¿En qué debes fijarte al contratar la cobertura de daños propios?

Daniel Bañares
Daniel Bañares Responsable de Contenidos

La cobertura de daños propios es una garantía de los seguros a todo riesgo. Cubre los desperfectos materiales ocasionados en tu vehículo como consecuencia de un siniestro. Si la tienes contratada, es tu aseguradora quien se hace cargo de los gastos de reparación, reposición e indemnización, en caso de que seas el responsable de los daños (colisión, vuelcos, roces al aparcar, etc.), pero también cuando seas la víctima y no puedas identificar al culpable, por ejemplo, si tu coche recibe un golpe estando estacionado.

coche danado

Qué cubre la garantía de daños propios

En general, esta garantía indemnizará por los daños producidos por golpes contra otros vehículos u objetos, en accidentes que son consecuencia de la mala conservación del coche o por vicio de sus materiales, además de por vuelcos, hundimientos de terreno, incendios o explosión y actos vandálicos de terceros. Como cualquier otra cobertura de un seguro, tiene condicionantes y limitaciones que varían mucho de unas compañías a otras. Por este motivo, a la hora de contratarla es importante que te fijes en los siguientes aspectos para asegurarte de que responde a tus expectativas en caso de accidente:

  1. Indemnización en un siniestro total

Las indemnizaciones en caso de siniestro total varían según la aseguradora y la antigüedad del vehículo. La mayoría de las compañías indemnizan por valor a nuevo sólo durante los dos primeros años, pero las hay incluso que, ya en el primer año, lo hacen tomando como referencia el valor venal o valor de reposición (valor de venta en ese momento), lo que puede suponer diferencias de miles de euros.

  1. Accesorios opcionales

Los accesorios opcionales son aquellos por los cuales pagas un suplemento a la hora de comprar el vehículo o los que se instalan con posterioridad a su compra. No suelen estar cubiertos por la garantía de daños propios, salvo que los declares expresamente en la póliza pagando un suplemento. Sin embargo, hay algunas aseguradoras que sí los cubren hasta una cantidad determinada, algo que puede ser interesante dependiendo del equipamiento de tu vehículo.

  1. Accesorios de serie

Los accesorios de serie (aquellos que vienen ya instalados de fábrica y no se pueden añadir de forma opcional), sí están cubiertos por los daños propios. La excepción sería la de los objetos sujetos a desgaste, como son los neumáticos, por lo que las aseguradoras suelen requerir, a la hora de cubrirlos, que haya más elementos dañados o que se declare un siniestro con otro vehículo implicado para cubrirlos.

  1. Daño en equipajes

Al igual que ocurre en los accesorios opcionales, hay aseguradoras que indemnizan hasta una cantidad determinada por los daños producidos en el equipaje transportado en el vehículo, si ha sufrido daños como consecuencia del siniestro. Atender a esta cantidad puede ser importante, según lo que habitualmente transportes en el vehículo.

  1. Circular por “vías no aptas”

Si circulas de manera habitual por el campo o por la montaña, te conviene contratar un seguro que incluya los daños producidos en este tipo de vías, ya que algunas aseguradoras no indemnizan si tienes un siniestro mientras circulas por lugares que la Administración no reconoce como abiertos a la circulación o de uso común.

  1. Fenómenos meteorológicos

La cobertura de daños propios sólo cubre los daños causados por el granizo y por la caída del rayo. Sin embargo, algunas aseguradoras excluyen este tipo de situaciones que, en ningún caso, están cubiertas por el Consorcio de Compensación de Seguros. Otras contingencias pueden ser los riesgos catastróficos extraordinarios, como inundaciones, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, terrorismo y actuaciones de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad. En estos casos siempre es el Consorcio quien se hace cargo de indemnizar al asegurado. 

Debido a todos estos factores, antes de contratar tu póliza merece la pena analizar las condiciones, los servicios añadidos y los aspectos que puedan estar excluidos. Para comparar al detalle coberturas y precios puedes utilizar nuestro comparador.

