¿Puedo pedir un vehículo adaptado antes de recibir el alta por las lesiones sufridas tras un accidente?

silla ruedas

Luis V. nos ha hecho la siguiente consulta a través de la dirección de correo [email protected]:

«Sufrí un accidente causado por otro vehículo, aceptando su compañía la culpa. Debido a las lesiones no puedo conducir y tengo pendientes nuevas operaciones para mejorar. Esto sucedió hace 7 meses y sigo de recuperación ¿Podría pedirle a la compañía la adaptación de otro vehículo para poder conducir o he de esperar a que tenga el alta definitiva con el resultado de las secuelas?»

La respuesta de arpem.com:

El artículo 119 del la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, indica que el perjuicio patrimonial derivado del incremento de los costes de movilidad se resarce hasta el importe máximo fijado en la tabla 2.C incluida en dicha Ley, el cual asciende hasta 60.000 euros.

Para poder reclamar tendrá que esperar al informe médico donde aparezca la valoración de las secuelas que le puedan quedar, ya que la cantidad exacta varía en función del grado de pérdida de movilidad.

Tenga en cuenta que en caso de que no sea posible la adaptación de su vehículo, podrá adquirir otro coche adaptado que, dentro de la gama de este tipo de vehículos, guarde una cierta proporción con respecto al suyo.

Esperamos que esta información pueda servirle de ayuda, si tiene cualquier otra consulta, no dude en escribirnos de nuevo a [email protected].

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