Mínimo imprescindible en su póliza

En este capítulo se va a tratar de explicar cuales de las coberturas que, a juicio de esta página, son IMPRESCINDIBLES en todo seguro de un vehículo, y los motivos de ello.

Para ello, antes de nada, aquí se puede ver un listado de todas las coberturas que el mercado ofrece:

Su significado y alcance en su totalidad están tratadas en otras secciones y de forma individual (pinchar en cada una de ellas), por lo que en este capítulo solo se hará mención de los motivos por los cuales, de todas ellas, se eligen las que se consideran IMPRESCINDIBLES en toda póliza de seguro del automóvil.

Debe destacarse la necesidad de evaluar la “letra pequeña”, al objeto de evitar exclusiones de cobertura con las que en un principio se presuponen.

Ejemplo

Un usuario quiere disponer de la cobertura de defensa jurídica para que, en el supuesto de tener que acudir a juicio, tenga previstas todas las contingencias de costas del mismo (abogado, procurador, peritos, etc). Ahora bien, puede que la letra pequeña disponga que la compañía no realiza reclamaciones, es decir, que no va a pagar los gastos en el supuesto que dicho usuario sea un perjudicado de un accidente y sea preciso llevar a juicio a la parte contraria (la culpable).

En este caso, la cobertura que en principio se tenía como imprescindible, se convierte en totalmente prescindible, ya que no cubre lo que el asegurado pretende.

Por último, indicar que las ideas que se muestran no pretenden sentar cátedra, ni ser una obligatoriedad, sino que solamente se intenta, basándose en criterios objetivos de calidad/precio, y sobre todo de los problemas que el usuario se puede evitar contratando las coberturas indicadas, dar una idea de lo que puede interesar o no. Así mismo, como cada persona es un mundo, por lo que las cosas que pueden interesar a un usuario, a otro quizá no le sean útiles.

¿CUALES SON LAS MÍNIMAS IMPRESCINDIBLES?

A juicio de esta página, las coberturas mínimas imprescindibles en toda póliza de seguros son:

  • Responsabilidad Civil Obligatoria
  • Responsabilidad Civil Voluntaria
  • Asistencia en viaje
  • Seguro del conductor
  • Defensa Jurídica

Es posible que cada usuario considere a otras como imprescindibles, pero dependerá de cada caso concreto. Es decir, puede resultar casi imprescindible contratar la cobertura de robo para un vehículo nuevo, muy apreciado para los ladrones, que “duerme” en la calle, etc. A estos casos no se refiere este capítulo, ya que se trata de circunstancias especiales, y lo que se pretende es exponer lo que es imprescindible SIEMPRE.

Si se desea saber cuando es buena o no cada cobertura, les remitimos al tema “Aconsejable tener” .

Y el motivo de cada una de ellas es el siguiente:

RESPONSABILIDAD CIVIL OBLIGATORIA

Es la única cobertura que es de suscripción obligatoria para circular con un vehículo. Y dicho carácter obligatorio es de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 632/1968, el cual dice, literalmente, lo siguiente:

Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España vendrá obligado a suscribir un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil a que se refiere el artículo 1 anterior. No obstante, el propietario quedará relevado de tal obligación cuando el seguro sea concertado por cualquier persona que tenga interés en el aseguramiento, quien deberá expresar el concepto en que contrata.

El hecho de ser obligatorio es debido a la necesidad de evitar que, por culpa de una accidente de circulación, un perjudicado en el mismo pueda serlo doblemente, es decir, la primera vez por el propio accidente, y la segunda vez porque el causante sea insolvente para pagar su responsabilidad.

Conclusión: No es necesario plantearse si es bueno o no contratarla, simplemente hay que hacerlo.

ASISTENCIA EN VIAJE

La asistencia en viaje no es cara en su relación calidad/precio, pero además del componente económico, existe otro más importante aún para apreciar su interés, y es su aspecto “moral”, es decir, no se trata de que cueste más o menos la asistencia en viaje, sino que cuando se va a hacer uso de ella es porque el vehículo se ha quedado inmovilizado (muchas veces en medio de la nada, de noche, con equipaje, etc, etc), y en ese caso, aún antes de decidir a qué indemnizaciones se tiene derecho, lo más interesante es saber que alguien se preocupa de los aspectos básicos: transporte de los ocupantes, grúas, ambulancias, etc.

Por ello, la asistencia en viaje es siempre recomendable, incluso se diría que es imprescindible.

Si una compañía no ofrece el tipo de asistencia en viaje que el asegurado desea, quizás sea el momento de buscar alternativas, tales como el RACE, o ADA, o algún otro operador de asistencia en viaje. Ahora bien, hay que comprobar que, si se utilizan esos operadores, ofrecen el servicio buscado, y, en este caso y si es posible, lo ideal será eliminar la asistencia en viaje de la póliza de seguros, ya que, en caso contrario, se estará pagando dos veces el servicio de asistencia en viaje, pero no se recibirá dos veces el servicio.

Del mismo modo, algunas compañías de automóviles ofrecen asistencia en viaje durante el periodo de garantía del coche. Normalmente dicha asistencia es de características bastante básicas, ya que suelen ofrecer llevar el vehículo al concesionario-taller oficial de la marca más cercano, no al que quiera el asegurado, puesto que es una asistencia de la propia marca, y para ella, es indiferente un concesionario u otro. Y todo ello sin entrar a valorar otras prestaciones, que deberá comprobar cada usuario.

