Tipos de coche por carrocería y uso ¿Cuáles son sus características?

Agus J. Gutierrez

Cada vehículo tiene una denominación diferente que depende de su tamaño, tipo de motor, carrocería y utilidad. Asimismo, la DGT establece diferentes tipos de coche por carrocería y uso con distintas connotaciones en términos de regulaciones, permisos de circulación y matriculación. Del mismo modo, existen diferentes pólizas de seguros para cada tipo de coche. En esta guía podrás ver las más frecuentes en España.

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Los tipos de vehículos según las leyes españolas y europeas

Un vehículo es cualquier aparato que permita el traslado de personas, animales o cosas de un lugar a otro. A partir de esta definición, podríamos decir que cualquier objeto que te permite transportarte, es un vehículo.

Ahora bien, el Anexo I de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de España, establece claramente que es un vehículo. La ley divide los vehículos en varios tipos de acuerdo a su forma de movilización:

  • Vehículos de ciclo bicicleta: Aquellos de dos o más ruedas impulsado por la fuerza muscular de sus ocupantes.
  • Ciclomotor: Vehículos de dos o más ruedas impulsados por un motor de encendido de chispa o eléctrico cuya masa no supera los 350 Kg.
  • Vehículo a motor: Son aquellos impulsados por un motor de combustión o eléctrico excluyendo a ciclomotores, tranvías y vehículos para movilidad reducida.
  • Automóvil: Vehículo propulsado por un motor para transporte de personas y cosas, excluyendo motocicletas y motocicletas con sidecar.
  • Turismo: Automóvil de al menos 4 ruedas y 8 plazas como máximo.
  • Autobús: Cualquier automóvil con más de 9 plazas y 4 ruedas como mínimo. Incluye autocares y autobuses articulados.
  • Camión: Automóvil para el transporte de mercancías con cabina no integrada y que tiene al menos 8 plazas y 4 ruedas.
  • Vehículo mixto: Automóvil que funciona para el transporte simultáneo de mercancías y personas.
  • Remolque: Vehículo no autopropulsado y que debe articularse a otro vehículo de motor.
  • Vehículo especial: Vehículo especialmente diseñado para cumplir una operación específica de transporte de bienes, animales o personas.
  • Tractores: Máquinas autopropulsadas de dos o más ejes diseñadas para fines específicos. Se incluyen:
    • Tractor de obras. 
    • Tractor agrícola.
    • Tractor de servicios.
    • Tractocarro
    • Máquina agrícola automotriz 
    • Máquina agrícola remolcada
    • Portador

Vehículos homologados en la Unión Europea

España, como parte de la Unión Europea, ha debido llevar sus propias definiciones de vehículos a los organismos técnicos de la UE. Para ello, ha resumido las definiciones de los vehículos en el siguiente orden:

Tipo de vehículoCategoríaSubcategoríasDefinición
Transporte de personas y equipajesMM1, M2, M34 o más ruedas 1 plaza mínima Hasta 5 ton de masa
Ciclomotores, motocicletas, cuatriciclos, triciclos.LL1-e, L2-e, L3-e, L4-e, L5-e, L6-e, L7-e2,3, 4 ruedas Incluye sidecar Incluye ligeros y pesados
Transporte de mercancíasNN1, N2, N3Masas de 3,5- 12 y más de 12 ton.
Remolques (incluye autocaravanas) OO1, O2, O3, O4Transporte de mercancías y personas. Alojamiento de personas Desde 0,75 hasta >10 ton
Tractores de ruedasTT1, T2, T3, T4Masa superior a 600 kg. Definido por velocidad > o < a 40 Km/h
*fuente: Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial

Esta clasificación incluye además una clasificación C para vehículos con oruga, R para remolques y S para equipos intercambiables. Cada subclasificación, tiene una definición específica por características de diseño, desplazamiento, peso, velocidad y capacidad de carga.

La matriculación y permiso de circulación por tipo de vehículo

Si has hecho la matriculación de tu coche te habrás fijado en el apartado “tipo de vehículo” que se incluye en la solicitud de la DGT. Esta nomenclatura parte de la definición de la ley y que la DGT establece para crear los requisitos para cada tipo.

En estas categorías, la administración establece con mayor detalle todos los tipos de vehículos matriculables en España. Matricular un vehículo te autoriza a circular en las vías españolas y europeas de manera legal. Es muy importante que comprendas que circular sin matricular un vehículo es objeto de serias sanciones. 

Hemos hecho un artículo sobre el tema que se llama: “¿Qué son el registro y la consulta de vehículos de la DGT?”. En este artículo podrás ver todos los requisitos para matricular un vehículo en España. Pero además, podrás ver que circular sin matricular tu coche, puede generar una multa de hasta 6000€.

