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Ctra. Gualba, 41-43, 08470 Sant Celoni, Barcelona
Horario: Lunes a Viernes: 7:00 – 21:00
Sábados: 7:00 – 14:00
(Del 12 de junio al 1 de septiembre, ambos inclusive)
Lunes a Viernes: 6:00 – 21:00
Sábados: 7:00 – 14:00
Web: www.tuvsud.com
Telefono: 931 179 070
Email: [email protected]
Puedes pedir cita previa en la página web. Es la manera de evitar esperas innecesarias. Debes seleccionar la Comunidad Autónoma, el tipo de vehículo y el día y la hora que te vienen bien y rellenar una solicitud con los datos personales. Recibirás un SMS con la confirmación. También puedes pagar online. En la web dispones de toda la información sobre posibles incidencias.
La revisión periódica puede ser muy sencilla, si revisas previamente los elementos de tu vehículo y presentas la documentación necesaria y si acudes en la fecha que te corresponde. Si mantienes tu vehículo en buen estado, no tendrás problema. Si vas a pasar la revisión en invierno, conviene que conduzcas un tiempo antes de acudir a la estación, para que el motor se caliente. Revisa también la profundidad de los neumáticos, el funcionamiento de las luces, el estado del parachoques, del limpiaparabrisas y de los niveles de líquidos del vehículo. La revisión repasa también el volante, los asientos y los retrovisores, así como la dirección, la suspensión, el sistema de escape y las emisiones contaminantes del vehículo. Esta última es una de las intervenciones más importantes de la ITV, con el objetivo de controlar que el vehículo no contamina en exceso. Y no olvides que todos los elementos y recambios de tu coche deben estar homologados.
Cuando se trata de una inspección periódica, debes presentar la Ficha Técnica del Vehículo o tarjeta de ITV, el justificante de cita previa si has reservado cita, y el del pago, si has abonado la inspección online. Además, conviene estar en posesión del permiso de circulación y del justificante del pago del seguro obligatorio en vigor (este te lo pueden pedir, aunque no sea obligatorio), junto con el DNI. La tarjeta de la ITV será sellada una vez que acabe la inspección y sea favorable. Si no tienes el original, sirve una fotocopia del permiso de circulación o una nota simple de antecedentes del vehículo que puedes obtener en la Jefatura Provincial de Tráfico.
La ITV es obligatoria para poder circular en España. La periodicidad depende del tipo de vehículo. Casi todos los vehículos, incluyendo ciclomotores, están exentos de la revisión hasta los cuatro años de matriculación. Una vez cumplida esa fecha, la revisión suele hacerse cada dos años y cada año, cuando se sobrepasan los diez. La periodicidad está fijada en la Ley. En cuanto a la revisión, puedes llevar tu coche hasta con 30 días naturales de antelación sobre la fecha de caducidad de la ITV. Esta antelación no modifica la fecha de las siguientes inspecciones.
Si el resultado de la revisión de la ITV es desfavorable, el titular del vehículo tiene la obligación de subsanar los problemas que ha detectado la inspección y que son graves, porque, de lo contrario, el informe habría sido favorable. El conductor puede circular con su vehículo solo para acudir a un taller, donde se harán las mejoras pertinentes. A continuación, tendrá que regresar a la ITV para certificar los cambios y obtener la autorización para circular. El plazo del que dispone un conductor para hacer las mejoras es de dos meses. El resultado también puede ser negativo, si el problema detectado es muy grave. En este caso, el coche no puede circular y solo puede ser desplazado en grúa. El plazo, en este caso, para corregir los defectos, es también de dos meses.
Si circulas sin tener la ITV en regla, pueden sancionarte con una multa de hasta 500 euros. Se considera una falta muy grave, puesto que la ITV en vigor es obligatoria para circular. Circular sin ella puede llevar aparejada también la inmovilización del vehículo. Si la ITV está caducada, la multa será de 200 euros.
Los vehículos pesados, de más de 3.500 kilos, pasan la ITV cada año, hasta que cumplen diez, y entonces la revisión es semestral. Los remolques de menos de 750 kg entran en la misma categoría que los vehículos, esto es, están exentos hasta los cuatro años y deben pasar la revisión cada dos años entre los cuatro y los diez, y de forma anual con más de diez años. Por encima de ese peso, los remolques pesados se someten a una prueba de frenado, mediante un frenómetro especial. Esta prueba es obligatoria desde 2019.
Un coche es histórico cuando tiene más de 30 años, cuando deja de fabricarse o cuando no se ha modificado ninguno de sus elementos desde su adquisición. Desde 2023, estos coches pasan la ITV cada dos años, una vez cumplidos los 40 años, cada tres hasta los 45 y cada cuatro, a partir de los 45.
Renovaciones y segundas revisiones
Para acudir por segunda vez a la ITV, si el primer resultado ha sido desfavorable o negativo, se puede escoger una estación nueva, no necesariamente la misma que la primera vez. Esto es así también para cualquier inspección periódica.
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Las autoridades de tráfico detectan que un vehículo ha pasado la ITV gracias a la pegatina que todo conductor debe llevar, de forma obligatoria, en la parte superior derecha del parabrisas. Se debe colocar nada más pasar la revisión. De lo contrario, te pueden multar con hasta 100 euros, porque se considera una infracción leve, aunque habitualmente la multa suele ser de 80 euros. No supone perder puntos del carnet.
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