Seguro a Primer Riesgo

El seguro a primer riesgo es una modalidad de contratación que consiste en cubrir un riesgo determinado, hasta una suma pactada, pese a que dicha suma sea inferior al valor total del bien asegurado. No es un concepto que aplique a los seguros de automóviles. En este tipo de seguros ambas partes, tomador del seguro y aseguradora, están de acuerdo en excluir la aplicación de la regla proporcional, en caso de siniestro parcial, quedando la entidad aseguradora obligada a indemnizar los daños sufridos, aunque dentro de la suma asegurada.

El seguro a primer riesgo normalmente se contrata bajo dos modalidades que son:

  • Primer riesgo absoluto. Es cuando la compañía de seguros indemnizará hasta el total de la suma asegurada sin tener en cuenta el valor de los bienes asegurados.
Ejemplo

Por ejemplo: si se tiene contratado un seguro a primer riesgo absoluto, sobre un capital de 5,000.00 euros, y se produce un robo, y el valor de los bienes que han sustraído asciende a 6,000.00 euros. La compañía aseguradora indemnizará por un valor total de los 5,000.00 euros la suma asegurada.

  • Primer riesgo relativo o condicional. En esta modalidad existe declaración de valores a riesgo, y es de aplicación la regla proporcional, cuando los bienes expuestos a riesgos, existentes en el momento del siniestro, superan el valor de los declarados al celebrar el contrato.

Donde es más usual la aplicación del seguro a primer riesgo es en aquellas garantías donde se cubre dinero en efectivo, efectivo en caja fuerte, atraco en vía pública, objetos de valor especial, joyas, daños estéticos, etc.