Para que puedas ubicar cuál es tu tipo de vehículo antes de matricularlo, la DGT establece los siguientes criterios de clasificación:

  • Camiones y camiones articulados
  • Furgonetas: Incluyen ambulancia, coche fúnebre, camioneta, todo terreno.
  • Autobuses: Incluyen autobuses articulados, bibliobús, buses laboratorio, taller o sanitario.
  • Ciclomotores 2, 3 y 4 ruedas
  • Turismo (hasta 8 plazas)
  • Motocicletas (incluyen con sidecar y vehículos adaptados para minusválidos)
  • Tractores
  • Remolques y semiremolques
  • Otros vehículos. Aquí se incluyen vehículos de uso especial como barredoras, grúas, caravanas, compactadoras, máquinas autopropulsadas y otros vehículos especiales.

Cada tipo de vehículo tiene unos requisitos especiales que puedes consultar en este enlace de la DGT. Uno de los requisitos más importantes es cumplir con la inspección técnica de vehículos (ITV).

La ITV por tipo de vehículo

Una ITV favorable es un requisito que vas a necesitar en todas y cada una de las actividades que tengan que ver con tu coche. Desde la matriculación hasta la venta, una ITV favorable será indispensable. Pero además, es uno de los principales recaudos que tendrás que tener visible y disponible en tu coche.

En otros artículos, hemos analizado cómo la pegatina de la ITV te exime de pagar las multas que pueden llegar hasta los €500. Pero, si tienes un accidente cuyas causas pueden estar relacionadas a un mal funcionamiento de tu coche, el seguro puede eximirse de pagar tus daños.

Antes de ir al centro de inspección de la ITV, es conveniente que revises qué debes tener de acuerdo al tipo de vehículo. La ITV, se basa en la definición legal y de la DGT para determinar en qué debe enfocarse a la hora de hacer las revisiones. Para simplificar el asunto, la ITV divide la inspección en tres tipos de vehículos:

  • Vehículos tipo 1:  Clasificación O1 a O6 de la DGT que incluye ciclomotores, motocicletas y vehículos para minusválidos.
  • Vehículos tipo 2:  Turismos, camiones, remolques y autobuses hasta 3500 kg.
  • Vehículos tipo 3: Camiones, remolques y autobuses de más de 3500 kg, maquinaria autopropulsada, vehículos especiales.

¿Por qué la ITV hace esta división? Es sencillo, recuerda que la ITV debe comprobar que el funcionamiento y seguridad del vehículo esté en óptimas condiciones de circulación. Por ende, cada tipo de vehículo tiene un uso diferente y debe tener condiciones especiales a evaluar. 

Los tipos de permisos de conducir

A este punto ya te habrás dado cuenta que cada tipo de vehículo requiere de un nivel de habilidad diferente. Las autorizaciones no pueden ser iguales a todos los tipos de vehículo, pues requieren habilidades distintas.

Si le das la vuelta a tu carné de conducir, podrás notar que existe una especie de tabla con diferentes códigos y figuras de vehículos. Allí, la DGT establece hasta qué tipo de vehículo estás autorizado a conducir. 

Cuando la dirección te autoriza a circular, lo hace basado en tu nivel de experticia teórica y práctica en un determinado tipo de vehículo. De la misma forma, si quieres conducir otro tipo de vehículo, tendrás que solicitar una nueva autorización. 

La DGT ha hecho una clasificación del carné de conducir de la siguiente manera:

Tipo de PermisoVehículos autorizados
AMCiclomotores (hasta 50cc) de 2 o 3 ruedas y cuadriciclos ligeros.
A1Motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cc.
A2Motocicletas con una potencia máxima de 35 kW.
AMotocicletas y triciclos de motor.
BAutomóviles de hasta 3500 Kg de masa.
BEAutomóviles de clase B más un remolque o semirremolque cuya masa conjunta no exceda 3500kg (remolques de hasta 750 kg de masa)
CAutomóviles de más de 3500 kg de masa (no incluye autobuses y vehículos clase D o D1)
CETodos los automóviles C más remolques y semirremolques cuya masa no exceda los 750 kg.
C1Automóviles de más de 3500 kg de masa pero que no excedan los 7500 kg (no incluye autobuses y vehículos clase D o D1
C1ETodos los automóviles C más remolques y semirremolques cuya masa conjunta no exceda los 12.000 kg.
DTodos los automóviles para el transporte de más de 8 personas además del conductor.
D1Transporte de hasta 16 pasajeros y cuyo largo no exceda los 8 metros.
D1ETodos los vehículos clase D más un remolque o semirremolque que exceda los 750 kg.
DETodos los vehículos clase D más un remolque o semirremolque que no exceda los 750 kg.
*fuente: DGT

La edad mínima y los tipos de vehículos con cada carné

Probablemente te estés preguntando si la autorización de conducir en una categoría automáticamente te autoriza a las demás. La respuesta no es necesariamente sí. En el caso de los carnés C, te autoriza a conducir coches de cualquier tipo hasta un determinado peso. Sin embargo, la ley hace una distinción en los tipos de carnés para conductores profesionales o tipo D.

