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Siempre que obtengas una ganancia de una venta, debes declararla a Hacienda. Lo mismo ocurre si al vender tu coche ganas dinero. El problema es que, salvo que sea una pieza de colección o un coche antiguo que se haya revalorizado, es poco frecuente que ganes más dinero que el que invertiste en su compra. El que debe declarar la adquisición es el comprador, por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Esta es la documentación que necesitas para poder llevar a cabo el cambio de titularidad de un vehículo:
Al comprador debes entregarle la tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) y el permiso de circulación del coche, aunque, entre particulares, no es obligatoria la tarjeta de la ITV.
Además, debes formalizar un contrato de compra-venta, aunque vendas el coche a un conocido o un familiar. En él, se deben especificar los datos de comprador y vendedor, las condiciones de la compra-venta y la fecha del acuerdo. Una vez establecido este contrato, debes acudir a la jefatura de tráfico más próxima para comunicar el cambio de titularidad del vehículo. Para ello necesitarás los DNI, el contrato, los papeles del coche y tener el resguardo del impuesto de circulación al día.
Antes de realizar el cambio de titular de un vehículo, es necesario comprobar que el vehículo es transferible. El coche tiene que estar dado de alta y encontrarse al corriente de pago de impuestos locales y de sanciones, así como del resto de sus obligaciones (documentación, seguro obligatorio, revisiones periódicas, ITV, estado de conservación). Si existiera una reserva de dominio, un embargo o una orden de precinto sobre el vehículo, podríamos encontrarnos con ciertas limitaciones a la hora de realizar la transferencia o notificación de venta.
A continuación detallamos los requisitos previos a tener en cuenta para poder realizar la transferencia de un vehículo:
Se puede comprobar fácilmente la situación de cualquier vehículo solicitando un informe reducido. Si está todo correcto y se puede realizar la transferencia, en el informe aparecerá una señal verde. En caso de que el vehículo no pueda ser transferido por alguna razón o exista alguna condición que es recomendable revisar, aparecerá una señal roja o naranja. Para saber cuál es la razón que impide o condiciona la transferencia, es posible solicitar el informe detallado del vehículo, previo pago de la tasa 4.1 de 8,67 €. Este informe, además, te proporcionará datos a tener en cuenta como la vigencia de la inspección técnica, las reparaciones y revisiones que se han llevado a cabo.
Es conveniente saber de antemano qué documentación se necesita para cambiar el nombre del coche y si la operación está sujeta a las condiciones de los supuestos especiales que marca la DGT. Sin embargo, existen diversos supuestos especiales en los que puede variar la documentación requerida para llevar a cabo el cambio de titular del vehículo:
Hay que tener en cuenta, además, que puede darse la concurrencia de varios supuestos especiales de forma simultánea, por lo que habría que estudiar cada caso en particular para decidir cuál es la mejor manera de efectuar el cambio de titularidad del vehículo.
Después de comprar un vehículo de segunda mano debemos tramitar la transferencia (cambiar el titular) en un plazo máximo de 30 días tras la firma del contrato de compraventa. Antes de realizar este trámite, es aconsejable solicitar a la DGT un informe reducido del vehículo para asegurarse de que está dado de alta y libre de cargas, evitando así sorpresas desagradables.
Podrás cambiar la titularidad de un vehículo de manera online o presencialmente:
La notificación de venta DGT es un trámite obligatorio en España. Consiste en comunicar a la Dirección General de Tráfico la transferencia de propiedad de un coche, moto u otro tipo de vehículo. Esta notificación debe hacerse dentro de los 10 días siguientes a la realización de la venta. Para realizar este trámite tendremos que contar con el permiso de circulación, el último Impuesto de Circulación pagado y el reglamentario contrato de compraventa del vehículo. Notificar correctamente la venta del coche es importante para actualizar el registro de vehículos y evitar cualquier responsabilidad futura del antiguo titular.
La notificación de venta DGT no debe confundirse con el cambio de titularidad, pues son trámites diferentes. El cambio de titularidad o transferencia del vehículo es el proceso que debe seguir el comprador (nuevo titular del vehículo) para llevar a cabo el cambio de nombre.
No, no debes hacerlo, a menos que obtengas más dinero del que pagaste por él, algo que es muy raro que ocurra. Tienes que declarar una venta solo si obtienes una ganancia patrimonial.
Habitualmente los precios de los coches de segunda mano son inferiores a los precios que pagamos por ellos nuevos, salvo excepciones que pueden darse en el caso de que el vehículo se haya revalorizado por ser una pieza de colección o histórica. En la mayoría de los casos no es así, por lo que para Hacienda supone una pérdida de tu patrimonio.
