¿Qué modificaciones del coche necesitan estar homologadas?

Agus J. Gutierrez

El tuning o la personalización de vehículos es una tendencia que cada vez tiene más fuerza en España. Además, muchos conductores desean darle un toque especial a sus coches para modificar su diseño o agregar nuevos aditamentos. Si es tu caso… ¿Sabías que algunas modificaciones del coche deben homologarse en la DGT? Te diremos cuáles de estas adaptaciones y cambios de diseño deben pasar por una inspección técnica.

coche modificationes

Normativa sobre modificaciones de vehículos y homologaciones necesarias

Cuando analizas el mercado en búsqueda del coche que más se adapte a tus gustos y necesidades, piensas en muchas cosas. Por lo general, buscas el coche que tenga las plazas, potencia y características técnicas que necesitas. Pero, a veces, los diseños de fábrica tienen algunos detalles que no son del todo de tus gustos personales.

Además, algunos cambios en la motorización, sistema de alimentación y tracción suelen ser habituales en algunos tipos de coches. Muchos coches pasan por el taller para someterse a modificaciones estéticas y funcionales que personalizan su diseño original. Estas modificaciones pueden alterar la movilidad, seguridad, tamaño, masa y emisión de contaminantes.

Es por esta razón que la DGT trata de regular las alteraciones de vehículos hacia un estándar universal. El objetivo es encontrar puntos que garanticen que estos cambios no perjudiquen la movilidad y seguridad de los demás. 

Pero ¿Qué es considerado como una modificación y cuál es la diferencia con una personalización estética? Nuevamente, las leyes han analizado esto para reglamentar qué es una modificación homologable y que no. 

Modificaciones homologables en un vehículo

Aunque un coche es una propiedad privada, no puedes hacer cambios de manera irrestricta. De la misma forma que no puedes circular a 160 Km/h en una vía urbana, tampoco puedes modificar tu coche sin ningún límite. En el Real Decreto 2028/1986 se regulan las alteraciones internas y externas permitidas en los vehículos de acuerdo a la legislación europea.

Esta regulación estandariza las alteraciones, adiciones, sustracciones y cambios funcionales en los sistemas de movilidad de los vehículos. Asimismo, contempla que las modificaciones del motor, aumento o reducción de masa y cambios del sistema de navegación, deben estar regulados. Por otro lado, como parte de una regulación ambiental europea, las modificaciones que alteran la emisión de gases, ruidos y otros elementos contaminantes deben estar controlados. Fíjate en las modificaciones que deben ser revisadas, aprobadas y certificadas por la ley:

  • Alteración de la identificación del vehículo

Esto incluye matrícula, números de bastidores de motor y carrocería u otro cambio que impida hacer una identificación única de un vehículo.

  • Modificaciones del motor o unidad motriz

Cambiar el sistema de alimentación (combustible, eléctrico, GLP o híbrido), cilindrada, potencia, combustión, torques u otros elementos que alteren el motor del vehículo. Esto incluye cambios en el sistema de control de emisión de gases y otros contaminantes.

  • Sistemas de transmisión, ejes, suspensión, dirección o frenos

Los cambios, aditamentos y alteración de los sistemas de navegación de un vehículo pueden afectar la seguridad vial. Por ende, los cambios de cualquiera de estos sistemas quedarán sujetos a revisión y aprobación por la autoridad correspondiente. 

  • Carrocería

Las alteraciones de masa, altura y volumen de la carrocería pueden afectar la estabilidad y/o seguridad de un vehículo. Por lo tanto, todas las modificaciones exteriores de la carrocería así como la inclusión de aditamentos externos como adornos o señales, deben homologarse. Para ello, la ley habilita a la ITV para comprobar que la modificación no exceda los patrones estipulados en la ley de seguridad vial.

  • Sistemas de alumbrado y señalización

Los sistemas de iluminación interna y externa del vehículo, así como los dispositivos de señalización deben estar homologados. Por esta razón, la ley establece algunas prohibiciones de faros y luces que puedan perturbar la atención de otros conductores. La ley establece un determinado número de lúmenes que son aptos y fija la direccionalidad de las luces del vehículo.

Asimismo, la ley establece que aquellos dispositivos de luces interiores que producen distracciones al conductor deben pasar por una inspección. Lo mismo sucede con los sistemas de señalización, elementos publicitarios, luces de crucero, entre otros.

