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Tener cualquier tipo de póliza de seguro de coche no garantiza la renovación automática. Amparada por la ley, las aseguradoras pueden decidir de forma unilateral no hacer un nuevo contrato. Sin embargo, la empresa tiene la obligación de notificar su decisión con una anticipación establecida legalmente. Descubre qué puedes hacer si tu aseguradora decide no renovar la póliza, los plazos de notificación legales y las posibles razones para tomar esta decisión.
En esencia, un seguro es un contrato en el cual una parte, la aseguradora, se compromete a cubrir la posible ocurrencia de ciertos riesgos. En el caso de los seguros de coche, existen diferentes tipos de contratos con diferentes tipos de coberturas, límites y servicios. Cada póliza tiene una serie de condiciones, derechos y obligaciones tanto para la parte contratante como para quien emite el contrato.
Hasta aquí, puedes tener bastante claro que significa una póliza de seguro de coche. Es decir, una empresa te emite una cobertura y a cambio, tú debes pagar una prima que se cobra de acuerdo a diferentes parámetros. Todas estas actuaciones se rigen por una ley llamada Ley del Contrato de Seguro.
En esta ley, se establece que la empresa aseguradora tiene el derecho de decidir cuándo el contrato pierde vigencia o puede anularse. En términos generales, algunos incumplimientos de tu parte, pueden generar la anulación de la póliza de seguros. Asimismo, las leyes les dan a las aseguradoras el derecho a cobrar penalidades, conceder bonificaciones o incluso, decidir no renovar el contrato a su finalización.
A pesar de que es un derecho absolutamente legal, las aseguradoras no suelen rechazar contratos o sus renovaciones a la ligera. Existen una serie de elementos que se deben sumar para que las empresas de seguros tomen este tipo de decisiones. Aunque son muchas y muy variadas, miras las razones más frecuentes para no renovar una póliza de seguro de coche.
Un contrato de seguro, es un contrato como cualquier otro. O sea, dos partes se ponen de acuerdo en cumplir una serie de obligaciones con derechos y acciones específicas sobre una base u objeto. En los contratos de seguros de vehículos, estos contratos se llaman pólizas y su objetivo es cubrir económicamente una serie de siniestros. La particularidad es que estos siniestros no han sucedido y ninguna de las partes tiene la absoluta certeza de sí ocurrirán.
Y esta es, básicamente, la esencia de un seguro: La promesa de cobertura futura de un hecho que no se sabe cuándo, ni cómo o, si tan siquiera, ocurrirá. Esta promesa debe tener un elemento básico de confianza de fiel cumplimiento de acuerdo a los factores establecidos en el contrato. Por lo que, el asegurado confía en que la compañía cumplirá con su parte del acuerdo y reparará los daños de acuerdo al tipo de póliza firmada.
Pero, a su vez, la compañía de seguros también firma el contrato confiando en que tú, como asegurado, cumplirás con tus deberes. Cuando una de las partes incumple con los preceptos establecidos, la ley le da la potestad a la otra parte de anular el contrato.
En el caso de la aseguradora, una póliza se puede anular si:
Ahora bien, aunque la anulación del contrato es la medida más drástica por parte de la aseguradora, existen otras formas de penalidad. El cobro de extras en la prima es una de ellas y la más grave es la decisión de no renovar el contrato. Mira por qué la empresa puede tomar esta decisión.
La forma más drástica de romper una relación con su asegurado, por parte de la compañía de seguros, es anular la póliza. Pero, a veces, ninguna de las razones anteriores suceden y aún así, la empresa decide no hacer un nuevo contrato. O sea, no has mentido en tus declaraciones y documentación, no has dejado de pagar alguna cuota, pero la empresa te avisa que no hará un nuevo contrato. ¿Por qué pasa esto? Fíjate en sólo algunas de las razones más frecuentes:
Existen otra serie de elementos más personalizados. Estos suelen ser motivos suficientes para que la empresa, aún cobrando penalidades, decida que no eres un candidato idóneo para sus pólizas de seguro.
A pesar de que la empresa tiene el absoluto derecho legal de decidir a quién acepta o rechaza como asegurado, debe cumplir ciertas obligaciones. La primera de ellas establece que la empresa tiene un plazo de 60 días como mínimo legal para notificarte su decisión de no renovar la póliza.
Por otro lado, tanto la ley del contrato de seguro y de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, establecen la vía de notificación. Estas leyes establecen que las comunicaciones entre aseguradora y asegurado deberán hacerse por escrito y deberás dar acuse de recibo.
¿Qué puede pasar si la empresa decide que no renovará tu póliza? Tienes varias alternativas y opciones. Fíjate en cuáles son las más beneficiosas y más comunes en el mercado asegurador español.
Para algunos conductores, recibir la notificación de que la aseguradora no renovará la póliza de seguro de coche, puede ser una pesadilla. Casi siempre, implica iniciar un proceso de búsqueda de nuevas alternativas para cumplir con la ley y proteger su inversión.
