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Tener un seguro sin ITV en vigor o sufrir un accidente sin ITV puede traer consecuencias graves para ti y tu vehículo. Como propietario de un coche, es crucial que cumplas con las inspecciones técnicas periódicas para evitar multas, sanciones y problemas con tu aseguradora. Si tienes un accidente sin la ITV en vigor, tendrás multas y sanciones, pero además, tu seguro podría negarse a pagar los daños propios de tu coche. Descubre cómo hacer para evitar las sanciones y los problemas derivados de una ITV caducada.
Para algunos conductores, la ITV es un trámite molesto, innecesario e incómodo. Pero, la realidad es que esta inspección es una de las formas más eficientes que tiene la DGT de garantizar la seguridad de todos. La dirección de tráfico se encarga de velar porque todos los vehículos que circulan en las vías españolas, lo hagan de la manera más segura. Y, el estado del vehículo es un ingrediente fundamental.
Las inspecciones técnicas tienen como objetivo comprobar que los sistemas y estructuras de los vehículos funcionen de forma correcta. Esto se garantiza con un examen minucioso de los sistemas de seguridad, estructurales y de emisión de contaminantes. En una estación de la ITV, una serie de técnicos especializados analizan todos los elementos de forma personalizada y exhaustiva.
Adicionalmente, la DGT está consciente que los vehículos sufren un desgaste propio del uso y del tiempo. Por esta razón, la ITV no es un examen único sino que se debe repetir cada cierto tiempo. Esto se hace con la finalidad de comprobar que el deterioro no ha afectado a la circulación segura de tu vehículo.
Ahora bien, además de las razones técnicas y de seguridad general, existen unas razones que te afectan de forma directa. Mira lo que pasa si no tienes una ITV en vigor y/o positiva.
En uno de nuestros artículos previos llamado: “Los riesgos de circular sin seguro de coche y sin la ITV en regla”, te advertimos al respecto. Allí, te detallamos cuáles son las consecuencias económicas y legales de no hacer las ITVs de tu coche. Fíjate sólo en algunas de las más destacadas:
Circular con un seguro sin ITV en vigor y favorable puede acarrear multas significativas que varían según la gravedad de la infracción. La multa genérica es de 200€ por una ITV caducada y de 500€ por circular con una ITV negativa. Pero, los gastos se multiplican si le sumas la inmovilización del vehículo y los costes del depósito municipal. Puedes ver a cuánto ascienden por región aquí.
Un accidente sin ITV al día y favorable, puede ser muy negativo para ti. Un juez puede determinar que la falta de certificación técnica es un agravante y que el accidente pudo haberse evitado con un vehículo en buenas condiciones. Esto podría afectar tu culpabilidad y acarrear sanciones administrativas e incluso, penales.
Algunas aseguradoras incluyen dentro de sus cláusulas, la exclusión del seguro sin ITV al día. Estas exclusiones pueden hacer que la compañía tenga razones suficientes para negarse a pagar los daños propios. Sin importar el tipo de póliza que tengas contratada.
En este último punto, es importante que sepas que según la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro, los daños a terceros están siempre garantizados. Es decir, así tengas un accidente sin ITV, las indemnizaciones a personas y propiedades serán cubiertas. Pero, también es importante saber que algunas empresas te podrán exigir una devolución de parte o la totalidad de los daños por tener el seguro sin la ITV al día.
Como ves, es importante saber que la ITV debe repetirse y aprobarse de acuerdo a una clasificación establecida por tipo de vehículo. Cada categoría de vehículo tiene un periodo de vigencia de la ITV que se establece en el Reglamento General de Vehículos. Fíjate cuáles son y ubica tu tipo de vehículo para que sepas cada cuánto tiempo debes pasar por la inspección.
Lee también: Los riesgos de conducir sin seguro
Los desgastes no son idénticos en todos los tipos de vehículos. Un coche de uso urbano y esporádico, no tiene el mismo desgaste que un vehículo de carga de uso cotidiano. Pero también, es importante considerar que la construcción de los vehículos se hace más o menos resistente de acuerdo a su propósito y uso generalizado.
