Mi marido se durmió al volante y chocamos, ¿tenemos derecho al abono de los gastos de desplazamiento?

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María Teresa F. nos ha escrito a [email protected] para exponernos su caso:

«Volviendo de un viaje a Asturias con mi marido tuvimos un accidente. Conducía él, aunque el coche figuraba a mi nombre y también era yo la tomadora del seguro a todo riesgo contratado.

Mi marido se durmió al volante y perdió el control del vehículo, que resultó siniestro total sin que hubiera nadie implicado. La Policía levanto atestado. Nosotros no acusamos lesión alguna en aquel momento, pero al día siguiente tuvimos que acudir a urgencias al hospital de la Seguridad Social.

Puestos en contacto con la compañía aseguradora, al cabo de unos días nos derivan al traumatólogo de la clínica que nos asigna y nos pautan sesiones de rehabilitación. A mi marido le da el alta al cabo de 10 sesiones y a  mí al cabo de 30 por estabilización de las lesiones, aunque me quedan secuelas en muñeca y limitación a nivel cervical.

Mi pregunta es: ¿Tenemos derecho a alguna indemnización y abono de los gastos de desplazamiento? ¿Debo esperar que la aseguradora se ponga en contacto con nosotros o nos debemos de poner nosotros?

Muchas gracias.»

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La respuesta de arpem.com:

En primer lugar, le agradecemos el interés y la confianza depositados en arpem.com.

En relación a los gastos de desplazamiento, imaginamos que se refiere a los que le ocasionó su regreso a casa tras el accidente. En este caso tendría que revisar lo que dice su póliza en el apartado de asistencia en viaje a las personas. Debe comprobar que efectivamente usted tiene incluida esta cobertura. La mayoría de las pólizas cubren el coste del billete de regreso a casa, aunque hay algunas que lo excluyen si el lugar de la inmovilización se encuentra a menos de 25 kilómetros del domicilio. En caso de que lo tenga cubierto, reclámeselo a la compañía y aporte, si puede, lo que le costó dicho servicio mediante tique o factura.

En cuanto a los daños personales, estarán cubiertos los gastos sanitarios que precise hasta su total recuperación a cargo de la cobertura de seguro de conductor. Esta garantía cubre siempre la indemnización por fallecimiento, por invalidez permanente (parcial o total) y por los gastos médicos necesarios. Si las secuelas que le quedan en la muñeca son permanentes, tendría que revisar las condiciones generales y comprobar en el apartado de seguro de conductor si existe algún tipo de indemnización por la pérdida de movilidad total de la muñeca. Por supuesto, el médico tendría que valorar si la lesión es permanente y enviar informe a la compañía.

En caso de ser lesiones temporales, lo único que puede reclamar si aún no se ha curado totalmente es que le den más sesiones de rehabilitación.

Si tiene dudas a la hora de buscar las coberturas en su póliza, no dude en comentarnos qué póliza tiene y cuál es su aseguradora para que podamos revisarlo.

Esperamos que esta información le haya servido de ayuda.

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