Del mismo modo, si tienes un carné B, podrás conducir motos de hasta 125cc pero deberás tener, al menos, 3 años de antigüedad con tu carné. Cada tipo de carné establece una edad mínima para poder solicitarlo. Fíjate en lo que dice la DGT:

Tipo de carnéEdad mínima
AM15 años
A116 años
A218 años
A20 años (21 para triciclos)
B- BE18 años
C- CE21 años (18 con el CAP)
C1- C1+E18 años
D- DE24 años (varía con el CAP)
D1- D1E21 años (18 con el CAP)
*fuente: DGT

El CAP o Certificado de Aptitud Profesional, es un documento expedido por la DGT que capacita tu habilidad y conocimiento de conducir. No es obligatorio para todos los tipos de vehículos y se aplica sólo a los vehículos tipo C y D.

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Pólizas de seguro de coche por tipo

Asegurar tu coche está muy relacionado con el tipo de vehículo que conduzcas. Dependiendo del uso, existen seguros con coberturas especiales que te protegen contra los riesgos inherentes al tipo de actividad asociada.

Por ejemplo, si tienes un vehículo de transporte de carga, algunas pólizas cubren el vehículo y la responsabilidad a terceros incluyendo la carga. Esto puede cubrir hasta un monto determinado el valor de la carga y/o accidentes relacionados con ella.

Adicionalmente, existen seguros especiales para vehículos de transporte de pasajeros. Este tipo de pólizas cubren la responsabilidad sobre los ocupantes con especificaciones técnicas en cuanto a la cobertura de accidentes.

Pero, en términos generales, la cobertura obligatoria más las coberturas individuales del seguro pueden variar entre aseguradoras y pólizas. Usualmente, la mayoría de las aseguradoras tienen estos tipos de cobertura para coches: 

En cualquier caso, recuerda que cada aseguradora tiene sus propios productos y pólizas con mayor o menor cobertura. En nuestro comparador de seguros de coche, podrás analizar todas las pólizas del mercado de acuerdo a tu tipo de vehículo.

¿Sabías que?

Según la Ley de Tráfico, conducir un vehículo sin la debida autorización puede generar una multa de €500 y 4 puntos del carné. Es decir, debes saber muy bien los límites que establece el carné según el tipo de coche a conducir.
Además, contrario a lo que muchas personas piensan, no existe un carné ilimitado para cualquier tipo de vehículo. Cada categoría tiene un tipo de habilidad requerida y en algunas, debes examinarte de forma particular.

Los expertos de Arpem recomiendan:

  • A la hora de matricular tu vehículo, es importante que conozcas que existen distintos tipos de coche por carrocería y uso. Cada categoría está determinada por el diseño y utilidad de cada tipo de vehículo.
  • Por ende, debes conocer muy bien cuál es el tipo de vehículo que vas a conducir para no cometer errores en la matriculación. Adicionalmente, comprueba que tu carné te autorice a conducir el tipo de vehículo que usarás.
  • Las pólizas de seguro, aunque tienen muchas cosas en común, se diferencian en el tipo de vehículo. Comprueba con tu compañía de seguro las pólizas especiales que te den la máxima cobertura en la vía.
En Resumen…
  • La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, establece los diferentes tipos de vehículos que existen. Adicionalmente, la DGT e ITV clasifican los vehículos de acuerdo a sus características físicas, peso, volumen, uso y tipo.
  • Cada tipo de vehículo tiene un permiso de conducir especial. En algunos tipos de vehículos, debes obtener un permiso especial y aprobar un exámen de capacitación.
  • Las pólizas obligatorias cubren los daños a terceros de todos los tipos de vehículos. Sin embargo, existen pólizas especiales para determinados vehículos, sus cargas o los riesgos de accidentes viales.
FAQ
Si tengo una moto y un camión ¿Necesito dos permisos de conducir?
¿Puedo contratar una póliza de seguros que me cubra varios tipos de coche?
Si he camperizado una furgoneta ¿Necesito cambiar el tipo de vehículo en la DGT?
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Agus J. Gutierrez

Soy redactor desde hace más de 15 años. Mi especialidad está en el mundo de los servicios y muy especialmente, en el sector asegurador y financiero. Mis textos tratan de informar desde una óptica amena, fluida y siempre pensando en los beneficios del lector como objetivo de cada artículo. Arpem me ha dado la oportunidad de trabajar con personas que comparten mi visión sobre el bienestar del cliente como único propósito. Aquí he encontrado esa combinación única de pasión, compromiso y entrega en cada faceta del servicio.

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