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Nota
preliminar: esta cobertura, hoy por hoy, son MUY POCAS las compañías que la
ofrecen en su póliza para motocicletas.
CONCEPTO
El
objetivo de esta cobertura es asegurar que nuestra compañía nos pague una
indemnización en el caso de:
-
Nos
roben algo de la motocicleta, es decir, las ruedas, el cofre, etc
-
Nos
roben toda la motocicleta.
-
Nos
arreglen los desperfectos sufridos en la motocicleta como consecuencia del
robo.
Es
muy interesante contratar esta cobertura, sobre todo si nuestra motocicleta es
"golosa", es nueva, vivimos en ciudades grandes, o en lugares donde
habitan mas de lo corriente los "amigos de lo ajeno", ya que la relación entre lo que se paga
de seguro y la cantidad con que la compañía indemnizaría en caso de robo, es
muy favorable al usuario (ver
tarifas
en función del riesgo).
Ahora bien, hoy por hoy, y dada la facilidad que hay para robar una moto, CASI
NINGUNA COMPAÑÍA acepta la contratación de esta cobertura.
Antes
de entrar en el fondo del asunto, conviene distinguir el concepto de ROBO (que
es lo que se contrata con la compañía) y el de HURTO, que NO se contrata, y
por tanto está fuera de la cobertura.
El
robo se produce cuando se utiliza la fuerza para obtener una cosa que no
es nuestra, mientras que en el hurto no es preciso emplear la fuerza para ello.
A estas alturas usted se preguntará ¿y cómo lo diferencio?. Pues para ello,
nada mejor que emplear un par de casos prácticos.
Ejemplo:
Robo de la motocicleta sería el
típico caso de cojerla a pulso y montarla en una furgoneta.
Por
el contrario, se produciría el hurto de la motocicleta en el supuesto de dejarnos las llaves
puestas mientras vamos a pagar la gasolina, y que el ladrón solo tenga que
accionar la llave y llevarse el motocicleta (y encima de todo, con el depósito
lleno).
LA
LETRA PEQUEÑA
Pero
una vez definido el concepto, lo interesante es mirar la LETRA PEQUEÑA, más
que nada para evitar sobresaltos. Y más vale encontrar la sorpresa ahora que
cuando se haya "consumado" el robo. Así pues, es interesante saber
cómo funciona nuestra póliza frente a estos tres casos:
1.-
Robo
de accesorios de serie
Se
trata de accesorios que el motocicleta trae de origen, como pueden ser un
manillar, un
asiento, un intermitente, unas ruedas…
En
principio, en estos casos, si hay un robo nos
indemnizarán a valor de NUEVO, y con independencia de la antigüedad de nuestra
motocicleta, es decir, si nos roban el motor de la motocicleta (por decir una
exageración), nuestra compañía nos comprará un motor nuevo y nos lo
montará. Si en su
póliza no se encuentra esta cobertura o no incluye valor de nuevo, empezamos
muy mal, ya que todavía quedan muchos otros aspectos que comprobar.
Un
caso típico son determinadas piezas de serie que lleva nuestro motocicleta que se
tratan de manera especial por las compañías, como son:
-
Las
ruedas: si nos las roban ¿qué
nos dan?. Unas compañías nos darán el valor a nuevo, es decir, nos
comprarán la llanta y el neumático NUEVOS. Sin embargo, esta no es la
práctica común, sino que muchas compañías opinan que nuestro neumático,
en el momento del robo, posiblemente estaba ya desgastado, y por
tanto SÓLO nos pagan una parte de dicho neumático, por ejemplo, el 80%.
Nuestra opinión a este respecto es bien clara:
-
Si
el objeto del robo es una llanta de aleación, puede
que el neumático en sí no sea el objeto del robo, y por tanto, puede ser
"comprensible" la indemnización en un %.
-
Si
el objeto del robo no son las llantas, sino el neumático, solo hay una
posible consideración: nadie roba un neumático usado, por lo tanto, es
de suponer que estaría nuevo, y como tal, la indemnización debería ser
por el valor del neumático nuevo.
Así
mismo, queremos llamar la atención a muchos conductores
que deciden "tunnear" su motocicleta, y ponen unos neumáticos más
anchos, mejores, es decir, MÁS caros. En caso de robo, la compañía
indemnizará con arreglo a la medida y calidad del neumático de origen, y no
con respecto al que nosotros hemos puesto con posterioridad, salvo
que se declare su valor en las Condiciones
Particulares del seguro, como se
indica en el siguiente apartado.
2.-
Accesorios
NO de serie.
Se
trata de los accesorios que
cumplen uno de estos requisitos:
-
Se
paga un suplemento por ellos a la hora de comprar el motocicleta.
-
Se
instalan en el motocicleta con posterioridad a su compra.
Para
que estos accesorios estén cubiertos contra el robo, además de tener
contratada dicha cobertura, deberán ir especificados detalladamente (es decir,
tipo de accesorio y PRECIO) en las Condiciones
Particulares de nuestra póliza.