Situaciones que no tienen cobertura

Existen situaciones que bajo ningún concepto cubre la garantía de daños propios. Es el caso de los desperfectos ocasionados por los objetos transportados o por los producidos durante su carga y descarga. Tampoco quedaría cubierto el vehículo que, a pesar de estar asegurado, tiene la ITV caducada o cuyo conductor tiene un accidente circulando en estado de embriaguez o bajo los efectos de las drogas. La reparación de las averías del vehículo está, asimismo, fuera de la cobertura, a no ser que se produzcan a consecuencia de un siniestro. Por otro lado, que sea un seguro a todo riesgo no quiere decir que la aseguradora indemnice por los daños que haya sufrido el conductor. En este caso, debes tener contratada también en la póliza la cobertura de seguro de conductor, que es voluntaria. Para los daños personales del resto de los pasajeros está la cobertura de responsabilidad civil, obligatoria en todos los casos.

¿Sabías que…?

La cobertura de daños propios no es igual en todas las compañías. Por eso es importante conocer con exactitud todas sus condiciones. Existe un elemento clave, que debes tener en cuenta a la hora de escoger la mejor cobertura para ti: cuánto te paga la aseguradora en caso de siniestro. Esto depende del valor de nuevo y del valor venal. El valor de nuevo es el precio que habría que pagar tomando como referencia un coche nuevo recién salido del concesionario, en el momento del siniestro. El valor venal es el precio por el que se vendería tu coche en el momento del siniestro y se calcula tomando como referencia las tablas GANVAM. El valor venal de un coche de cinco años de antigüedad, por ejemplo, suele ser un 60 % inferior al precio si se compra nuevo. La diferencia más importante en las indemnizaciones de las aseguradoras suele estar en cuánto te pagarán en función de la antigüedad que tenga tu coche en el momento del siniestro. Habitualmente (aunque hay excepciones) las compañías te ofrecen el valor de nuevo durante el primer y segundo año desde la matriculación. Aunque hay compañías que ya contemplan el valor venal desde el segundo año. A partir del tercer año, te pueden ofrecer el valor venal o el valor venal mejorado en un cierto porcentaje.

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La franquicia es otro concepto importante a la hora de calcular la cobertura de daños propios. Esta es la cantidad de dinero que al asegurado le corresponde pagar en las reparaciones que cubre el seguro. Es importante saber en qué consiste esta franquicia si te decantas por un seguro con franquicia y qué implica a la hora reclamar la cobertura de daños propios. La franquicia también afecta a la prima. Una franquicia en tu seguro a todo riesgo permite una prima más barata ya que te comprometes a asumir una parte de los gastos. Pero esto significa también que compartes el riesgo, lo que supone una indemnización bastante inferior a la de un seguro a todo riesgo sin franquicia. El problema es si presentas muchos partes. El tener que asumir la franquicia cada vez dejará de compensarte entonces. Daños propios con franquicia es recomendable con un perfil de conductor de bajo riesgo. Por otra parte, tu compañía podrá descontar de tu indemnización, en caso de pérdida total de tu vehículo, por robo o siniestro total.

Resumen
  • La cobertura de daños propios la contemplan los seguros a todo riesgo, con y sin franquicia. Cubre los desperfectos que sufre tu vehículo por culpa de un siniestro. Si la tienes activada, la compañía se hace cargo de todos los gastos de reparación si eres responsable de los daños o cuando eres la víctima del accidente y no se puede identificar al culpable.
  • Los daños que cubre esta garantía son los producidos por golpes con otros vehículos, vuelcos, incendios, hundimiento del terreno, explosiones o actos vandálicos. Pero a la hora de contratar esta póliza debes tener en cuenta el valor de indemnización (a nuevo o venal), si están incluidos los accesorios, si cubre los daños al equipaje, la circulación por vías “no aptas” o los fenómenos meteorológicos.
  • Te quedarás sin cobertura si los desperfectos del coche los ocasionan mercancías transportadas o en el momento de la carga y descarga, si circulas sin la ITV en vigor o bajo los efectos del alcohol y las drogas.
FAQ
¿En qué consiste la cobertura de daños propios?
¿En qué consiste la indemnización de un seguro de daños propios?
¿Qué situaciones no tienen cobertura?
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Daniel Bañares
Daniel Bañares Responsable de Contenidos

Escribe contenidos de seguros de coche para Arpem.com desde hace más de 10 años. Ha participado activamente en la elaboración de una herramienta de comparación de coberturas de seguros de coche y moto muy útil para guiar a los usuarios en la elección del seguro ideal. En sus artículos ayuda a comprender las coberturas más interesantes de las que se compone una póliza y, además, prepara cálculos de precios como ejemplo para que los conductores conozcan la situación del mercado de seguros.

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