En primer lugar, puedes apelar la decisión de la empresa usando los canales privados que tienen las propias aseguradoras. Muchas compañías de seguros cuentan con un departamento de defensa al asegurado que se encarga de conflictos y disputas. Ante este departamento, puedes comenzar un proceso de apelación en el cual solicitas a la aseguradora reconsiderar tu caso y así, renovar nuevamente tu contrato.
Este no es un proceso rápido y/o sencillo. En muchos casos, aunque la empresa decida reconsiderar la renovación, las penalidades pueden ser elevadas. Algunas empresas pueden cobrar extras en la prima que pueden llegar en algunos casos a un 30% por encima de lo que pagas actualmente.
Muchos asegurados que se enfrentan a la negativa de renovación de la póliza, comparten una preocupación común: ¿Es posible que me quede sin seguro para mi coche? Aquí, existen diferentes obligaciones legales y alternativas que debes conocer.
La Ley de Responsabilidad Civil te obliga a tener contratado un seguro a terceros como requisito mínimo de circulación en España. No tener esta póliza te acarreará muchos problemas como multas que pueden llegar hasta los 3000€ y la inmovilización del coche. Además, es uno de los requisitos para la ITV, cuya no renovación puede sumar multas e infracciones a tu historial.
Entonces, ¿hasta qué punto una empresa puede dejarte sin protección y no renovar tu póliza? Esta respuesta tiene varios elementos que deben analizarse por separado.
En primer lugar, la ley impide a las aseguradoras eliminar el contrato sin que exista un tiempo de notificación previo. Adicionalmente, las empresas tienen la obligación de conceder un periodo de gracia, habitualmente de un mes, en el que tienes cobertura aunque el contrato haya finalizado. En este periodo, la aseguradora está obligada a cubrir los daños a terceros de forma irrestricta de la misma forma que lo haría con un contrato activo.
Muchos asegurados no tienen ningún problema en hacer el cambio de aseguradora en muy poco tiempo. Sin embargo, existe un tipo de asegurados que por distintas razones son rechazados sistemáticamente por las aseguradoras. En este grupo de asegurados se encuentran aquellos con historiales de siniestralidad negativos o con elementos en contra de su perfil de riesgo.
Determinados tipos de coche, edades del conductor y otros elementos de riesgo, pueden hacer que un asegurado sea persona non grata para los seguros. ¿Qué puedes hacer si este es tu caso? Como verás a continuación, no todo está perdido y aún puedes tener una cobertura mínima.
El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública adscrita al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. Este órgano de la Dirección de Seguros y Pensiones, se encarga de cubrir algunos riesgos extraordinarios y eventos fuera del ámbito del seguro ordinario. Son los encargados de cubrir algunos tipos de desastres naturales y otros siniestros que escapan de la competencia de los seguros privados.
Una de sus funciones es garantizar la cobertura de accidentes para todos los conductores españoles. Dentro de su abanico de servicios, los asegurados rechazados por otras empresas pueden contar con una garantía de seguridad y cobertura.
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Si has sido rechazado por, al menos, dos empresas de seguros privadas, podrás recibir cobertura de responsabilidad civil con el CCS. Esta póliza, con algunos límites y condiciones, es válida como requisito legal mínimo de seguro a terceros.
A través de la web o directamente en sus canales de atención al asegurado, puedes ampliar los requisitos y términos de este tipo de pólizas. Del mismo modo, en nuestra comparador de seguros de coche, podrás analizar todas las pólizas de seguro en España. Allí podrás conocer cuáles son las mejores empresas para ti y obtener, de forma 100% gratuita, una serie de presupuestos personalizados y adaptados a tus necesidades.
Las aseguradoras tienen el derecho de cobrar penalidades en la prima debido a acumulación de partes o historiales de siniestralidad negativos. Esta suele ser la medida más común antes de decidir no renovar tu póliza. En algunos casos, presentar 1 o 2 partes puede incrementar tu próxima prima hasta en porcentajes cercanos al 30%. Pero, por otro lado, un historial de siniestralidad positivo, puede traerte beneficios en ampliación de servicios o descuentos en tu próxima renovación del seguro de coche.
No, la aseguradora debe notificarte por escrito y con un tiempo de anticipación establecido por la ley que no va a renovar tu póliza o que anulará el contrato de servicios.
Cuando dos o más aseguradoras se niegan a hacer contratos de seguros de coches, se puede acudir al Consorcio de Compensación de Seguros. Esta entidad puede garantizar la cobertura de daños a terceros de acuerdo a la obligación legal de responsabilidad civil.
No, según la ley, la aseguradora debe darte un periodo de 30 días de cobertura de daños a terceros desde el día que finaliza el contrato. Aunque no te renueven la póliza, tienes 30 días de periodo de gracia en cualquier tipo de póliza.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1980-22501
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-7897
https://www.consorseguros.es/afectados-asegurados/seguros-de-automoviles
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