La cobertura de incendio del vehículo está incluida en los seguros a todo riesgo y, de manera opcional, en los seguros a terceros. Como su propio nombre indica es la encargada de proteger al propietario del vehículo por los daños provocados en el coche como consecuencia de un fuego, un cortocircuito o una combustión.
Para que un incendio esté cubierto por esta garantía es imprescindible que ocurra, necesaria y conjuntamente, las siguientes contingencias:
Algunos de los elementos a tener en cuenta al comprobar esta cobertura en la póliza son:
Los accesorios de serie son aquellos elementos que el vehículo lleva instalados a su salida del concesionario, como pueden ser los asientos. los espejos retrovisores, las ruedas, etc.
Lo más común es que los accesorios de serie estén cubiertos por tu póliza de seguros a valor de nuevo, es decir, la compañía te pagará la reparación y/o sustitución de los elementos dañados tras un incendio, pero existen algunos elementos sujetos a desgaste que tienen una mención especial en las condiciones generales, como:
Las ruedas: las ruedas son un elemento sujeto a desgaste que las compañías de seguros son reticentes a asegurar con el valor de nuevo, ya que entienden que son elementos sujetos a desgaste que además, son susceptibles de fraude. por lo que aquellas que cubre los neumáticos suelen poner algunas condiciones, como indemnizar con un valor inferior e, incluso, hacerlo solo cuando existan otros elementos dañados en el vehículo.
Los accesorios opcionales que no estén instalados en el vehículo en su versión original, y sean instalados posteriormente como extra opcional, normalmente no están cubiertos por esta cobertura del seguro.
Aunque hay algunas aseguradoras que sí que te indemnizan hasta una cantidad determinada en las condiciones generales, que oscila entre los 300 € y los 1500€, lo habitual es que no lo hagan. Por ello, si quieres tener cubiertos estos accesorios ante un posible incendio, deberás especificarlo detalladamente en las condiciones particulares, indicando el tipo de accesorio que quieres asegurar, así como su precio de compra. En caso contrario, la compañía no te pagará ninguna indemnización.
Si decides asegurar los accesorios opcionales, ten en cuenta que debes indicar un valor real del accesorio, ya que si indicas un valor inferior con el objetivo de reducir el premio de la prima, la aseguradora después no te pagará todo el coste del accesorio, sino hasta la suma asegurada. De la misma forma, no indiques un precio superior por los accesorios, ya que en ningún caso la entidad te pagará por encima de su valor real y, por el contrario, estarás pagando más prima por tu póliza.
Hasta aquí hemos indicado cómo cubren las aseguradoras un daño parcial en el vehículo ante un incendio, pero, ¿qué ocurre cuando todo el vehículo queda destrozado? La cuestión que nos ocupa a continuación es saber, cuánto te pagarán en caso de que el coche sea declarado como siniestro total.
Este es uno de los aspectos que más debes tener en cuenta de esta cobertura, ya que las indemnizaciones son más importantes y las diferencias entre una compañía y otra pueden ser más que notables.
Aunque la práctica más común es que la indemnización de un vehículo con hasta dos años de antigüedad desde su matriculación sea a valor de nuevo, existen algunas compañías (las peores) que ofrecen tan solo el valor venal del vehículo.
Después del segundo año, lo más común es que las compañías reduzcan el valor de la indemnización, ya que el coche habrá perdido un gran valor en el mercado, por lo tanto, lo habitual es que ofrezcan el valor venal o, en los mejores casos, el valor venal mejorado en un tanto por ciento. Por ello, nada mejor como revisar las condiciones de cada aseguradora antes de contratar la póliza con cualquiera.
Las aseguradoras no suelen poner una franquicia en aquellos casos en los que el vehículo resulta dañado a causa de un incendio, aunque hay algunas que sí que lo pueden hacer.
Realmente poner una franquicia en esta cobertura solo beneficia a la aseguradora, ya que el coste de la garantía no es muy elevado para el cliente y, por el contrario, para la compañía sí que supone un ahorro en caso de que que tenga que pagar una indemnización, por lo que este tipo de prácticas, en nuestra opinión, no son muy recomendables.