El incumplimiento de las normas administrativas y las reglas básicas de circulación lleva acarreado multas o sanciones administrativas en el mejor de los casos. Pero si ocurre un accidente, la situación puede complicarse y el seguro puede dejar de tener validez.
Las compañías de seguros indemnizan al conductor responsable de un accidente de circulación conforme a lo que indique su póliza y también a las víctimas, según lo que establece la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Sin embargo, no tener en regla los papeles o haber incumplido las normas de circulación repercute en la indemnización del seguro (reduce la suma final o la elimina por completo), e incluso puede ocurrir que la compañía aseguradora te reclame que corras con todos los gastos ocasionados a terceros.
El uso del casco cuando viajas en moto es obligatorio y no llevarlo puesto, además de un alto riesgo para tu seguridad, supone una infracción grave con multa de 200 € más la pérdida de tres puntos del carné de conducir.
Cuando ocurre un accidente donde existe un tercero culpable que esté obligado a pagarte todos los daños, su aseguradora podrá alegar que no llevabas puesto el casco y que has contribuido a agravar el daño, lo que podría reducir la indemnización hasta en un 75%, tal y como establece el artículo 1 de la Ley sobre responsabilidad civil.
Si por el contrario eres responsable del accidente, tu compañía seguros de moto podrá denegarte la totalidad de la indemnización que tengas contratada para los daños personales si así viene indicado en las exclusiones de tu póliza, por lo que tendrás que hacer frente, además, a todos los gastos de la asistencia sanitaria que precises.
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Al igual que el casco, el uso del cinturón de seguridad es obligatorio para circular en coche y conlleva las mismas sanciones: una multa de 200 euros y la detracción de tres puntos del permiso.
A diferencia de no llevar casco, si tienes la culpa de un accidente de tráfico, ninguna aseguradora excluye la indemnización del conductor por no llevar puesto el cinturón de seguridad, pero ten cuidado, porque si es otro vehículo quien provoca el accidente y su aseguradora debe pagarte los daños personales, en este caso sí que podrá reducir hasta un 75% de la indemnización si alega que ha supuesto una agravación del riesgo.
El carné de conducir tiene un periodo de vigencia de diez años desde su fecha de expedición o renovación. Para las personas de más de 65 años este periodo se reduce a cinco años.
Si por cualquier motivo olvidas renovar tu carné de conducir a tiempo y te para la autoridad en un control, esto puede acarrearte una sanción grave con multa de 200 euros. Un carné de conducir caducado no autoriza a su conductor a conducir y el seguro contratado deja de tener validez.
Pero lo peor que puede ocurrirte es que tengas un accidente, ya que tu aseguradora podría denegarte la cobertura tanto por los daños del vehículo como por las lesiones que te hayas producido y, además, reclamarte los gastos en los que incurra la compañía por indemnizar a terceros perjudicados.
La vigencia de cada inspección es distinta según el tipo de vehículo y su antigüedad y la sanción por tenerla caducada es de 200 euros.
Una vez más, no es la falta administrativa lo más grave, sino lo que puede pasarte en caso de accidente con la ITV caducada, ya que no te servirá de nada tener contratado el mejor seguro a todo riesgo. Tu compañía podrá negarse a pagarte los daños y, aún peor, podrá reclamarte los gastos en los que incurra por indemnizar a terceros si se demuestra que la falta de mantenimiento ha sido la desencadenante del siniestro.
Llevar un vehículo ya de por sí supone un peligro contante, ya que es una máquina capaz de arrollar a alguien o chocar a alta velocidad con consecuencias fatales. Pero, además, ponerse al volante de un coche estando bajo los efectos del alcohol o de las drogas es doblemente peligroso, ya que las capacidades de control se ven seriamente mermadas.
Además, de tener consecuencias penales en función de la tasa de alcohol detectada, este hecho puede acarrear consecuencias económicas muy graves.
En primer lugar, no te librarás de una sanción administrativa, con multas de más de 1.000 euros, más la pérdida de 6 puntos del carné de conducir. Pero, lo que es peor, tu compañía de seguros se negará a indemnizarte por los daños personales y materiales que te hayas producido, así como los daños que ocasiones a terceros, lo que puede dar lugar a indemnizaciones millonarias.
No. Tu compañía no solo podrá negarse a pagarte los daños propios, sino que podrá reclamarte los gastos en los que incurra por indemnizar a terceros si se demuestra que la falta de mantenimiento ha sido la desencadenante del siniestro.
La sanción es de 200 euros. Si tienes la culpa de un accidente de tráfico, ninguna aseguradora excluye la indemnización del conductor por no llevar puesto el cinturón de seguridad, pero si es otro vehículo quien provoca el accidente y su aseguradora debe pagarte los daños personales, en este caso sí que podrá reducir hasta un 75% de la indemnización si alega que el no llevar cinturón de seguridad ha supuesto una agravación del riesgo.
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