  • Sistemas de arrastre de remolques y semirremolques

Un vehículo que arrastre a un remolque debe pasar por una inspección técnica independientemente del tipo de remolque que lleve. Lo mismo sucede con las bolas o tiros de enganche. La ITV debe comprobar que tanto el dispositivo de arrastre como su colocación en el vehículo, cumpla con las normativas. Por ello, si tu coche usa un remolque, así sea de forma eventual, debe pasar por una inspección.

  • Sistema de control y emisión de contaminantes

Cuando cambias el Adblue, catalizadores, tubos de escape o cualquier medio de emisión de contaminantes, debes hacer una inspección. Los cambios del tubo de escape son muy comunes y a algunos conductores les gusta añadir resonadores o aditamentos. Pues bien, debes saber que la emisión de ruidos se considera un tipo de contaminación y por lo tanto debe estar homologada.

  • Habitáculo

¿Qué pasa con los asientos, salpicaderos y todo el interior del coche? Todo el sistema de seguridad y elementos de distracción deben estar homologados. Si alteras el número de plazas, diseño del asiento, volante, pedales, cinturones de seguridad, airbags y otro elemento del habitáculo, debes ir a inspección.

  • Modificaciones de la ficha técnica y características del vehículo

Si un coche que se ha modificado con apariencia y/o funcionamiento no  similar a los datos que aparecen en su ficha técnica, debe inspeccionarse. Por ende, si has cambiado el color, tamaño, tracción, forma o utilidad, debes llevarlo a inspección y homologación.

En el Manual de Reformas de Vehículos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, se indican todas las modificaciones autorizadas. Ahí podrás comprobar si ese cambio que quieres hacer debe pasar por un proceso de homologación e inspección. 

Talleres y partes homologadas

No importa que seas un manitas y que tengas mucha habilidad para la mecánica, la ley no permite hacer modificaciones a título personal. Incluso, para aquellos conocidos como vehículos artesanales, es decir vehículos únicos y/o experimentales, la ley exige la homologación del taller.

Los talleres autorizados y homologados por la DGT son los únicos centros autorizados para realizar modificaciones mayores de vehículos. Estos establecimientos deben emitir un informe que indica el tipo de modificación y la alteración en el coche.

Por otro lado, la ley estipula que las modificaciones deben estar hechas a partir de partes, repuestos o piezas homologadas. Para ello, los talleres deben incluir en sus informes los números de piezas, ficha técnica y datos del fabricante.

Adicionalmente, los talleres tienen la obligación de incluir estas modificaciones en el libro de taller o de mantenimiento. Este histórico único para cada vehículo refleja todos los cambios hechos, mantenimientos y reparaciones de cada coche.

Multas por no homologar modificaciones

Muchos cambios que son mínimos para ti, son gigantes para la DGT. Por esta razón, antes de pensar en cambiar algo en tu coche, revisa que no tenga que ser homologado. Ya has visto cuáles son las modificaciones homologables, pero te recomendamos descargarte el manual del Ministerio de Industria para hacer una comprobación más precisa.

Es fundamental que comprendas que también existe un plazo de días desde la modificación hasta la inspección en la ITV. Por norma general, la ley establece que tienes hasta 15 días para hacer esta revisión. Asimismo, estas son algunas de las sanciones por circular con modificaciones no homologadas:

ModificaciónMulta
Tubo de escape con resonadores y/o mayor contaminaciónMulta de 500 a 4000€
Plazas añadidasde 80 a 500€
Cambiar el sistema de combustiónde 200 a 500€
Piezas no homologadas de motor o sistemas de navegaciónde 200 a 500€
Cambios de nº de bastidor de motor y carrocería500€ (cada uno)
Cambiar el color sin notificar500€
*fuente: DGT

Pero además, no notificar y homologar los cambios puede tener graves consecuencias en la matriculación de tu coche. Igualmente, si esperas hasta la próxima ITV, puedes tener algunos inconvenientes.

Pólizas de seguro de coches modificados

En nuestro artículo: ¿Qué pasa con el seguro si tuneas tu coche? hicimos un análisis de las modificaciones estéticas o tuning de tu coche. En este artículo, puedes ver cuáles son las modificaciones que no implican cambios importantes. Algunas de las más populares están relacionadas con los equipos de sonido, tapicería, color y adornos añadidos a la carrocería.

Pero, a este punto tienes claro que una modificación será homologable en la misma medida que cambias elementos estructurales del coche. Es decir, si modificas la motorización, sistemas de navegación, seguridad, habitáculo, masa o volumen del coche, debes pasar por una inspección y homologación.