Por ende, la DGT no puede estandarizar las revisiones técnicas con la misma medida. Y, es por esta razón que, la ITV se debe hacer con la periodicidad que indica la normativa, según estos parámetros:
Tipo de vehículo | Años de uso/matriculación | Caducidad de la ITV |
---|---|---|
Turismos | de 4 a 10 años | 2 años |
> 10 años | 1 año | |
Motocicletas | > 4 años | 2 años |
Ciclomotores | > 3 años | 2 años |
Furgonetas y vehículos ligeros hasta 3500 kg | de 2 a 6 años | 2 años |
de 6 a 10 años | 1 año | |
> 10 años | 6 meses | |
Camiones y vehículos pesados (>3500kg) | < 10 años | 1 año |
≥ 10 años | 6 meses | |
Autobuses | < 5 años | 1 año |
≥ 5 años | 6 meses | |
Caravanas y autocaravanas | ≥ 6 años | 2 años |
Vehículos agrícolas y maquinarias auto-motorizadas | de 8 a 16 años | 2 años |
≥ 16 años | 1 año |
Adicionalmente, la DGT considera que los vehículos nuevos deben tener un periodo de excepción de la inspección debido a su condición. Una vez transcurrido este periodo de gracia, deberán hacer las inspecciones de acuerdo a la periodicidad establecida para su categoría. Estos periodos de gracia de la ITV son:
Tipo de vehículo | Periodo exento de ITV |
---|---|
Turismos | 4 años |
Motocicletas | 4 años |
Ciclomotores | 3 años |
Furgonetas y vehículos ligeros hasta 3500 kg | 2 años |
Camiones y vehículos pesados (>3500kg) | 2 años |
Autobuses | 4 años |
Caravanas y autocaravanas | 6 años |
Vehículos agrícolas y maquinarias auto-motorizadas | 4 años |
Si tienes dudas, la app miDGT te permite comprobar todos los datos relacionados con tu coche, incluyendo la fecha de tu próxima ITV. Aquí podrás informarte sobre las citas, estaciones disponibles en tu localidad y otros datos importantes. Asimismo, en el informe de vehículo de la DGT verás la fecha de tu última inspección y podrás saber cuándo tienes que repetirla.Como viste anteriormente, la ITV en vigor es clave a la hora de un accidente de tráfico. Esta inspección es fundamental para garantizar que tu coche tiene las condiciones mínimas para circular con seguridad. Asimismo, es uno de los factores clave para contratar y/o renovar tu póliza de seguro de coche. Mira algunos requisitos comunes.
No hay dos aseguradoras idénticas, tampoco existen dos tipos de póliza iguales o con las mismas condiciones. La amplitud del mercado asegurador español tiene la ventaja de tener múltiples opciones para cada necesidad y presupuesto. En este contexto, cada aseguradora puede pedir más o menos requisitos para contratar sus pólizas de seguro de coche.
Sin embargo, aunque cada empresa tiene una serie de requerimientos especiales, existe un tronco común a todas las aseguradoras. Cada vez que quieras contratar o renovar un seguro de coche, tendrás que anexar:
Aquí, no sólo debes incluir tus datos básicos como nombre, DNI, edad o datos de contacto. Las aseguradoras te pedirán otros datos como dirección, fecha de tu primer carné de conducir y tipo de carné. Adicionalmente, te podrán preguntar sobre tu tipo de trabajo, estado civil, si tienes hijos mayores de edad o cuál es tu experiencia previa con el seguro.
Esta información es clave para elaborar un perfil de riesgo que se usa como factor de cálculo en la prima. Asimismo, tu historial de siniestralidad y otros datos, se usan para establecer coberturas, limitaciones y exclusiones.
La marca, modelo y antigüedad de tu coche, son datos que permiten hacer un perfil general del vehículo. Pero adicionalmente, la aseguradora te preguntará sobre el uso, kilómetros recorridos y planes de desplazamiento anuales del coche. Esto se suma a un análisis de siniestros reportados y datos básicos como la ITV.
Las aseguradoras suelen investigar el coche mediante ficheros compartidos entre las empresas como el SINCO. Este fichero guarda información de todos los siniestros reportados con anterioridad en cualquier aseguradora. Del mismo modo, las empresas podrán pedir a la DGT un informe de vehículo para conocer cuándo fue la última ITV y cuál fue su resultado.
En base a estas investigaciones, la aseguradora se reserva el derecho de negarse a emitir un seguro sin ITV al día, lo que podría complicar tu situación en caso de un accidente sin ITV. Contratar un seguro sin ITV es prácticamente imposible, ya que la ley exige a las aseguradoras comprobar estos datos antes de emitir una póliza.
En nuestra comparador de seguros de coche, podrás ver cuáles son los requisitos de cada aseguradora del mercado actual. Allí, en pocos minutos y de forma 100% personalizada podrás contratar con la empresa que te dé mayores beneficios. También, podrás analizar toda la oferta actual y comparar precios, coberturas y servicios. Todo, desde tu móvil u ordenador y sin moverte de casa.
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Según la DGT, en España 4 de cada 10 vehículos tiene problemas con la ITV. No sólo en términos de inspecciones caducadas, sino con resultados desfavorables y negativos. Pero además, existe un porcentaje elevado de vehículos que nunca han pasado por una estación de inspección. Las multas por no tener una ITV positiva y en vigor pueden ir desde los 200 hasta los 3005€. Un policía tiene el deber de detener e inmovilizar un coche sin ITV con los gastos de traslado y depósito a cargo del propietario.
No exactamente. Es decir, la DGT establece que los coches nuevos no tienen la obligación de una ITV, pero, sólo por un periodo específico y que varía por cada tipo de vehículo. Pasado este periodo, deberás pasar por la ITV de acuerdo a la periodicidad establecida para tu tipo de vehículo.
No. La ley es muy clara en este sentido y las multas pueden llegar hasta los 500€ con la inmovilización del vehículo. La ITV puede permitirte ir desde la estación hasta el taller o tu casa si la ITV es desfavorable, pero si es negativa, deberás salir de la estación en una grúa.
Los daños a terceros están garantizados siempre por una exigencia legal. Si tienes una ITV negativa o caducada y tienes un accidente, el seguro cubrirá los daños a terceros si eres el culpable. Pero, el seguro tiene el derecho a negarse a cubrir tus daños propios.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-1826
https://www.dgt.es/conoce-la-dgt/con-quien-trabajamos/itv/
https://www.dgt.es/nuestros-servicios/tu-vehiculo/tus-vehiculos/consulta-los-datos-de-tus-vehiculos/
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