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ORIGEN
Esta cobertura tiene su origen en la idea de proteger al conductor del vehículo en el supuesto de que dicha persona se vea involucrada en un accidente y además de ello, sea CULPABLE del mismo. En tal caso, ya sea por imprudencia temeraria, por descuido, distracción, exceso de velocidad, etc, resulta que dicha persona (el conductor), al ser culpable del accidente, no tiene derecho a indemnización de ningún tipo, por lo que queda desprotegido, y lo que es peor, en muchas ocasiones, son sus familiares (cónyuge, hijos...) los que se quedan desamparados. Por ello, las compañías ofrecen, dentro del seguro del automóvil, una cobertura específica para el conductor, para que, si sufre algún daño, al menos, pueda percibir una cantidad de dinero como indemnización.
CONCEPTO
Al contratar esta cobertura el usuario se asegura que la compañía pagará una indemnización en los supuestos de:
Desde este punto de vista es comparable a un seguro de vida y de asistencia sanitaria a la vez, pero reducido solamente al caso de que suceda un accidente de tráfico. Entrando en un símil, el seguro del conductor es a las personas lo que la cobertura de daños propios es al vehículo, es decir, en ambos casos se asegura una indemnización si pasa algo a una persona o a un vehículo. Ahora bien, antes de seguir, conviene aclarar algunos términos que en determinadas situaciones se confunden, y son:
¿Cuándo y a quién se aplica esta cobertura? Se aplica SOLO y exclusivamente al CONDUCTOR del vehículo (el cual debe ser el mismo declarado en las Condiciones Particulares), y SOLO y exclusivamente cuando se produzca un accidente donde NO exista un tercero culpable. Es decir, que no están incluidos, por ejemplo, los siguientes casos:
Por lo tanto, también cabe preguntarse:
¿Qué cobertura protege a los ocupantes del vehículo, diferentes del conductor? Los ocupantes del vehículo, como cualquier otra persona involucrada en un accidente, son personas PERJUDICADAS del siniestro, y como tal, tienen la consideración de TERCEROS, o lo que es lo mismo, están protegidos por el seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria cuando menos, y en la mayoría de los supuestos, por el seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria
¿Y si hay un tercero culpable, quién protege al conductor? En este supuesto de existir una tercera persona culpable del
siniestro, el conductor del vehículo en sí es un perjudicado
mas, y por tanto, está protegido mediante el seguro
Responsabilidad Civil Obligatoria
cuando menos, y en la mayoría de los supuestos, por el seguro de
Responsabilidad Civil Voluntaria,
pero referidos a la póliza del conductor culpable.
LA LETRA PEQUEÑA
Es hora ya de mirar en el fondo de la cobertura para determinar si el seguro del conductor que poseemos es bueno o malo, o mejor o peor que otras compañías. Es sencillo comprobar el alcance de esta cobertura y ver si es buena o, ya que lo único que hay que mirar es el importe de las indemnizaciones en caso de:
MUERTE Y LESIONES FÍSICAS CONCRETAS La indemnización en caso de muerte se encuentra en las Condiciones Particulares, ya que es una cantidad de dinero que será mayor o menor en función de la cuantía del seguro. No hay una regla fija, ya que hay compañías que ofrecen 3.000 euros, hasta otras que ofrecen 30.000 euros como indemnización de partida, es decir, como cobertura de "serie" en la póliza, con independencia de que el usuario pueda elevar dicha cantidad (previo pago, por supuesto). La indemnización por muerte es la máxima cantidad que podremos recibir, es decir, el TOPE. Y así mismo, si por causa de un accidente se pierde un brazo, o un dedo, o se produce una sordera, etc, la compañía indemnizará con un % de ese tope máximo, por ejemplo:
En este aspecto no hay regla fija en las compañías, por lo que hay que mirar las Condiciones Generales para saber concretamente cual es el % por cada concepto. A modo de anécdota, decir que todos los aspectos están contemplados, de tal manera que si usted busca, podrá encontrar incluso la indemnización por impotencia sexual.
