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Quizás piensas que una persona menor de edad no puede ser titular de un vehículo, ya que no puede hacer uso de él hasta que cumpla la mayoría de edad y apruebe el carnet de conducir. Pero, aunque esto último es cierto, la legislación española sí que permite que un menor de 18 años sea propietario de un vehículo. Basta con que disponga de DNI, algo obligatorio para los mayores de 14 años. Se puede dar la situación de ver a un menor como titular de un coche o una moto cuando, por ejemplo, alguien les regala un vehículo antes de cumplir los 18 años, lo heredan a causa del fallecimiento de los progenitores, por determinadas situaciones fiscales, etc.
A pesar de que un menor pueda ser el propietario del vehículo, son sus padres o guardianes legales quienes tienen la obligación de asegurarlo, y uno de ellos deberá ser el titular de la póliza de seguro. Aunque es posible que en una póliza el dueño, el asegurado y el conductor sean distintos, puede darse el caso de que algunas aseguradoras no acepten esta situación. En estas circunstancias, el Consorcio de Compensación de Seguros se presenta como una alternativa viable para contratar el seguro obligatorio. Esta situación es parecida a la que ocurre cuando los padres fallecen y los hijos heredan sus bienes. Aunque estos sean menores de edad, no podrán hacer uso de la herencia hasta que alcancen la mayoría de edad legal.
Entre los principales motivos por los que se pretende poner como titular de un vehículo a otra persona, se encuentran la intención de hacer un regalo, conseguir financiación para la compra del coche de una forma más rápida y sencilla, o bien en situaciones de embargo, entre otros. En este último caso, puede haber un delito de alzamiento de bienes.
Ya sea que se trate de la adquisición de un vehículo nuevo o de segunda mano, al registrar un coche a nombre de un menor, es fundamental recordar que este acto se considera como una donación. Por este motivo, se debe abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cuyo importe varía en cada comunidad autónoma. La relación que existe con la persona que recibe la donación también incide en el monto del impuesto: no es igual si es para un hijo o para una persona ajena a la familia. En todos los casos, es obligatorio el pago de este impuesto y, si no se hace, Hacienda puede sancionar con una multa que se deberá abonar junto con el importe del tributo.
Los procedimientos para transferir la titularidad de un coche por donación son bastante parecidos a los que se siguen en una compraventa:
Es posible registrar un coche a nombre de un menor, pero para ello será necesario que cuente con su documento de identidad. Te recomendamos que te asesores en la Jefatura de Tráfico más próxima, ya que los procedimientos pueden cambiar dependiendo de si el coche ya está a tu nombre o si se trata de un registro nuevo. Una vez que todo esté correcto y el joven llegue a la edad legal para manejar el vehículo, no debemos olvidar la importancia del seguro.
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Todos los conductores de vehículos – con permiso para conducir o no – tienen la obligación de respetar las reglas de tráfico. Esto incluye también a los conductores menores de edad. Ya sea en ciclomotor, bicicleta o patinete, debes acatar las mismas normas y cumplir con las mismas responsabilidades que cualquier otro conductor: llevar casco, respetar los límites de alcohol en sangre (que en este caso es 0,0) y de velocidad, y no conducir bajo los efectos de sustancias ilícitas. Si se comete una infracción, los padres o tutores legales son los responsables de pagar las multas y responder por los daños ocasionados. Si el menor infringe la ley de seguridad vial, la Guardia Civil o la Policía Municipal determinarán el procedimiento a seguir, pero se aplicará al menor el Código Penal.
Sí, aunque solo pueden conducirlos cuando cumplen 18 años y pueden sacarse el carnet de conducir. Solo necesito tener el DNI, obligatorio a partir de los 14 años.
Pueden ser una herencia, una situación fiscal determinada o un regalo.
Sin embargo, los responsables del vehículo y de tenerlo asegurado son siempre los padres o tutores legales.
A pesar de que en una póliza de seguros el propietario, el tomador y el conductor pueden ser personas distintas, puedes encontrarte con aseguradoras que no acepten el riesgo, siendo el Consorcio de Compensación de Seguros la opción más interesante para contratar el seguro obligatorio.
Si se trata de una herencia o donación, hay que pagar el impuesto de sucesiones y donaciones., que varía según la Comunidad Autónoma.
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