Lo que debes saber sobre el seguro cuando utilizas un vehículo de “renting”

Elena Castello

El “renting” de vehículos es un servicio de alquiler a medio o largo plazo por el que la empresa establece una cuota mensual fija para que puedas disfrutar de un coche con todos los gastos asociados a su uso y mantenimiento incluidos, así como de su seguro anual. En este tipo de contratos lo habitual es que la empresa de “renting” llegue a acuerdos con las compañías para asegurar toda su flota de vehículos, siendo esta la propietaria del coche y, a su vez, la beneficiaria de la indemnización en caso de robo o de siniestro total tras un accidente.

vehículo de “renting”

¿Quién es el responsable de gestionar un siniestro en un coche de “renting”?

La empresa se encarga de gestionar cualquier siniestro o reclamación a la aseguradora, lo cual te libra de muchas molestias, pero aun así es recomendable que conozcas algunas cuestiones importantes sobre este tipo de seguros antes de adquirir un vehículo de “renting”.

¿Qué debo tener en cuenta sobre el seguro?

Uno de los aspectos relativos al seguro de un “renting” que tienes que revisar con lupa es el tipo de póliza contratada. En este apartado, lo ideal es que el seguro sea a todo riesgo sin franquicia para que cubra los daños propios del vehículo, de tal forma que no tengas que abonar nada si eres el responsable de un accidente.

seguro de coche

Compara precios para tu seguro de coche y ahorra hasta un 50%

CALCULA TU SEGURO DE COCHE

¿Qué ocurre si el seguro no es a todo riesgo?

En el caso de que el seguro sea a todo riesgo con franquicia, revisa el importe de esta, puesto que cuanto más alta sea, más cantidad deberás asumir en caso de que tengas la culpa del siniestro. Por su parte, si el seguro es una póliza a terceros, deberás responder ante la empresa de “renting” por todos los daños del vehículo. Para los accidentes donde exista un tercero responsable, será el seguro de este quien pague los daños, por lo tanto, en este supuesto no tendrás que asumir ningún coste.

¿Contempla el seguro la cobertura del conductor?

En toda póliza de coche y moto que se precie es imprescindible contar con un seguro que cubra los daños personales del conductor, ya que si eres el responsable de un accidente es la única cobertura que se hace cargo de los gastos médicos que necesites para tu curación y posterior rehabilitación.

¿Puedo elegir la cobertura?

Lo ideal sería que la propia empresa de “renting” estableciera los límites y coberturas que le interese para cubrir los daños materiales de su flota de vehículos, pero que en el caso de los daños personales fueras tú quien eligiera el nivel de cobertura, ya que no es lo mismo que el seguro te pague hasta 5000 € en caso de invalidez o fallecimiento, a que te indemnicen con 50 000 €. Sin embargo, como en los vehículos de “renting” el seguro ya viene incluido, no tienes la facultad de elegir la cobertura que más te interese, con lo cual, lo único que puedes hacer es contratar un seguro de accidentes complementario para ampliar los límites impuestos en la póliza

¿Y si el coche lo conduce un tercero?

En lo que respecta a la conducción del vehículo por parte de terceros distintos del arrendatario, son los contratos con la empresa de “renting” los que deben recoger las condiciones de uso y las relativas al seguro. Lo habitual es que sea el usuario que aparece en el contrato el único autorizado para usar el vehículo, por lo que, si otra persona lo conduce y tiene un siniestro, deberá hacerse cargo de sus daños personales, así como de los que afecten al vehículo. Por fortuna, la aseguradora cubrirá siempre los daños ocasionados a terceros, salvo casos excepcionales como los debidos a la conducción bajo los efectos del alcohol y/o estupefacientes.

Entonces, ¿no lo puede conducir otra persona?

La única forma que existe para que varias personas puedan circular con el vehículo es que en el contrato con la empresa aparezca el conductor como innominado, es decir, que el coche lo pueda conducir cualquier persona. En este caso, revisa atentamente que no aparezca alguna limitación para menores de una determinada edad o con pocos años de carné, en cuyo caso, tendrás que declararlo a la empresa para que autorice su uso a estos conductores, lo que puede suponer un incremento en la cuota mensual.

¿Cuándo es rentable un “renting”?

Un “renting” resulta rentable para las personas a las les gusta tener cambiar con frecuencia de coche sin tener que estar pendiente del mantenimiento, del seguro o de las averías. Se puede cambiar el coche cada cierto tiempo por un modelo más reciente que se encuentre en el mercado. Se puede revisar el contrato anterior o hacer uno nuevo por otro modelo de coche.

Te interesa

¿Puedo hacer el seguro por mi cuenta?

El servicio de “renting” es especialmente útil para empresarios y autónomos, aunque también está disponible para particulares. Los contratos de “renting” suelen tener una duración de entre uno y cinco años. El arrendatario del vehículo puede elegir asegurarlo con la compañía de seguros de su elección, aunque esto implica que, al finalizar el contrato, deberá devolver el vehículo en perfectas condiciones, salvo por daños internos que, como en cualquier seguro, no están cubiertos. En cambio, con el seguro de la compañía de “renting”, no se exige devolver el vehículo en perfecto estado, excepto en casos de daños interiores.

Sabías que…

Algunas aseguradoras brindan seguros con primas fijas durante todo el contrato. Esto significa que ni siquiera se ajustará la Responsabilidad Civil o el IPC, lo cual representa un importante ahorro si consideramos el aumento anual de las primas de seguro

RESUMEN
  • El “renting” es una modalidad de alquiler de vehículos a medio o largo plazo, a cambio de una cuota fija mensual. Esta cuota incluye todos los gastos del coche, especialmente el seguro.
  • La compañía de “renting” es la propietaria del coche y la beneficiaria de la indemnizaciónen caso de siniestro.
  • La empresa de “renting” se ocupa de todos los trámites, pero es necesario conocer el detalle de las coberturas, para evitar sospresas desagradables.
  • Lo idóneo es que el seguro sea a todo riesgo sin franquicia, para que cubra los daños propios del vehículo.
  • Si no es a todo riesgo, deberás responder ante la empresa de “renting” por los daños del vehículo. Por supuesto tiene que tener una cobertura del conductor.
  • No puedes elegir la cobertura por daños personales. Lo único que puedes hacer es contratar un seguro de accidentes complementario.
FAQ
¿Qué es el “renting”?
¿Qué coberturas tienen los seguros de “renting”?
¿Quién gestiona cualquier incidencia?
¿Puedo elegir las coberturas?
¿Está cubierto un tercero si conduce el coche?

Deja tu valoración
Elena Castello

Redactora con más de 20 años de experiencia en distintos medios de comunicación. Ha publicado cientos de textos periodísticos en revistas, radio, periódicos y televisión, así como en medios digitales. Entre los distintos temas tratados, figura la seguridad vial y el mundo de los seguros, lo que le ha dado experiencia para redactar contenidos en Arpem.com.

Únete a la discusión

0 comentario

comentario autor avatar

No publicaremos comentarios que contengan insultos o información falsa, inapropiada o abusiva.

¡Sé el primero en comentar!