con el permiso de circulación y, como asegurado, el conductor o conductores que vayan a hacer uso del vehículo.
Ni la financiera ni tú podéis recibir más cantidad que el valor del interés asegurado, por lo que la financiera, como propietaria, recibirá el importe y se quedará con la parte que se le adeude hasta la fecha del siniestro. El resto, si lo hubiera, se transfiere del banco al comprador del vehículo.
Una vez que hayas pagado la totalidad de las cuotas a la entidad bancaria, deberás cambiar la titularidad del propietario. Para ello, es necesario que canceles la reserva de dominio, que es una carga que tiene el vehículo y que aparece en el Registro de Bienes Muebles
Fuentes
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