Si
no lo hacemos así, en caso de robo de algún accesorio NO de serie, la
compañía NO pagará absolutamente ninguna indemnización.
Ejemplo:
El típico caso que a todos nos viene a la cabeza es el
del cofre, que se instala a posteriori de comprar el motocicleta.
Por
último, es necesario hacer una matización muy importante, sobre cómo detallar
el accesorio NO de serie en las Condiciones particulares, ya que:
-
Si
se hace figurar un valor del accesorio inferior al que en realidad tiene,
estamos pagando menos dinero por asegurarlo, pero en caso de robo, la
compañía abonará como tope, dicho valor, y no el que en realidad cuesta.
Es lo que se llama INFRASEGURO.
-
Por
el contrario, si se "infla" el valor del accesorio, es decir, que
se asegura por un precio mas elevado del que en realidad cuesta, resultará
que se está pagando más por el seguro, y además, si se produce el robo,
la aseguradora no pagará ese "sobre-valor", sino sólo el real.
Es lo que se llama SOBRESEGURO.
Es
decir, respecto a los accesorios NO de serie, y recordando
el programa de TV, es muy conveniente poner en nuestra póliza "EL PRECIO
JUSTO". Esto no ocurre con los accesorios de serie, ya que dichos
accesorios están incluidos en el precio total de la motocicleta al comprarlo.
3.-
Robo
total de la motocicleta.
Si
bien hasta ahora hemos tratado de conocer cuando y cómo nos indemnizan cuando
nos roban una parte de la motocicleta, la siguiente cuestión es saber cuánto nos
pagarán si nos roban TODA la motocicleta.
Sin
duda, este aspecto es el MÁS importante de esta cobertura, ya que puede haber
diferencias desde unos cientos de euros, a unos cientos de miles euros según la compañía de que se trate.
En
las pólizas de seguros, cuando se produce el robo de su motocicleta, este
hecho se asimila al concepto de siniestro total, es decir, lo que comúnmente se
conoce como pérdida total.
Por
lo tanto, la siguiente "misión" es "bucear" en nuestra
letra pequeña y saber cuanto nos indemnizan en caso de pérdida total.
La
práctica habitual es la indemnización a valor a nuevo si nuestro motocicleta tiene menos de uno o dos años de antigüedad, aunque
también nos encontramos con compañías que desde el primer día nos dan el
valor venal.
Una
vez transcurridos ese primer o segundo año, es práctica habitual basar las
indemnizaciones en el valor venal, otras con el valor de mercado, u otras, en el
mejor de los casos, con el valor venal mejorado. Pero como en todos los
apartados, cada compañía es un mundo, y por tanto, tendrá usted que mirar su
póliza en concreto para saber que es lo que tiene, ya que incluso, dentro de la
misma compañía, según que póliza, puede que el primer año sea a valor a
nuevo, o a valor venal.
Sin
duda alguna, si usted quiere conocer las ventajas y los inconvenientes de tener
un seguro barato/caro, esta es una buena oportunidad de ver la
causa de los precios de las pólizas.
FRANQUICIA
La
aplicación de franquicias (es decir, deducir X euros del importe de la
indemnización que nos corresponde) en la cobertura de robo no es un uso
habitual de las aseguradoras.
No
obstante, sí hemos detectado algunas compañías lo hacen, y por lo tanto, como no sabemos si en el futuro será aplicado por mas
compañías o no, queremos hacer referencia a ello.
CONSEJOS
-
Los
accesorios no de serie es MUY aconsejable asegurarlos, ya que su seguro
cuesta muy poco dinero en función del beneficio que podemos obtener, y
sobre todo, para la tranquilidad que ofrecen, ya que es habitual que a
dichos accesorios les tengamos especial apego.
-
Esta
cobertura es conveniente casi siempre, ya que es barata, pero de modo
particular en los siguientes casos:
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Para
motocicletas "golosas", tales como deportivas, clásicas, muy
cotizadas.
-
En
grandes ciudades, donde suelen habitar "amigos de lo ajeno" con
mas frecuencia de la deseable.
-
En
lugares conflictivos.
-
En
caso de que una persona viaje con asiduidad fuera de su lugar de residencia,
y pueda correr más peligro por estar de paso.
-
Si
su motocicleta "duerme" en la calle, sobre todo si lo hace en sitios
oscuros, descampados o calles poco transitadas.
Por
último, no deseamos ir en contra de la industria de los fabricantes de alarmas
de motocicletas, barras de seguridad, etc. Pero todo el mundo sabe que "si
quieren, se lo van a llevar". Es decir, una alarma de seguridad puede
"ahuyentar" al ladrón poco profesional, si es que tiene otra motocicleta
al
lado disponible, pero si van a por su motocicleta, olvídese, que "fortines más
peliagudos han reventado".
Por
lo tanto, nuestra opinión es que la mejor defensa contra el robo es una buena
póliza de seguros: son baratas, y a cambio dan buena cobertura para los
casos de robo. El problema es que casi ninguna compañía asegura la cobertura
del ROBO.
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