¿Qué es un accidente in itinere y cómo es la cobertura del seguro?

Agus J. Gutierrez

Imagina esta situación: Vas de camino a tu trabajo o regresas a casa después de una jornada laboral y en este trayecto habitual, tienes un accidente de tráfico. ¿Sabías que esto es considerado por las leyes españolas como un accidente laboral? Hoy verás que son los accidentes in itinere y cómo el seguro de tu empresa puede cubrir todos los gastos generados. Además, veremos las excepciones y limitaciones de estas coberturas.

accidentes “in itinere”

Los accidentes in itinere en la legislación laboral española

La seguridad del trabajador ha cambiado en los últimos años y se ha ampliado lo que se consideraba, hasta hace muy poco, un accidente de trabajo. Anteriormente, un accidente laboral era todo aquel que se producía como consecuencia directa del trabajo y se consideraban elementos de responsabilidad del propio trabajador. Sin embargo, los cambios en la Ley de la Seguridad Social, ha ampliado el espectro de lo que se considera como accidentes de trabajo.

Uno de los cambios más significativos, ha sido la inclusión del concepto del accidente in itinere, es decir, el accidente ‘en camino’. Este concepto jurídico dice que cualquier accidente ocurrido en el momento de ir o venir del sitio de trabajo, se considera un accidente laboral. Es decir, si vas a tu empresa o vienes de ella a casa y tienes cualquier tipo de accidente, se considera como un accidente laboral.

Está aparentemente pequeña modificación, introduce una cobertura mucho más amplia a la seguridad de los trabajadores. En la actualidad, se considera que, como trabajador a cuenta ajena, estás protegido durante todo el camino que haces desde y hacia tu lugar de trabajo.

El accidente in itinere permite aplicar diferentes elementos de las leyes de seguridad e higiene en el trabajo durante el desplazamiento pre y post jornada. Pero, uno de los mayores beneficios como trabajador, es que el seguro de tu empresa tendrá cobertura de daños si en ese camino habitual, desde y hacia casa, ocurre un accidente de tráfico.

Aunque pueda sonar como una cobertura amplia y sin limitaciones, la realidad es que el concepto de accidente ‘en camino’ tiene ciertas condiciones. Fíjate cuáles son:

¿Cuándo se considera un accidente como in itinere

El artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social, establece lo que se considera como accidentes laborales en España. En este artículo de la ley, se considera que cualquier desplazamiento hacia y desde el lugar de trabajo se considera como un accidente de trabajo. El concepto de la ley es bastante simple, este desplazamiento se hace con el único fin de trasladarte hacia o desde tus labores.

A pesar de que la ley puede abarcar un concepto inequívoco, existen algunas excepciones y algunas consideraciones importantes. Para que un accidente sea considerado in itinere, deben suceder algunas condiciones únicas:

  • Debe suceder en la ruta habitual desde el domicilio hasta el lugar de trabajo y desde el lugar de trabajo hasta el domicilio del trabajador.
  • Debe ocurrir durante las horas habituales de entrada y/o salida del trabajo. Asimismo, se incluyen los descansos establecidos en la jornada de trabajo.
  • El accidente debe suceder dentro de la jornada laboral habitual del trabajador. En ello, se excluyen los días festivos no laborales, fines de semana, vacaciones y días de descanso.
  • Se considera lo que se conoce como factor teleológico. Es decir, el objetivo del desplazamiento es ir hacia el sitio de trabajo o volver a casa después de una jornada de trabajo.
  • Se deben usar los medios de transporte habituales, incluyendo desplazamientos a pie, en transporte público y en vehículos propios.

Como ves, para que este accidente se considere como in itinere debe darse un factor inequívoco: Que vayas o vengas a tu trabajo, usando los medios y rutas habituales y dentro de lo que se considera un día laboral. Por lo que, aunque se dé una de las condiciones, y las otras no, comprobar que es un accidente in itinere, es mucho más complicado.

En este contexto, existe una diferencia que suele confundirse y es lo relativo a lo que se conoce como accidentes in misión. Mira cuáles son las diferencias.

Accidentes in itinere y accidentes in misión

Aunque pudiera parecer que son conceptos idénticos, las leyes establecen dos diferentes situaciones en las que un trabajador puede sufrir un accidente de tráfico. Como has visto, un accidente in itinere es el que se produce en tus desplazamientos desde y hacia el lugar de trabajo a tu domicilio. Sin embargo, el accidente in misión es aquel que sucede dentro de tu jornada laboral.

O sea, es un tipo de accidente que se produce como consecuencia de tu actividad profesional y dentro de la jornada de trabajo. Si como parte de tus labores diarias, debes desplazarte a algún lugar fuera de la empresa y tienes un accidente, eso se considera un accidente in misión.