Algunas compañías ofrecen diferentes niveles de asistencia en viaje, ofreciendo más o menos coberturas en función de lo que cada uno esté dispuesto a gastarse. Será interesante, pues, mirar, comparar y elegir la mejor para los propios intereses.

Anécdota: En ocasiones es posible encontrar con que una persona posee TRES seguros de asistencia en viaje a la vez, a saber: la que ofrece la compañía de seguros, la que ofrece la marca por ser un vehículo nuevo y estar en garantía, y además, la que ofrecen empresas como el RACE, ADA, etc. Sin duda, en esos casos este asegurado está pagando tres veces por la misma cosa, y en cambio, no va a recibir tres veces el mismo servicio. Deberá elegir la que más le conviene, y desechar el resto. Y tampoco será la primera vez que alguien tenga contratados las tres opciones, pero no llegue a tener todas las situaciones cubiertas ni en conjunto.

SEGURO DEL CONDUCTOR

El seguro del conductor, a nuestro juicio, es una de las mejores coberturas que se pueden incluir en el seguro del automóvil, por no decir la mejor, y esto por dos motivos:

  • Es una cobertura barata.
  • Se trata de la propia vida del conductor, y de la de quienes puedan quedar después (hijos, cónyuge, etc.)

Por ello, cuesta trabajo entender cómo aún los asegurados no se preocupan por esta cobertura (salvo aquellos que dispongan de un seguro de vida aparte), con lo barata que es. Por el contrario, se preocupan sobremanera de tener un seguro a todo riesgo para el automóvil, con lo caro que es. La idea es: ¿Qué es más importante, un coche, o la vida de una persona?.

Reflexión: Asegurar con 180.000 euros en el seguro del conductor puede costar alrededor de 150 / 180 euros, mientras que asegurar un coche con la cobertura de daños propios puede costar, desde los 300 euros, hasta los 1.800 / 2.400 euros, y en todo caso, por un coche nunca se indemnizarán esos 180.000 euros.

Ejemplo

Pasemos de la teoría a la práctica, para demostrar que a veces los usuarios somos muy ilógicos.

Seguro del conductor con 24.000 euros: 30 euros.

Seguro de daños propios de un Citroën Saxo 1.1 Image 3p: 300 euros

Se ha elegido un vehículo de los más baratos que hay en el mercado, por lo cual, la indemnización, en el mejor de los casos, sería de poco más de 6.000 euros (peor aún si el vehículo tiene ya unos años).

Es fácilmente comprobable que el seguro de daños propios costaría 10 veces más, pero en cambio, produciría una indemnización 4 veces menos.

Por último, se ha de indicar que hay un supuesto en el cual esta cobertura NO es precisa su contratación, y es cuando, de forma alternativa, el usuario dispone de una póliza de seguro de vida.

DEFENSA JURÍDICA

SIEMPRE es aconsejable contratar esta cobertura, ya que su precio es barato con respecto a la relación calidad / precio que ofrece, no solo por la cobertura en sí, si no además por el poder de “disuasión” que posee.

Es una de las coberturas más baratas que existen, y su valor rara vez sobrepasa los 30 euros al año; por añadidura, y llegado en momento, es muy eficaz y efectiva.

Eso sí, es muy importante asegurarse de que está incluido el apartado de reclamación de daños.

¿Y EL RESTO?

El resto de coberturas que el usuario podría contratar serían:

  • Robo
  • Incendio
  • Lunas
  • Préstamo de reparación
  • Defensa en Multas
  • Retirada del permiso de conducir
  • Grandes daños
  • Daños propios
  • Vehículo de sustitución

Y su contratación dependerá de casa caso concreto, ya que lo que una cobertura puede ser interesante para unas situación determinada, no lo será para otra situación.

Ejemplo

Puede tener sentido contratar daños propios durante los primeros años de vida del vehículo, y sin embargo, no tiene sentido contratarla para vehículos viejos, ya que la indemnización a percibir en uno y otro caso es muy diferente, y sin embargo, la cuota a pagar por dicha cobertura es siempre la misma.

CONSEJO

Como ya se ha indicado, se vuelve a insistir en que antes de contratar una cobertura determinada, es preciso cerciorarse si se ajusta exactamente a lo que el usuario pretende de ella.

Ejemplo

Un usuario dispone de su vehículo de 11 años de antigüedad, y le interesa disponer de una cobertura de asistencia en viaje ya que con esa edad, la probabilidad de quedarse averiado es mayor a que si fuera nuevo, y además, lo va a utilizar como segundo vehículo para sus desplazamientos dentro de su ciudad. Pues bien, debería leer la pequeña, puesto que puede darse el caso que:

  • Solo tenga asistencia en viaje a partir del km 15/25/30
  • Para vehículos con mas de 10 años no se presta asistencia en viaje

Es decir, que lo que en principio el usuario pretendía, al final resulta que no lo consigue, aún teniendo contratada la asistencia en viaje.

Por ello, hacemos especial hincapié en que se debe la “letra pequeña” de cada cobertura.

Para todas las dudas y consultas que tengas sobre el seguro de tu coche o moto, contáctanos a través del correo [email protected]