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Marc V. nos ha hecho llegar esta interesante consulta que se repite con frecuencia entre nuestros usuarios:
«El pasado domingo sufrí un accidente con mi motocicleta sin implicación de terceros que consistió en una salida de vía. La póliza de la moto es a terceros con asistencia, por lo que no entran los daños materiales sufridos en la moto.
Me gustaría saber si me pertenece algún tipo de indemnización o compensación por los días de baja y las lesiones. Sufrí una luxación del fémur y he estado hospitalizado varios días y ahora estoy en rehabilitación».
Respuesta de Arpem:
De forma opcional, las pólizas a terceros incluyen los daños personales del conductor cuando ha tenido un accidente con culpa a través de la garantía de seguro de conductor. Si su póliza incluye esta garantía, contemplará tres puntos básicos que todas las compañías cubren en mayor o menor medida:
• Indemnización por invalidez permanente: La compañía indemniza al conductor hasta cierta cantidad en caso de tener lesiones permanentes que deriven en situación de invalidez. Indemnización que viene determinada por el grado de invalidez diagnosticado.
• Indemnización por fallecimiento: La aseguradora paga a los beneficiarios la cantidad contratada.
• Asistencia sanitaria: La aseguradora le pagará los gastos médicos necesarios para la curación y rehabilitación de las lesiones. En este caso no le pagan a usted, sino que la compañía paga las facturas al centro sanitario, dentro del límite de tiempo y dinero establecido en la póliza.
Ninguna compañía indemniza por días de baja o por las lesiones temporales sufridas cuando el culpable ha sido el conductor, sino que paga los gastos sanitarios. Es una garantía de prestación de servicios, pero no indemniza.
Es cierto que hay pólizas que, de manera opcional, incluyen un subsidio diario por los días de hospitalización -en arpem.com hicimos un artículo al respecto– pero son pocas las que lo ofrecen:
En el caso de que existiera un tercero responsable del siniestro, sí que podrías reclamar las cantidades según las tablas indemnizatorias del sistema de valoración de los daños y perjuicios causados a personas en accidentes de circulación, pero como no es el caso, será tu seguro quien intervenga conforme a lo establecido en la póliza.
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