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Los sábados están considerados días laborables y, por tanto, no se puede aparcar en zonas señaladas como de carga y descarga, durante las horas establecidas para tal fin, detalladas en la señal, que pueden variar según las zonas. No cumplir esta prohibición puede suponer una multa, además de una situación de entorpecimiento del tráfico, que puede ser grave. Puede haber, sin embargo, municipios donde el sábado no se considere día laborable.
La diferencia fundamental entre un vado y una señal de carga y descarga radica en el tiempo de duración de la prohibición de aparcar. En las zonas señalizadas con un vado no se puede aparcar bajo ninguna circunstancia, sea la hora que sea, independientemente del día de la semana. En las zonas de carga y descarga, la prohibición está sujeta a unas horas y a unos días determinados, que deben ir establecidos en la propia señalización.
Normalmente, las señales que definen las zonas de carga y descarga suelen estar situadas frente a un establecimiento comercial o un hotel. Estas señales delimitan cuál es el espacio de carga y descarga y cuáles son los días y las horas en los que está prohibido estacionar en él, por lo que debes estar muy pendiente de no aparcar en una de estas zonas si no quieres llevarte una multa.
Las zonas de carga y descarga están delimitadas por una señal vertical, que es como la de prohibido aparcar, junto con un cartel en el que se señala los días y horas en los que se puede aparcar y en los que no. Esta señalización está expresada enumerando las excepciones a la prohibición, por lo que el cártel señala una prohibición total, salvo los días y horas enumerados. Por ejemplo, “excepto carga y descarga máximo 15 minutos, laborables, de 08.00 a 18.00 horas”.
Junto a la señal vertical, las zonas de carga y descarga suelen estar también delimitadas con rayas amarillas pintadas en la calzada en zigzag. Esta raya significa que está prohibido el estacionamiento, salvo que se trate de vehículos que deben cargar o descargar durante un cierto límite de tiempo.
Las zonas de carga y descarga se reservan para vehículos profesionales de transporte de mercancías. Esto quiere decir que un vehículo particular sólo puede estacionar fuera del horario establecido por la señal. Otro tipo de señalización es la de una raya discontinua amarilla al borde de la calzada y de forma paralela al bordillo de la acera. Significa igualmente que está prohibido parar y estacionar, según unos límites temporales explicados por una señal vertical.
Cuando las señales verticales solo indican las horas de prohibición, esto significa también que la prohibición afecta a los siete días de la semana. Si habla de días laborables, también se incluyen los sábados. En España, los sábados están considerados días laborables, salvo que coincidan con alguna festividad local, autonómica o nacional, como el día de Navidad, por ejemplo. Por su parte, los domingos no son días laborables, con lo que sí se puede aparcar en estas zonas de carga y descarga señalizadas.
Si dejas tu coche aparcado en una zona de carga y descarga fuera del horario establecido, te arriesgas a una sanción, cuyo montante depende de la localidad. La multa puede llegar a 200 euros, dependiendo de si el Ayuntamiento de esa localidad considera la infracción grave o muy grave.
En ciudades como Granada, Vigo o Valencia, esta infracción está considerada como muy grave, mientras que en Madrid, la multa es de 100 euros. Además, el problema de aparcar en una zona de carga y descarga es que puede suponer que la grúa retire nuestro vehículo, puesto que está obstaculizando el desarrollo de una actividad. En este caso, a la multa hay que sumar la tasa de retirada del vehículo del depósito de la grúa, una cantidad que varía según las localidades.
Es posible aparcar en las zonas señalizadas de carga y descarga en los horarios especificados, como excepciones en la propia señal de carga y descarga. Como hemos visto, si en la señal se mencionan los días laborables, podrás aparcar tu coche o tu moto, en festivos y en domingo. Pero hay una excepción a esta regla: los conductores con movilidad reducida, que utilizan una tarjeta específica para el estacionamiento, que son de color azul. Estas tarjetas permiten a sus poseedores aparcar todo el tiempo que quieran en zonas de carga y descarga, además de en las zonas verde y azul de forma gratuita.
Si necesitas solicitar una reserva de zona de carga y descarga para tu local comercial, puedes hacer la solicitud personalmente, sin necesidad de acudir a profesionales o intermediarios, en el Ayuntamiento de tu localidad. Debes tener en cuenta, no obstante, que se trata de un trámite que puede llevar algo de tiempo. Tendrás que esperar a que las autoridades hagan los estudios y análisis pertinentes antes de estimar o desestimar tu solicitud.
Esta solicitud deberás presentarla debidamente cumplimentada, acompañada de la documentación identificativa correspondiente, y con la copia de la licencia municipal de actividad del local. También es posible que se te solicite un plano de la situación y el pago de la tasa, entre otros documentos. El precio de las tasas no es fijo, puede variar según el ayuntamiento y en concepto del estudio previo que se realice.
Recibida tu solicitud de reserva, el ayuntamiento estudiará la propuesta. Esto puede llevar varias semanas e incluso dos o tres meses. Si se acepta, habrás obtenido tu zona de carga y descarga, y será debidamente señalizada para delimitar su situación, horario y posible exclusividad. Una vez colocada la señal en la zona correspondiente, ya podrás utilizarla para recibir a tus proveedores, permitir el estacionamiento breve de clientes, o como espacio de salida de tus propios envíos. Esto, en ningún caso, es una zona privada para estacionar un vehículo particular, sino para estacionamientos temporales de vehículos comerciales y de proveedores.
A la hora de realizar una parada o un estacionamiento en zonas interurbanas, se deben hacer siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de esta y no dificultando el tránsito. Tanto una como otra se deben hacer de manera que no supongan ni un peligro para todos los demás usuarios. La zona de carga y descarga, como hemos visto, está señalizada normalmente con una o dos señales verticales de prohibición y, a veces, con un zig zag amarillo pintado en el suelo. Sólo podrán detenerse los vehículos que exhiban una tarjeta de transporte en la que conste que están autorizados a realizar la carga y descarga.
Sí, salvo que coincida con un festivo, como el día de Navidad. Por tanto, las prohibiciones para aparcar en días laborables incluyen los sábados. La señalización incluye una señal vertical, como la de prohibido aparcar, junto con un cartel con los días en los que es válida, y, habitualmente, una línea amarilla en zig-zag.
Depende de las distintas localidades, pero en la mayoría suele considerarse una infracción grave y, por lo tanto, la multa es de 200 euros. En Madrid es de 100 euros, pero puede incluir la retirada del vehículo con grúa, lo que encarece la sanción.
En un vado no se puede aparcar bajo ningún concepto. Suelen estar en las entradas de garajes o cocheras. Mientras que la carga y descarga señaliza un espacio y un horario en el que no se puede aparcar, dado que están reservados a la actividad de carga y descarga de vehículos industriales o de transporte de mercancías.