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El pasado fin de semana fallecían 64 personas como consecuencia de un incendio forestal declarado en el centro de Portugal. Muchas de ellas fueron rodeadas por las llamas mientras intentaban huir del fuego en sus propios vehículos. Las imágenes de coches calcinados y carreteras arrasadas han dado la vuelta al mundo. Aunque aún están por esclarecer las causas del incendio, las primeras hipótesis señalan a la caída de un rayo como el origen de todo. Ante una situación de estas características, los damnificados pueden quedar en una situación de desamparo si no tienen un buen seguro contratado.
En plena ola de calor y con la campaña de prevención de incendios forestales ya iniciada en nuestro país, puede interesarte conocer qué coberturas debe tener tu seguro para hacer frente a este tipo de siniestro. Para ello, conviene diferenciar entre dos tipos de daños causados por el fuego: los materiales y los personales.
Para los daños en el vehículo debes tener contratada la cobertura de incendio, incluida de serie en los seguros a todo riesgo, pero que también puedes tener de forma opcional en un seguro a terceros.
Esta cobertura te garantiza una indemnización si tu coche sufre un incendio por una causa fortuita e independiente de la voluntad del asegurado, como un cortocircuito en los componentes eléctricos, una avería del motor o un fuego donde no existen terceros a los que imputar la responsabilidad.
Pero como en todas las coberturas del seguro, existen diferencias entre lo que ofrecen unas aseguradoras y otras, por lo que debes tener en cuenta los condicionantes y limitaciones de cada una:
Si se ha producido una pérdida total del coche, la indemnización que ofrecen las aseguradoras varía en función de la antigüedad del vehículo. La mayoría de las compañías ofrecen el valor a nuevo sólo durante los dos primeros años desde que fue matriculado y, a partir del tercero, a valor venal o venal mejorado, aunque también as hay que ofrecen valor venal ya desde el primer año.
En este caso las compañías pagan el valor a nuevo por los daños producidos en accesorios de serie que no estén sujetos a desgaste, es decir, te cubren la reparación o reposición de las piezas.
Por el contrario, los accesorios opcionales no instalados en la versión de serie o incorporados con posterioridad, no suelen estar cubiertos por la garantía de incendio si no se han declarado a la hora de contratar el seguro. Solo ciertas aseguradoras pagan hasta cierto importe por daños en el equipamiento opcional no declarado.
En el caso de los accesorios de serie sujetos a desgaste por el uso y el paso del tiempo, como pueden ser los neumáticos o el catalizador, las compañías suelen indemnizar sólo en el caso de que existan más daños en otras piezas del vehículo. Generalmente, cuando un coche queda calcinado tras un incendio, la mayoría de las aseguradoras sólo pagan un determinado porcentaje por estos accesorios para eliminar el valor de desgaste en el momento del siniestro.
Si en el momento del incendio te encuentras alejado de la carretera, en un camino forestal o en pleno campo, es imprescindible que tu seguro no excluya los daños producidos en vías consideradas como “no aptas” para circular por no ser de uso común. De otra manera no tendrás derecho a indemnización por daños materiales.
Para los daños personales debes tener incluida la cobertura de seguro del conductor en tu seguro. Esta garantía puede contratarse tanto en pólizas a todo riesgo como a terceros, sin necesidad de tener la cobertura de incendio.
El seguro del conductor indemniza por el fallecimiento o por la incapacidad (permanente o parcial) de la persona asegurada y cubre la asistencia sanitaria en centros médicos concertados o de libre elección.
Las indemnizaciones en estos casos varían en función de las compañías y de la cantidad que quiera contratar el asegurado, ya que con la mayoría de las aseguradoras tienes la posibilidad de contratar una cantidad pequeña de partida y, si lo deseas, puedes ampliar dicha cantidad pagando un suplemento adicional. Estas cantidades suelen oscilar entre los 3000 y los 60 000 €.
Para los pasajeros es distinto. De no existir terceros culpables en el origen del incendio –como en un principio parece ser el caso de lo ocurrido en Portugal- estarían desprotegidos, salvo que tengan contratado un seguro de vida o de accidentes que cubra los daños personales. Si finalmente se descubriese que hay terceros culpables, todos los gastos serían imputables a dichos responsables, incluidos los daños materiales y personales de todos los perjudicados.
El Consorcio de Compensación de Seguros se hace cargo de los daños causados por catástrofes extraordinarios, como inundaciones, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, actos de terrorismo y actuaciones de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad. Sin embargo, no contempla los daños producidos por un incendio o la caída de un rayo, aunque por su magnitud el Estado lo declare como zona catastrófica. En este caso, el Gobierno puede lanzar planes especiales de ayuda para prestar subvenciones a las personas afectadas.
Lo que sí cubre el consorcio son los daños personales que sufran las personas que participen en las labores de extinción de incendios forestales.
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