Para muchas personas, la línea que separa ambos tipos de accidentes es muy fina y pudiera parecer, a primera vista, que no hay diferencias. Pero, los accidentes in misión no tienen condiciones que puedan eximir la responsabilidad de la empresa sobre el trabajador. Es decir, en un accidente in misión, el trabajador siempre estará amparado por la ley y no existen elementos que puedan eximir la responsabilidad del contratante.

Por lo tanto, los factores cronológicos de medios de transporte, de ubicación o de objetivos de los accidentes in itinere, no se aplican. De acuerdo al INE, los accidentes in misión representan más del 80% de los accidentes de tráfico relacionados con trabajo. Ahora bien, ¿cómo te afecta la distinción de ambos tipos de accidentes en la cobertura del seguro? Mira lo que establece la ley y el seguro de responsabilidad civil de tu empresa.

Cobertura de daños por accidentes in itinere

No todas las empresas tienen la obligación legal de contratar un seguro de responsabilidad civil para sus trabajadores. De hecho, no todos los sectores están obligados a contratar un seguro que proteja a los trabajadores de accidentes laborales, incluyendo accidentes in itinere. Las leyes sólo obligan a los siguientes sectores a contratar un seguro como requisito legal:

  • Empresas de construcción y de manufactura
  • Sanitarios
  • Abogados, corredores de seguros y administradores concursales
  • Agencias de viajes
  • Empresas de transporte 
  • Instalación y mantenimiento de ascensores
  • Clubes deportivos
  • Hostelería, restauración y ocio
  • Instaladoras de gas, instalaciones eléctricas, equipos a presión y productos petrolíferos

Estos sectores se consideran como actividades de riesgo que requieren de un seguro privado como obligación. Pero, aunque no sea 100% obligatorio, todas las actividades tienen determinadas responsabilidades con sus trabajadores de acuerdo a los riesgos considerados por la inspección del trabajo. Además, cada empresa es analizada individualmente para establecer su responsabilidad.

Esta obligación legal es fundamental a la hora de establecer la responsabilidad económica de la empresa en un accidente in itinere. Es decir, aunque la empresa está obligada a dar protección en el lugar de trabajo, puede tener responsabilidades económicas extra.

Cobertura de vehículos propios en un accidente in itinere

Es importante conocer que la responsabilidad económica tiene dos claras diferencias. En primer lugar, la atención médica y de rehabilitación es responsabilidad de la empresa en los accidentes in itinere de acuerdo a los propios preceptos establecidos en cada convenio. Lo mismo sucede con la cobertura de indemnizaciones por incapacidad total o parcial.

Sin embargo, existe una especie de laguna informativa en los términos de la responsabilidad de la empresa en la cobertura de daños en el accidente. Es decir, la cobertura de daños propios y a terceros a vehículos. Aquí, es importante que sepas que los accidentes in itinere tienen la misma cobertura legal que los accidentes in misión. 

De acuerdo a los convenios de cada sector, las empresas obligadas a tener seguros privados o mutuas, pueden cubrir estos daños bajo sus propias limitaciones. Esto puede ser de un porcentaje que puede llegar al 100% según las condiciones particulares de cada convenio.

Por lo tanto, la cobertura de los daños propios y a terceros, estará condicionada por cada tipo de sector y los convenios de la mutua. También es importante establecer las culpabilidades relacionadas con el accidente, pues podría actuar el seguro de la parte culpable y así cubrir todos los daños ocasionados.

Como puedes ver, no existen casos estandarizados, pues dependen de elementos como la culpabilidad del accidente y el convenio al que esté adscrita tu empresa. No obstante, es importante saber que, en cualquier caso, podrías tener cobertura económica y/o asistencia legal por parte de la empresa en caso de un accidente in itinere. 

Accidentes con vehículos de trabajo

Un caso muy particular y que suele crear aún más confusiones, es el relacionado con los vehículos de empresa. Normalmente, los trabajadores a los que se les asigna un vehículo propiedad de la empresa y que pueden llevarse a casa, pueden tener dudas a la hora de sufrir accidentes. Si es tu caso, fíjate en la protección que tienes y qué puedes hacer.

En un artículo previo, llamado: “Qué ocurre si tienes un accidente con un coche de empresa”, hemos analizado este tema profundamente. Los trabajadores que conducen un vehículo propiedad de la empresa, tienen los mismos derechos y obligaciones que tendrían si conducen un vehículo propio.

Al momento de un accidente, la aseguradora de la empresa cubrirá la responsabilidad civil del mismo de acuerdo a la obligación legal. Pero, a la hora de establecer quién pagará los daños propios, algunas aseguradoras comprueban la naturaleza del accidente laboral.

En otras palabras, si el accidente se clasifica como un accidente in misión, la cobertura de daños será irrestricta, según los propios límites de la póliza. Sin embargo, las cosas pueden cambiar en el caso de los accidentes in itinere. Mira por qué.

