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Una empresa puede incluirte en un fichero de morosos si contraes una deuda con ella por una cantidad superior a 50 € durante un periodo de tiempo superior a cuatro meses. Para ello, deberá comunicártelo con un mes de antelación, dándote la opción a corregir, oponerte y reclamar los datos que incluirán en la lista. De lo contrario, podrás exigir la salida inmediata del fichero aún sin aportar la cantidad adeudada.
Una lista de morosos es una base de datos informatizada en la que figuran personas físicas o jurídicas por impago de deudas. Son instrumentos muy valiosos para las empresas a la hora de valorar el riesgo de una relación financiera o comercial con un futuro cliente. Entre las más importantes destacan ASNEF, Equifax, Experian, Badexcug, RAI, CIRBE y el Fichero de Incidencias Judiciales (FIJ). Una persona incluida en alguna lista de morosos puede verse en situaciones difíciles si quiere contratar un crédito o una hipoteca, o contratar un servicio como la luz, el agua o el gas.
Sí. Estas dificultades también se dan cuando quieras asegurar un coche o una moto. Hay compañías que no te aceptarán como cliente si estás incluido en alguna lista de morosos, porque si comprueban que has tenido problemas para pagar otros servicios o bienes, considerarán que es probable que en algún momento devuelvas el recibo sin previo aviso o que te quedes sin fondos para abonar las cuotas en las futuras renovaciones.
Lo más recomendable para no tener inconvenientes con las aseguradoras es que saldes tu deuda con la entidad acreedora y pidas que hagan las gestiones para que te eliminen del fichero, aunque en estos casos es frecuente que seas tú quien tenga que solicitarlo directamente al encargado de gestionar el listado. Si en el plazo de 10 días no obtienes respuesta puedes poner una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, adjuntando la documentación que demuestre que ya has pagado lo que debías.
En el caso de que no puedas quitarte del listado, busca una compañía en nuestro comparador de seguros de coche o comparador de seguros de moto, pero si ninguna está dispuesta a asegurarte, trata de declarar a otra persona como tomadora del seguro y ponerte tú como conductor. Si aun así ninguna quiere asumir el riesgo, la solución que te queda es acudir al Consorcio de Compensación de Seguros, que, previo pago de la prima anual, te ofrecerá un seguro con la cobertura obligatoria de responsabilidad civil para que puedas seguir circulando con tu vehículo.
Las compañías de seguros renuevan las pólizas de coches y motos cada año de forma automática, salvo que notifiques tu intención de cancelarlas con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento. En el caso de que en tu cuenta no haya fondos suficientes para ejecutar el pago o que comuniques al banco que no se realice el cobro, lo más probable es que la compañía te envíe una carta certificada para solicitarte el pago de la prima. Si continúas sin abonar la cantidad que te exigen, algunas aseguradoras pueden amenazarte por escrito con llevarte a juicio para exigir el pago de la deuda, aunque es poco habitual en los seguros de automóviles, ya que el importe de las primas no suele ser muy elevado. Transcurridos cuatro meses desde el impago, la aseguradora puede incluirte en un listado de morosos, pero recuerda que antes de hacerlo debe comunicártelo de forma fehaciente con un mes de antelación.
Se puede hacer de un día para otro. La Agencia Española de Protección de Datos dice que solo se podrá entrar en estos ficheros tras cuatro meses de impagos. Sin embargo, muchas compañías proceden a registrar a su cliente en estas listas al tercer recibo devuelto. La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, en su artículo 29, obliga a las empresas que gestionan estos ficheros a notificar a los interesados, en el plazo de treinta días, los datos personales incluidos; a Informar a la persona incluida de su derecho a recabar información sobre esto datos; a comunicar los datos de a quién se han revelado; a registrar y ceder, solamente, los datos de carácter personal que sean determinantes para valorar la solvencia económica del interesado. Además estos datos, cuando sean adversos, no pueden referirse a más de seis años.
Fuente: La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, artículo 29
¿Hay una cantidad mínima para ser incluido en una lista de morosos?
Si crees que en estas listas solo figuran los que deben cantidades importantes, como plazos de su hipoteca o las cuotas de un préstamo, estás equivocado, porque no es así. En realidad, cualquier impago de recibos, por ejemplo, de la luz, teléfono, agua, etc., por pequeño que sea su importe, incluso cuando se han devuelto por considerarlos incorrectos o inexactos, pueden llevarte a que te incluyan en una de estas listas.
A veces ocurre que una persona figura en estos listados sin ningún motivo ni culpa suya, solo por error. Una de las razones de esta desagradable situación puede ser un “robo de identidad”. También puede darse esta situación porque la empresa de un servicio ha continuado cobrándoselo a su cliente aunque este se haya dado de baja. En el caso de haber sido víctimas de una vulneración del derecho a la protección de datos, se tiene derecho a una indemnización. Para esto, hay que presentar una demanda por daños y perjuicios contra el responsable del Registro y contra la empresa que comunicó la supuesta deuda al responsable del Registro. Otra razón para seguir figurando en una lista de este tipo puede ser que, a pesar de la cancelación de la deuda, sus datos no hayan sido eliminados del registro.
Es una base de datos informatizada en la que figuran las personas físicas o jurídicas que tienen deudas. Son un elemento importante para las empresas a la hora de calibrar el riesgo de un posible cliente.
Debes saldar tu deuda e iniciar las gestiones para que te eliminen del listado.
Lo más directo es saldar tu deuda. Pero, si no puedes saldarla y quieres contratar un seguro, puedes declarar a otra persona como tomadora y ponerte tú como conductor
Puedes acudir al Consorcio de Compensación de Seguros, que te ofrecerá un seguro con la cobertura obligatoria de responsabilidad civil para que puedas seguir circulando con tu vehículo.
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