Cuando vayas a vender tu coche, debes preocuparte de que tienes todos los papeles en regla: que no tienes multas impagadas y que has pagado el impuesto de circulación correspondiente.
El que sí debe pagar un impuesto es el comprador: el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuyo importe es de entre el 4% y el 8% del valor real del vehículo, es decir, de lo que pagó por él. El porcentaje varía según las comunidades autónomas y, por supuesto, no hay que pagar IVA.
Puedes negociar con el comprador de tu coche si le interesa continuar con la póliza de seguros, ya que las pólizas se pueden transferir. Otra opción es conservar nuestra póliza actual y utilizar la parte de la prima no consumida para el nuevo seguro, en el caso de que vayamos a comprar otro vehículo.
Si le interesa al comprador, igualmente tendrá que llamar a la compañía para preguntar si aceptan continuar con la póliza hasta finalizar el contrato. Lógicamente, es importante cambiar la figura del propietario y del conductor asegurado para evitar sorpresas. No sería necesario cambiar la figura del tomador si la aseguradora lo acepta, aunque es importante cancelar la renovación de la póliza para que no vuelvan a pasar el recibo.
No, son cosas totalmente diferentes. Declarar a Hacienda implica incluirlo en nuestra declaración de IRPF. Notificar una compra-venta es darle a conocer a la Dirección General de Tráfico (DGT) que hemos vendido un vehículo a otra persona. Esta notificación debe hacerla el vendedor del vehículo, en un plazo de 10 días, antes de que el comprador haga el cambio de titularidad, tras firmar el contrato, aunque no es obligatorio.
Pero, a veces, el comprador tarda demasiado tiempo en hacer ese cambio, lo que es perjudicial para el vendedor, en caso de multas, porque sigue figurando como titular. La notificación de la venta a la DGT sirve precisamente para protegerte frente a esto, pues queda por escrito que el coche ya no es tuyo.
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Las personas que ganan un salario o que estén jubiladas no están obligadas a declarar la compra de un coche o una moto nuevos, porque al comprarlos ya han pagado los correspondientes impuestos: el 21% de IVA y el impuesto de matriculación.
Por su parte, los trabajadores autónomos y las personas con discapacidad se desgravan una parte de la inversión que ha supuesto para ellos la compra de un vehículo. Las personas con discapacidad (o los familiares que lo tienen a su cargo) se pueden deducir el 50% del IVA de la compra.
Sin embargo, no hay desgravación de ningún tipo en el caso de los coches usados o de kilómetro cero que ya están matriculados. Los autónomos pueden acceder a la devolución del 50% del IVA, si los vehículos son necesarios para su trabajo. También desgrava el “renting”. Los taxistas y los conductores profesionales o los profesores de autoescuela, pueden desgravar el 100% del IVA de la compra, siempre que sean autónomos y el vehículo esté a su nombre.
Si trabajas en una empresa y utilizas uno de sus coches para trabajar, la misma empresa se puede desgravar un porcentaje del coste del vehículo, incluidos los impuestos. Pero si utilizas un coche que está a nombre de la empresa para fines particulares, tendrás que declararlo en el IRPF como retribución en especie.
Un coche empieza a devaluarse en el mismo momento de la compra, cuando sale del concesionario. En este caso, ya ha perdido un 10% de su valor. Un año después, esa pérdida de valor es del 20%. Pero además del tiempo transcurrido, también influyen en su devaluación el uso, su estado o que el modelo ya no esté de moda, entre otras circunstancias.
No, es el comprador el que debe declarar por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. El vendedor suele percibir por su venta mucho menos de lo que pagó por el coche cuando era nuevo.
Debes preocuparte de no tener multas impagadas y de que el impuesto de circulación esté al día. Al comprador debes entregarle la tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) y el permiso de circulación. Además, debéis hacer un contrato de compra-venta.
Sí, se puede transferir, aunque el comprador deberá cambiar la figura del propietario del vehículo y del conductor asegurado. Si lo haces, recuerda cancelar la renovación de la póliza para que no te pasen el recibo otra vez. Ten en cuenta que también puedes quedarte el seguro y cambiarlo a otro vehículo si, por lo que sea, vas a adquirir un nuevo en poco tiempo.
Las personas que ganan un salario o que estén jubiladas no están obligadas a declarar la compra de un coche o una moto nuevos, porque al comprarlos ya han pagado los correspondientes impuestos: el 21% de IVA y el impuesto de matriculación.
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