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A pesar de que España cuenta con una cobertura universal de la Seguridad Social, la asistencia pública no es ilimitada en casos de accidente de circulación. Cubre la atención médica, pero no lo que cuesta. Por tanto, la Seguridad Social te atenderá, pero no asumirá los gastos de esa atención. Para ello las aseguradoras tienen un convenio con hospitales públicos y privados.
No, cuando se trata de lesiones causadas en un accidente de circulación, la Seguridad Social presta atención médica, pero no cubre los gastos de esta asistencia. ¿Quién debe pagarlos? El responsable del accidente o su compañía de seguros hasta una determinada cantidad. O, en su defecto, el Consorcio de Compensación de Seguros. Los llamados accidentes “in itinere”, esto es, de camino al trabajo o de vuelta, son considerados accidente laboral y están cubiertos por la mutua de tu empresa.
Fuente: Consorcio de Compensación de Seguros
En el primer caso, estás totalmente cubierto, por la cobertura de Responsabilidad Civil Obligatoria del seguro del conductor que ha tenido la culpa, que llega hasta los 70 millones de euros para daños personales. Si eres el conductor responsable, no tendrás que hacer frente a todos los gastos si tienes incluida en tu póliza la cobertura de Seguro de Conductor.
Al contratar un seguro para tu coche o moto es imprescindible que revises las coberturas que te ofrece la compañía de seguros en tu póliza y compruebes si está incluido el Seguro de Conductor , que te cubrirá si resultas herido y tienes la culpa. Esta cobertura es importante sobre todo si conduces una moto, ya que los daños físicos suelen ser mucho más graves que en un accidente de coche.También es importante una cobertura con asistencia sanitaria ilimitada o, al menos, con una cantidad suficiente para garantizar todos los gastos. Con esta cobertura, tu aseguradora paga los gastos de asistencia sanitaria en caso de que seas responsable del accidente, hasta una determinada cantidad, que en algunas compañías puede ser ilimitada.
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Esta cobertura cuenta con tres garantías básicas: indemnización por fallecimiento del conductor asegurado, indemnización por invalidez permanente, ya sea total o parcial, e indemnización por los gastos sanitarios necesarios para el restablecimiento del accidentado
El límite económico de las compañías suele ser de entre 3.000 y 60.000 euros, y puede llegar a cubrir el 100% en caso de acudir a un centro sanitario concertado con la aseguradora, esto es, un centro médico público o privado adherido al Convenio de Asistencia Sanitaria de Unespa –la patronal del seguro–, que suscriben las aseguradoras de forma voluntaria. En cuanto al límite temporal, lo habitual es que la asistencia dure un año desde la fecha del accidente, aunque puede extenderse hasta los tres años.
Fuente: unespa.es
Son acuerdos de colaboración para asegurar la asistencia médica en caso de accidente. En ellos interviene la patronal de la Asociación Empresarial del Seguro –la patronal de las aseguradoras–, el Consorcio de Compensación de Seguros y distintas entidades sanitarias públicas y privadas. Mediante estos acuerdos, las entidades aseguradoras se comprometen a pagar los gastos sanitarios que necesiten los ocupantes del coche accidentado. El conductor está cubierto por el Seguro de Responsabilidad Civil del contrario.
Los convenios en vigor son los siguientes:
Sí. Estos supuestos son los accidentes de moto sin contrario y los accidentes de coche sin contrario, aunque depende de si la asistencia es en centros públicos o privados. El problema es que esta información no está especificada en el contrato del seguro. Pero debes tenerla muy en cuenta para no llevarte una sorpresa desagradable.
Los accidentes de moto sin contrario, es decir, en los que no está involucrado otro conductor, están excluidos del convenio de Unespa sobre asistencia sanitaria en el sector privado. Por el contrario, en el convenio con el sector público sí que están incluidos los gastos médicos, aunque solo los relativos a la primera asistencia o urgencia. Esto quiere decir que, si necesitas una segunda intervención, el seguro pagará hasta la cantidad contratada con centros no concertados. Si esta cantidad no fuera suficiente para cubrir la atención, el resto lo paga el accidentado de su bolsillo.
Fuente: Unespa: Cobertura en centros privados
Como ocurre con los accidentes de moto sin contrario, es decir, en los que no está involucrado otro conductor, no está incluida la asistencia médica de forma ilimitada en centros privados para el conductor accidentado. Si se acude a un centro público adherido al convenio, el seguro cubre hasta una determinada cantidad. Si la factura médica fuese superior, el asegurado se hace cargo del excedente hasta el límite contratado.
Fuente: Unespa: Cobertura en centros públicos
En los casos en los que el conductor asegurado no sea culpable del siniestro es la compañía contraria quien paga íntegramente los gastos sanitarios a través del Seguro de Responsabilidad Civil del tercero culpable.
¿Qué pasa si no tengo seguro?
En caso de no tener contratado ningún tipo de seguro para tu coche, podrías tener graves problemas. En primer lugar, te pueden poner una multa, de entre 601 y 3.000 euros. Además, te inmovilizarán el coche. Y si tienes un accidente, tendrás que cargar con todos los gastos ocasionados, físicos y materiales.
Todo vehículo, sin importar su tipo, está obligado por ley a tener un seguro. La póliza mínima requerida es la Responsabilidad Civil Obligatoria. Su objetivo principal es cubrir cualquier daño que podamos causar a terceros mientras conducimos, ya sean daños físicos, personales o materiales. No obstante, este seguro no cubre los daños propios, tanto físicos como materiales, que podamos sufrir. Sin embargo, cada vez más, los Seguros a Terceros incluyen coberturas que se consideran también fundamentales, las cuales complementan y amplían el seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria. Algunas de estas coberturas incluyen la Responsabilidad Civil Voluntaria o la Asistencia en Viajes.
No. La Seguridad Social te presta asistencia, pero repercute estos gastos posteriormente a tu compañía aseguradora.
Es un acuerdo de la patronal de los seguros con la red pública y privada de hospitales para asegurar esta asistencia sanitaria, la intervención urgente, los traslados sanitarios o la rehabilitación.
Sí, los accidentes tanto de moto como de coche que no involucran a un contrario.
En caso de un accidente en el que tú no tengas la culpa, se hace cargo de los gastos el seguro de Responsabilidad Civil del contrario.
Es importante que tu póliza incluya un Seguro de Conductor que permitirá que la aseguradora se haga cargo de tus daños.
Fuentes:
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