La cobertura de robo del vehículo sirve para garantizar la indemnización cuando se produce el robo de tu coche, pero también para reparar los daños ocasionados con motivo del propio robo o por la tentativa del robo. Esta cobertura está incluida de serie en las pólizas a todo riesgo, aunque también es muy común encontrarla en algunos seguros a terceros, como cobertura complementaria.
Esta cobertura te garantiza una indemnización en el caso de que ocurra alguna de las siguientes contingencias:
Esta cobertura es muy recomendable para aquellos vehículos que son muy “apeticibles” para los ladrones, ya sea por su alto valor de mercado o porque sus piezas son muy demandadas en el mercado de segunda mano. Además, el precio de esta cobertura no suele ser muy elevado.
Antes de entrar en materia, es preciso distinguir el concepto de robo (que es lo que contratas con tu aseguradora) con el concepto de hurto, ya que es común que este último no esté incluido en la póliza.
Un robo se produce cuando para llevarlo a cabo se hace uso de la fuerza o la violencia sobre las cosas para obtener algo que no es nuestro, mientras que en el hurto no existe fuerza para llevar a cabo el delito. En este momento es posible que te preguntes ¿cómo diferencio ambos términos en la práctica? Para responder a esta cuestión, nada mejor que ver un ejemplo práctico.
Fuerzan la cerradura del vehículo o rompen un cristal para abrirlo, hacen el típico “puente” para arrancarlo y, así, llevárselo a otra parte.
Paras en una estación de servicio, pero al bajarte del coche olvidas las llaves en el interior. Alguien se da cuenta, abre la puerta y solo tiene que accionar la llave para llevárselo.
Ten esto muy en cuenta a la hora de denunciar el robo de un coche y piense cómo se lo expones a tu aseguradora, ya que si la aseguradora lo cataloga como un hurto, tendrás problemas para que te indemnicen.
Una vez definido el concepto de esta cobertura, nos detendremos una vez más en la letra pequeña, es decir, en las limitaciones o exclusiones que pueden llevar a cabo las aseguradoras en su póliza, de tal forma que evitarás sobresaltos antes de que se haya “consumado” el siniestro.
Los accesorios de serie son los elementos que el vehículo lleva incorporados a su salida de fábrica, como el volante, los neumáticos, los asientos, etc.
Lo habitual es que la compañía de seguros te indemnice con el valor de nuevo de estos accesorios. es decir, que si te roban el espejo retrovisor, la compañía deberá comprarte uno nuevo e instalártelo. Pero si tu póliza excluye esta cobertura o limita su indemnización por debajo del valor de nuevo, estarás en una situación complicada, ya que aún faltan otros aspectos que tienes que revisar, como, por ejemplo, aquellas piezas que sí que suelen tener una mención aparte en la póliza:
Son los accesorios extra o accesorios opcionales que se no están incluidos en la versión original del vehículo y que se instalar como suplemento adicional a su salida del concesionario, o bien aquellos que se instalar con posterioridad a la compra del coche.
Algunas aseguradoras indemnizan por el robo de estos elementos aunque no estén descritos en la póliza, hasta una cantidad determinada, que suele oscilar entre los 300 € y los 1500€. Sin embargo, lo más habitual es que este concepto no esté incluido de serie en la póliza, en cuyo caso es necesario que lo describas detalladamente (tipo de accesorio y precio) en las condiciones particulares del seguro.
De no hacerlo así, la compañía no pagará ninguna indemnización por el robo de estos elementos.
Pides al concesionario que te instalen un navegador en la consola central de tu vehículo, ya que la versión original no lo incluye de serie. Y cómo no, esas bonitas llantas de aleación, que elevan el precio del coche pero que te quieres dar como un capricho.
Finalmente, ten en cuenta que para detallar los accesorios opcionales en las condiciones particulares, es preciso que especifiques el valor real de los accesorios, ya que si indicas un valor inferior, la aseguradora te pagará por debajo del valor de los accesorios, mientras que si indicas un valor superior, en ningún caso te pagarán por encima del valor real del elemento sustraído.
Hasta este punto hemos detallado cómo pueden actuar las aseguradoras ante el robo de algunas partes del vehículo, pero ahora nos centraremos en cómo indemnizan cuando roban todo el coche, lo que sin duda supone el aspecto de mayor interés de esta cobertura, ya que las diferencias entre unas compañías y otras pueden ser importantes.
En los seguros de automóviles, cuando se produce el robo total del coche, se determina que ha ocurrido un siniestro total o pérdida total.
Cuando se produce el robo total del coche, las aseguradoras indemnizan en función de los años de antigüedad del vehículo. Así, si el vehículo tiene uno o dos años de antigüedad desde su primera matriculación, lo habitual es que la asegurador pague el valor de nuevo del vehículo, sin embargo, hay aseguradoras que ofrecen el valor venal o de venta desde el primer momento.
Una vez que el coche tiene más de dos años, las aseguradoras suelen indemnizan con el valor venal del vehículo, aunque podrás encontrar productos que continúan indemnizando a valor de nuevo un año más, u otras que indemnizan con el valor venal mejorado en un porcentaje determinado, durante varios años.
Las aseguradoras no suelen aplicar franquicias cuando en caso de que declares un siniestro por el robo del vehículo, sin embargo, hay algunas que sí que lo hacen.
Como hemos mencionado más arriba, esta cobertura suele ser económica, por lo que si además la compañía aplica una franquicia, tú estarías ahorrando poco dinero y la compañía te pagará menos indemnización, por lo que es recomendable huir si se producen este tipo de prácticas.
Es decir, si tenemos en cuenta que el robo es una de las coberturas del seguro con mejor relación calidad/precio, la aplicación de una franquicia podría reducir el interés de contratación.