Vehículo de sustitución

ORIGEN

Esta cobertura tiene su origen en la necesidad de que el conductor cuente con un vehículo de sustitución como consecuencia de que el suyo tenga que pasar por el taller de reparación. O bien, indemnizar al asegurado para que disponga de dinero para que pueda pagar un medio de transporte alternativo (taxi, autobús, tren) mientras le reparan el coche.

CONCEPTO

Con esta cobertura el usuario se asegura que su compañía le pondrá un coche sustitutivo o le compensará con un importe de dinero como consecuencia de que su vehículo se encuentre en el taller en reparación.

Para que dicha cobertura surta efecto, debe estar especificado en las condiciones particulares y, además,, debe darse la circunstancia de que el vehículo esté en el taller por un siniestro.

No se genera el derecho a esta cobertura en los casos de que el coche esté en el taller por una avería, mantenimiento, etc.

Saber lo bueno o malo de esta cobertura es saber si hay derecho a ella por cualquier tipo de siniestro o no, y así mismo, una vez sabido a esto, hay que conocer dónde, cómo y cuánto va a recibir el cliente. Por ello, el estudio que se presenta a continuación se ha dividido en dos apartados:

LA LETRA PEQUEÑA I “Condiciones”

Ya se ha indicado que esta garantía no se aplica si el coche está en el taller por una avería, o una revisión rutinaria, o mantenimiento, etc., y sí que se aplica cuando está en el taller como consecuencia de un siniestro, como, por ejemplo:

  • Has tenido un accidente con culpa.
  • Te han robado el coche.
  • Se ha producido una avería en el vehículo y necesita varios días de mano de obra.

En todas las situaciones, lo que cuenta es que el coche queda inmovilizado durante un tiempo, aunque hay diferencias en el origen del siniestro, la cuestión es:

¿Tienes derecho a esta cobertura en cualquiera de estos casos?

Esto depende de cada compañía y de lo que aparezca en las Condiciones Generales de la póliza, ya que puede darse el caso de que la aseguradora solo active la cobertura en caso de accidente, solo en caso de avería, solo en caso de robo, dos de las anteriores o, incluso, por todas ellas. Es decir, no hay regla fija, y cada aseguradora ofrece esta cobertura según su política.

La situación ideal es que el derecho a esta cobertura sea siempre que el coche asegurado entre al taller por cualquier tipo de siniestro, porque al fin y al cabo el hecho que lo produjo es indiferente, pero el resultado es el mismo: el conductor no puede hacer uso de su coche y necesita alternativas.

LA LETRA PEQUEÑA II “Dónde, Cómo y Cuánto”

Una vez que sabes que estás en tu derecho de solicitar este servicio, las siguientes cuestiones que se plantean son:

1.- ¿Durante cuántos días te prestarán el vehículo de sustitución?

Lo ideal es disponer del vehículo de sustitución desde el día en que el coche entra en el taller hasta que sale, es decir, todo el tiempo que tu vehículo está inmovilizado.

En el caso de que la compañía no te facilite el vehículo de sustitución, tendría que con dinero para que puedas desplazarte por su cuenta en el medio de locomoción más adecuado (taxi, autobús, tren, etc.) durante el tiempo en el que coche esté en el taller, o bien que la indemnización cubra el coste de alquilar otro vehículo y durante todo el tiempo que el vehículo permanezca en el taller..

Pues bien, en la práctica no se da ni una situación ni otra, es decir, las compañías lo que hacen es curarse en salud y ofrecer:

  • Entregar un vehículo de alquiler un máximo de tiempo, por ejemplo, 15 días, por lo que ¿y si la reparación dura más tiempo? (evidentemente lo tendrá que pagar el usuario si quiere continuar con el vehículo).
  • Pagar una cantidad de dinero como tope. Por regla general, o bien se indemniza con una cuota fija por día (por ejemplo 12 euros/día por día de reparación) y siempre hasta un máximo de días (por ejemplo 8), o bien con una cantidad de dinero en función del número de horas de reparación (por ejemplo a 6 euros/hora efectiva de reparación), y siempre con un máximo de horas de reparación (por ejemplo 50 horas).

