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Todos los que poseen un vehículo lo han prestado alguna vez a un familiar o a un amigo, para hacerles un favor. También es posible que hayas dejado que lo condujera otra persona porque estabas cansado o indispuesto, en un largo viaje de varias horas. ¿Qué ocurre si se produce un accidente en alguna de estas circunstancias y la culpa es del conductor? ¿De quién es la responsabilidad?
El primer punto del articulo 1 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor establece que el conductor de un vehículo es el responsable de los daños causados a las personas o a sus bienes mientras circula. El punto 3 dice que “el propietario no conductor responderá de los daños ocasionados por el conductor cuando esté vinculado con éste por algunas de las relaciones que regulan los artículos 1.903 del Código Civil y 120.5 del Código Penal” .
Lo que dice el Código Civil es que, como dueño de un coche, se debe responder por los daños causados por los hijos menores bajo nuestra custodia, así como por los menores o incapacitados que estén bajo nuestra tutela o si se trata de nuestros empleados en el desempeño de sus funciones. El Código Penal establece, por su parte, que el propietario será responsable de los daños cuando, dependientes, representantes o cualquier otra persona autorizada cometa un delito utilizando el vehículo. Un ejemplo es circular bajo los efectos del alcohol, sin carné de conducir u omitir el deber de socorro.
Fuentes:
Todos los seguros cubren al conductor del vehículo, aunque no esté declarado en la póliza, salvo en los casos mencionados en el apartado anterior y en aquellos en los que la aseguradora considere que el conductor ocasional tiene un perfil de mayor riesgo que el habitual. Un caso especial, en este sentido, son los conductores menores de 26 años y los que tienen el carné de conducir desde un tiempo menor a dos años. Estos deberán responder de los daños junto al propietario, tanto de los daños propios como de los de terceros. La compañía indemnizará a estos últimos, aunque luego ejercerá su derecho de repetición contra el propietario y el conductor.
Según la Ley, el propietario puede eludir su responsabilidad cuando demuestre que ha empleado “toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño”. Esto quiere decir que se debe acreditar que el vehículo estaba siendo utilizado por la otra persona sin su autorización o que el propietario desconocía que el conductor conducía poniendo en riesgo a otras personas o para cometer un delito.
La Ley también contempla el caso de que el vehículo sea utilizado sin el seguro obligatorio y ocasione un accidente. En este caso, el responsable es el propietario junto al conductor del coche, aunque el propietario no condujera el vehículo. Si este produce daños a personas o bienes se considera al propietario igualmente responsable. Solo hay una excepción: que el propietario pruebe que el vehículo había sido sustraído, pero entonces deberá acreditarlo con la correspondiente denuncia.
En estos casos es el Consorcio de Compensación de Seguros el encargado de indemnizar los daños de terceros. Una vez pagado el siniestro, ejercerá su derecho de repetición contra los responsables. Para evitar estas situaciones, es esencial contratar un seguro siempre. En Arpen puedes escoger el que más te convenga gracias a nuestro comparador de seguros.
La respuesta es sí. El sistema bonus-malus recompensa a los buenos conductores, con un buen historial de siniestros, y penaliza a los malos, con un mal historial de siniestros. Sin embargo, existen compañías que te suben la prima aunque no seas culpable de un accidente o, dicho de otro modo, pese a ser buen conductor.
Algunos ejemplos de aumento de primas por siniestro sin culpa
En la modalidad de todo riesgo
Aseguradora | Sin siniestros | Un siniestro sin culpa |
---|---|---|
Qualitas Auto | 562 € | 669 € |
Balumba | 586 € | 696 € |
Seguros Bilbao | 744 € | 785 € |
Aseguradora | Sin siniestros | Un siniestro sin culpa |
---|---|---|
Qualitas Auto | 146 € | 155 € |
Balumba | 157 € | 166 € |
Pelayo | 201 € | 201 € |
Seguros Bilbao | 206 € | 214 € |
Aseguradora | Sin siniestros | Un siniestro sin culpa |
---|---|---|
Qualitas Auto | 137 € | 148 € |
Seguros Bilbao | 141 € | 150 € |
Balumba | 148 € | 159 € |
Si te suben el precio
Cuando la aseguradora te penalice por un accidente en el que no has sido culpable y no te haya comunicado la subida de precio sin avisar con, al menos dos meses de antelación, solicita que te revisen el precio y en caso de que se nieguen a hacerlo, exige la rescisión del contrato ya que el siniestro no ha sido por tu culpa y la subida de precio no está justificada en el contrato.
Las aseguradoras fijan la prima de tu seguro de forma personalizada, según el riesgo que presente tu perfil de conductor y el tipo de vehículo que conduces. En este sentido, uno de los datos que más puede afectar a la prima anual es tu historial de siniestralidad. No importa los años que lleves asegurado, si has presentado un parte de accidente, el seguro puede llegar a superar el doble de su precio inicial. Incluso, hay compañías que no querrán tenerte como cliente.
El responsable de un accidente es el conductor, pero el propietario que no conducía en el momento del accidente, puede ser considerado responsable si se trata de un menor bajo su tutela o de un empleado en el ejercicio de sus funciones.
El propietario también será considerado culpable, salvo que acredite que no había utilizado la utilización del coche o que éste le había sido robado.
Todos los seguros cubren al conductor del vehículo, aunque no esté declarado en la póliza, salvo en los casos mencionados de menores, empleados o personas que cometan un delito. También cuando la aseguradora considere que el conductor ocasional tiene un perfil de mayor riesgo que el habitual.
Fuentes
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