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En el proceso de contratación de un seguro para tu coche o moto debes considerar todas las necesidades particulares que quieras asegurar, como pueden ser los daños personales del conductor, la asistencia en carretera, los daños del vehículo, etc.
Puede ser que más adelante surjan imprevistos tales como que un hijo tuyo se saque el carné y quieras incluirlo como segundo conductor, que quieras contratar la cobertura de vehículo de sustitución por si se te avería el que tienes ya que has vendido tu segundo coche, o que hayas incorporado un nuevo extra al coche y quieras tenerlo también asegurado. Te explicamos cómo puedes hacer estos cambios.
Sí, es posible. Para incluir las novedades en la póliza es imprescindible comunicarlo a la aseguradora o, de lo contrario, en caso de siniestro puedes tener problemas para que te indemnicen. Incluso si el vencimiento es todavía lejano. Siempre tienes la opción de contactar con tu compañía para que incorpore los cambios y te entregue un suplemento de la póliza donde aparezcan las nuevas condiciones. Estos cambios pueden incrementar la prima de la póliza.
La aseguradora puede rechazar las modificaciones que solicites, en cuyo caso tendrías que aceptar su respuesta y, un mes antes del vencimiento, volver a comunicarles los cambios. Si continúa sin aceptar tu petición, tendrías que cancelar el seguro y mirar opciones en otras entidades, para lo cual te invitamos a utilizar nuestro comparador de seguros para coches, motos y furgonetas.
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Los cambios que puedes realizar en tu seguro de coche, en cualquier momento, durante el periodo en que estés asegurado, generalmente son tus datos personales y de contacto, tus datos de pago (para actualizar tu tarjeta o cambiar tu cuenta bancaria, etc.), añadir conductores ocasionales (todos los conductores de menos de 25 años o con menos de 2 años de carnet deben estar declarados en tu póliza), incluir alguna cobertura opcional (como el remolque ilimitado, el recurso de multas o el seguro del conductor ampliado), o ampliar tu seguro con una modalidad superior a la que tienes contratada.
Se trata de la sustitución por reemplazo de un contrato de seguro por otro que modifica o amplía los datos que figuran en el primero y que no pueden ser modificados mediante un suplemento de póliza. Anulación no significa cambiar necesariamente de aseguradora, o de términos y coste. Una anulación por reemplazo o nueva emisión supone cancelar lo que está para poner un nuevo contrato modificado en su lugar. Puede tratarse de cambiar la fecha de efecto de la póliza, por ejemplo.
Esta nueva documentación corregida o modificada sustituye y reemplaza a todos los efectos a la anterior, que queda anulada. Un ejemplo: un seguro de coche con fecha de efecto a día 1 de enero, pero que deseamos modificar porque descubrimos que necesitamos que la cobertura de comienzo el día 15 de diciembre del año anterior. Para que este cambio se realice, nuestro contrato será reemplazado por uno a la fecha correcta.
El tomador del seguro de un vehículo es la persona que firma y acepta las condiciones de la póliza, y que está obligado a pagar las primas correspondientes. Es importante diferenciar al tomador del asegurado, pues aunque casi siempre son la misma persona, la figura del asegurado es la de la persona que conduce habitualmente el coche asegurado.
Salvo alguna excepción, no posible cambiar la figura del tomador de tu vehículo, salvo que esperes a la siguiente renovación de póliza y lo avises a la compañía con, al menos, un mes de antelación, ya que tendrás que cancelar el seguro previo y hacer uno nuevo.
En mitad de la anualidad no es posible cambiar la figura del tomador del seguro, salvo que el tomador del seguro fallezca o, en los casos que sea una persona jurídica, se produzca el cese de la actividad, que otra entidad adquiera la empresa y el vehículo cambie, de este modo, de propietario.
Cuando es la compañía la que cambia
Es posible que la compañía de seguros haya decidido hacer cambios en sus ofertas de seguros y reorganizar sus pólizas, ya sea en términos de precios o de coberturas incluidas. La empresa debe informarte con antelación y, si no estás de acuerdo con las nuevas condiciones, tienes un plazo de 15 días desde la recepción de las mismas para rechazarlas o cancelarlas sin incurrir en penalizaciones. Si no respondes, por lo general las aseguradoras lo interpretan como una aceptación.
Si el riesgo asociado a tu vehículo asegurado ha disminuido de forma considerable, por ejemplo, porque has retirado a un conductor novel que figuraba como conductor ocasional, la aseguradora debería reducir la prima que pagas. Si les informas de esto y no bajan la prima, puedes rechazar la renovación del seguro dentro de los 15 días posteriores a la notificación de la prima. Si pagas el seguro anualmente, debes pagar la parte proporcional del seguro ya utilizado hasta ese momento. Si pagas cada tres o seis meses, puedes cancelar el contrato y la compañía debe devolverte la parte proporcional de la prima que has pagado de más desde que disminuyó el riesgo.
Consejo del experto de Arpem
Si tienes un vehículo asegurado y hace poco tiempo crees que ha habido alguna variación importante que puede afectar a tu seguro de coche, como por ejemplo, si un hijo tuyo se ha sacado el carné de conducir recientemente y va a coger el coche de forma ocasional, o si has instalado un accesorio opcional que quieres asegurar, llama cuanto antes a tu compañía de seguros para que lo tengan en cuenta. Aunque te apliquen un pequeño incremento en la póliza, estarás totalmente cubierto cualquier eventualidad.
Leer también: ¿Debo asegurar los accesorios de mi coche?
Sí y debes comunicar estos cambios a la aseguradora. Estos cambios pueden incrementar la prima.
Tendrás que aceptar su respuesta y cambiar de compañía de seguros.
Los datos personales, la forma de pago, los conductores ocasionales y coberturas opcionales como el recurso de multas o el seguro de conductor ampliado.
Sí, es lo que se llama anulación por nueva emisión o reemplazo. Se trata de cancelar lo que está para poner un nuevo contrato modificado en su lugar. Estos cambios pueden ir desde variaciones en la fecha de efecto de la póliza hasta cambios que se necesiten hacer y que modifiquen a la persona que figura como tomador en el contrato.
Sólo en caso de que sea una persona jurídica, es decir, una empresa, que cese su actividad o que quiera convertir en tomador al conductor declarado.
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