Establecimiento del accidente in itinere: Clave en la cobertura de daños propios 

Si sufres un accidente in itinere tus derechos como trabajador son los mismos que cualquier otro accidente laboral. Eso está establecido en las leyes de forma incondicional, siempre y cuando, se establezca la naturaleza in itinere del accidente. Lo que quiere decir que la empresa y la aseguradora tienen el derecho de investigar si las condiciones propias de los accidentes ‘en camino’ se hayan cumplido a cabalidad.

Por ende, la empresa y aseguradora investigarán que los elementos de cronología, localización, objetivo y medios, se hayan cumplido. En el caso de determinar que, al menos, uno de los condicionados no existan, ambas podrían estar exentas de la cobertura de daños propios.

En el caso de que como conductor hayas cometido alguna imprudencia, negligencia o incumplimiento de las leyes, podrías tener problemas. En estos casos, la aseguradora podría eximirse de la cobertura de daños propios y tu empresa contratante, exigir que cubras los daños de tu bolsillo. 

Cada caso es único y debe analizarse de manera exhaustiva para establecer responsabilidades, coberturas y límites. Para las empresas, lo más recomendable siempre es elegir aquellas aseguradoras con mayores coberturas y relación precio/servicios. En nuestra herramienta de comparación de seguros de coche, puedes analizar la oferta actual de forma rápida y sencilla, totalmente gratis. 

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¿Sabías que?

8 de cada 10 accidentes de tráfico de trabajadores en España se producen durante la jornada laboral y en cumplimiento de sus funciones. Sólo un 14% de los trabajadores tienen accidentes in itinere. Otro aspecto importante de las nuevas modificaciones a la ley es la inclusión de los trabajadores autónomos como beneficiarios de las coberturas de accidentes in itinere.

Los expertos de Arpem recomiendan

  • Es parte de tus obligaciones como trabajador conocer tus derechos y deberes antes, durante y después de la jornada de trabajo. De esta forma, podrás saber con qué protección cuentas en caso de accidentes.
  • No todas las empresas no están obligadas a tener mutuas y seguros privados para sus trabajadores. Sin embargo, hoy en día, cada vez más empresas contratan pólizas de mayor cobertura como una forma de incentivo y cuidado de su personal.
  • A la hora de sufrir un accidente, es importante que consideres si has cumplido los elementos para considerarlo como in itinere antes de hacer cualquier reclamación a tu empresa. Las empresas tienen el derecho a hacer sus investigaciones y de comprobarse cualquier información errónea, podrías tener problemas con tu empresa.
  • Si conduces un coche de empresa, tienes la obligación y el derecho de investigar qué tipo de seguro tiene, cuáles son sus coberturas y límites. Recuerda que aunque no seas el propietario, tienes una serie de obligaciones como conductor.
En Resumen…
  • Un accidente in itinere es aquel que se produce en la vía de desplazamiento del trabajador desde y hacia el lugar de trabajo, desde y hacia su domicilio.
  • Para que un accidente se considere in itinere deben cumplirse una serie de condiciones particulares de tiempo, ruta, medios y objetivos.
  • Existen dos tipos de accidentes de tráfico relacionados con la seguridad laboral. Los accidentes in itinere y los accidentes in misión. Estos ocurren en la jornada de trabajo y en cumplimiento de tus obligaciones.
  • Las empresas no tienen las mismas obligaciones a la hora de contar con un seguro de responsabilidad sobre sus trabajadores. Asimismo, tampoco todas están obligadas a la cobertura de daños propios del vehículo del trabajador.
  • Un vehículo de empresa debe tener un seguro a terceros obligatorio. El seguro de daños propios deberá incluir al trabajador como conductor.
FAQ
¿Un accidente in itinere e in misión son lo mismo?
Si estoy de baja y tengo un accidente ¿Eso puede ser un accidente in itinere?
¿Es legal que la empresa me cobre los daños del vehículo de trabajo?

Fuentes

  • Ley General de la Seguridad Social- Accidentes laborales

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724

  • Diferencias entre in itinere y in misión

https://www.personio.es/glosario/accidente-in-itinere/

  • Estadísticas de accidentes laborales en España

https://www.ine.es/jaxi/Tabla.htm?tpx=48662&L=0

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Agus J. Gutierrez

Soy redactor desde hace más de 15 años. Mi especialidad está en el mundo de los servicios y muy especialmente, en el sector asegurador y financiero. Mis textos tratan de informar desde una óptica amena, fluida y siempre pensando en los beneficios del lector como objetivo de cada artículo. Arpem me ha dado la oportunidad de trabajar con personas que comparten mi visión sobre el bienestar del cliente como único propósito. Aquí he encontrado esa combinación única de pasión, compromiso y entrega en cada faceta del servicio.

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1 comentarios

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Pregunta Las empresas de prevención de riegos laborales Pueden prohibir la conducción itinere Es de su competencia. Sería competencia solo del INSS.. seguridad social o de la mutua solamente .. pero ni de prevención Gracias por su ayuda