INDEMNIZACIONES ESPECIALES Algunas compañías son sensibles a los problemas que puede causar una muerte en una familia, o bien la gran invalidez, u otros casos que producen un gran trastorno, por ello, intentan mejorar con condiciones al estilo de:
Es decir, tratan de paliar, de alguna manera, un mayor trastorno que la propia muerte del conductor. Así mismo, en esta cobertura, algunas compañías aprovechan para incorporar indemnizaciones por lesiones físicas que el conductor tenga en otras actividades de la vida, como puede ser:
ASISTENCIA SANITARIA Esta cobertura incluye el supuesto de hospitalizaciones, operaciones, rehabilitación, etc. Normalmente todo el mundo piensa que los gastos sanitarios derivados de los accidentes de tráfico son sufragados por la Seguridad Social a través de la cuota mensual que nos quitan de nuestra nómina. Pues no es así, los gastos sanitarios de los accidentes los pagan las compañías aseguradoras. Este extremo lo conocen muy bien en países donde el sistema sanitario funciona de diferente manera que en España, tal y como puede ser en EEUU, donde los hospitales son empresas privadas y cobran por los servicios que prestan, como si de cualquier negocio se tratase. Por ello, si hay un accidente, no solo se puede recurrir a la Seguridad Social, sino que también se puede acudir a cualquier clínica privada. Lo único que hay que saber es el dinero disponible para este aspecto, y dicha cantidad viene estipulada en las Condiciones Particulares Como siempre, no existe una norma fija, de tal manera que se encuentran todo tipo de supuestos, desde 3.000 euros, pasando por los típicos 12.000 - 30.000 euros, hasta Ilimitado. Las compañías ponen un tope máximo en el tiempo, es decir, que además de fijar un máximo como cantidad dineraria, también ponen un máximo en el tiempo. La práctica habitual es de un año, aunque hay compañías que limitan más o menos ese tiempo. La siente cuestión sería:
¿Y si se supieran los topes de dinero a tiempo? Pues la respuesta en muy clara, en ese caso, el usuario paga el exceso, se trate en un hospital privado o en la Seguridad Social. A día de hoy, en la práctica, la Seguridad Social no lo está reclamando al asegurado, pero eso no quita para que tenga derecho a hacerlo, o en el futuro lo haga. Por último, cabe decir que no todo tipo de asistencia sanitaria puede estar incluida en esta cobertura, ya que puede haber compañías que excluyan, o pongan límites más restrictivos, en casos como:
CONSEJO
El seguro del conductor, a nuestro juicio, es una de las mejores coberturas que se pueden incluir en el seguro del automóvil, por no decir la mejor, y esto por dos motivos:
Por ello, cuesta trabajo entender cómo aún los asegurados no se preocupan por esta cobertura (salvo aquellos que dispongan de un seguro de vida aparte), con lo barata que es, y por el contrario, se preocupan sobremanera de tener un seguro a todo riesgo para el automóvil, con lo caro que es. La idea es: ¿Qué es más importante, nuestro coche, o nuestra vida?. Reflexión: Asegurar con 180.000 euros en el seguro del conductor puede costar alrededor de 150 - 180 euros, mientras que asegurar un coche con la cobertura de daños propios puede costar, desde los 300 euros, hasta los 1.200/1.800 euros, y en todo caso, por un coche nunca nos darán esos 180.000 euros. Ejemplo: Pasemos de la teoría a la práctica, para demostrar que a veces los usuarios somos muy ilógicos. Seguro del conductor con 24.000 euros: 30 euros Seguro de daños propios de un Renault Clio 1.1 Image 3p: 300 euros Se ha elegido un vehículo de los más baratos que hay en el mercado, por lo cual, la indemnización, en el mejor de los casos, sería de poco mas de 6.000 euros (peor aún si el vehículo tiene ya unos años). También se ha escogido una edad del conductor apropiada para que el seguro de daños propios sea lo mas barato posible. Es fácilmente comprobable que el seguro de daños propios costaría 10 veces más, pero en cambio, produciría una indemnización 4 veces menos.
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