Por ello, para ver la efectividad de esta garantía es necesario saber la limitación de tiempo o cantidades, según los parámetros indicados anteriormente.

2.- ¿Desde qué día se dispone del coche sustituido o de la indemnización?

Existe un dicho popular que dice que “la justicia no es tal si se aplica tarde”. Del mismo modo, es preciso conocer un dato fundamental, y es saber cuándo comienza el derecho a recibir el coche sustituto o indemnización (lo que proceda en cada compañía).

Seguramente muchos pensarán que el derecho a estas compensaciones se produce desde el mismo momento en el que el coche llega al taller. Pero nada más lejos de la realidad, ya que la mayoría de aseguradoras fijan que el derecho al vehículo de sustitución se genera a partir del momento en que la compañía da orden de reparación.

Quizás haya quien piense que desde que el coche entra en el taller hasta que la compañía da orden de reparación pasan unas horas, sin embargo, en la práctica, esto puede llegar a ser días, semanas, o incluso meses, ya que para que su compañía dé la orden de reparación:

  1. El taller le pondrá dentro de la lista para reparaciones, ya que, por desgracia, casi nunca comienzan la reparación nada más llegar el coche.
  2. Hay que desmotar todas las partes afectadas del vehículo, para ver cuál es el alcance de la reparación.
  3. Taller y compañía deben alcanzar un acuerdo sobre el coste de la reparación. Aquí esta la clave de los retrasos, ya que la compañía intentará economizar al máximo, y el taller, si es serio, tratará de hacer la reparación con todas las garantías.
  4. El conductor asegurado debe estar conforme con el presupuesto final.
  5. La compañía da orden para reparar el coche.

Por ello, siendo un proceso normal, en función de la gravedad del siniestro puede durar una/s semana/s en peritar todos los daños del vehículo. Pero si se da el caso de que entre la compañía y el taller existan discrepancias entre lo que cuesta o no reparar el coche, entonces se puede hablar de varias semanas o meses en el peor de los casos.

Y hay que recordar que hasta que no exista orden de reparación, el usuario no tiene derecho al coche sustituto o bien a la indemnización.

Pero es más, en algunos casos, las compañías que ofrecen la compensación económica, no la hacen efectiva hasta que no terminan la reparación. Esto es un despropósito, ya que si lo que quiere el usuario es el dinero para poder moverse mientras no tiene su coche, lo lógico es disponer de ese dinero cuanto antes mejor, y no cuando el coche ya está reparado.

Por último, debes saber que si durante la peritación, al final se considera que el vehículo ha quedado como siniestro total, en tal caso, en la mayoría de las entidades el asegurado no tiene derecho ni a coche de alquiler ni a compensación económica.

3.- ¿Cómo es el coche sustituido?

Si el precio a pagar por esta cobertura es fijo, independientemente del vehículo que posea el usuario, entonces lo común es que a todos los usuarios se les asigne un vehículo de alquiler con las mismas idéntico, o bien una indemnización estipulada y fija, puesto que no guarda relación al vehículo que posee, sino que lo que se pretende es que el asegurado pueda salir del paso en ese periodo de tener el coche en el taller.

Ahora bien, si el precio a pagar por esta cobertura es según el coche asegurado, es decir, que a mejor vehículo más elevada es la prima, se supone que es porque en el supuesto de que tenga que hacer uso de esta cobertura, la compañía entregará un vehículo de características parecidas al asegurado, o bien una indemnización acorde a lo que ha pagado.

CONSEJO

Esta garantía es aconsejable para personas a quienes les sea imprescindible el vehículo diariamente, además, su precio no suele ser elevado.

Debes fijarte en la letra pequeña para conocer el alcance de todos los derechos, y que se ajusten a las necesidades creadas en el supuesto de que el vehículo entre en el taller.

Si el asegurado dispone de un segundo coche, o bien no utiliza el vehículo para el uso diario, o dispone de alternativas (bus, metro…), esta cobertura no le será de mucha utilidad en comparación con la indemnización que percibirá a cambio.

Normalmente esta cobertura se contrata aparte, por lo que si el usuario no tiene claro que póliza elegir, esto no sería un motivo que le haga dudar.