No hacer estas homologaciones tiene una multa que suele estar alrededor de los 500€. Puedes ser sancionado con una inmovilización del vehículo con una serie de gastos adicionales y problemas añadidos.

Sin embargo, el mayor de los problemas se puede presentar si tu coche se ve envuelto en algún tipo de siniestro. Si tu coche tiene un accidente, robo, incendio u otra eventualidad que requiera la actuación del seguro, puedes tener problemas serios.

¿Qué pasa si no notifico de las modificaciones al seguro?

La mayoría de las aseguradoras exigen que tu coche tenga una ITV favorable y una matriculación reglamentaria a la hora de cubrir daños. En los condicionados de las pólizas, no tener esto en regla puede inhibir a la compañía de pagar por tus propios daños en un accidente. Por ende, es fundamental que notifiques a tu empresa de seguro por dos razones básicas: 

  • No dar un motivo de exclusión de coberturas
  • Que la empresa pueda cubrir todos los elementos del coche incluyendo las modificaciones.

Esta última razón es de gran importancia en aquellas modificaciones de mayor coste. Si has añadido elementos costosos, querrás que sean cubiertos en un siniestro. Por lo tanto, si no has notificado a la empresa de seguros, la cobertura a estos elementos quedarán fuera de la compensación del siniestro.

Algunos conductores no notifican a su seguro de las modificaciones por temor a subir el precio de las primas de las pólizas. Por lo general, el precio de reposición de un accesorio puede llegar a ser varias veces más caro que el diferencial de precio de la póliza. 

Por otro lado, existen pólizas específicas para piezas del coche con precios bastante asequibles que puedes analizar en nuestro comparador de seguros. Recuerda que cualquier cobertura de piezas, accesorios o modificaciones debe pasar primero por su debida homologación.

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¿Sabías que?

El libro de mantenimiento o libro de taller es un registro histórico de todas las reparaciones, mantenimientos y modificaciones de tu coche. Los talleres están obligados a incluir cada acción sobre el coche en este registro. Además, cualquier persona puede acceder a él pues está disponible de forma pública. A la hora de vender y/o asegurar tu coche, el comprador o la compañía de seguros pueden conocer el historial de cambios de tu coche.

Los expertos de Arpem recomiendan

  • No hagas modificaciones en tu coche sin antes haber leído el Manual de Reformas de Vehículos. Allí podrás conocer qué puedes y qué no puedes hacer de acuerdo a las leyes españolas y europeas.
  • Nunca hagas modificaciones por tu cuenta o en talleres no autorizados. Además de ser un riesgo para tu seguridad, la ITV te exigirá el informe del taller para homologar las modificaciones.
  • Tienes un plazo de 15 días para notificar a la DGT de las modificaciones de importancia. No hacerlo, puede acarrear multas de hasta 500€.
  • Siempre notifica a tu aseguradora de cualquier cambio en tu coche. Además, analiza las opciones de pólizas para accesorios y partes de tu empresa de seguro de confianza.
En Resumen…
  • Toda modificación de un vehículo debe pasar por un proceso de homologación por la DGT. Esto se hace según una serie de condiciones estipuladas en el Manual de Reformas de Vehículos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
  • Cualquier modificación que altere la identificación, motorización, navegación, seguridad y características externas del coche, deben ser homologadas.
  • Las modificaciones deben hacerse en un taller autorizado y con piezas homologadas por la UE. Estas modificaciones quedarán asentadas en el libro de taller del coche y deben pasar por una ITV.
  • Además de tener serias multas, las aseguradoras pueden inhibirse de pagarte por daños en modificaciones no homologadas. Adicionalmente, debes notificar a tu compañía de seguros de estas modificaciones.
FAQ
¿Debo homologar una modificación estética?
¿Tengo que hacer las modificaciones en talleres autorizados?
¿La ley aplica a las motos o sólo a coches y camiones?
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Agus J. Gutierrez

Soy redactor desde hace más de 15 años. Mi especialidad está en el mundo de los servicios y muy especialmente, en el sector asegurador y financiero. Mis textos tratan de informar desde una óptica amena, fluida y siempre pensando en los beneficios del lector como objetivo de cada artículo. Arpem me ha dado la oportunidad de trabajar con personas que comparten mi visión sobre el bienestar del cliente como único propósito. Aquí he encontrado esa combinación única de pasión, compromiso y entrega en cada faceta del servicio.

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