¿Sabías que… debes informar de un siniestro a tu seguro antes de siete días?

Elena Castello

Cuando tienes un siniestro con tu vehículo es obligatorio comunicarlo a la aseguradora para que pueda comenzar cuanto antes con los trámites necesarios para el correcto funcionamiento de las coberturas contratadas en tu póliza.

Según el artículo 16 de la Ley del Contrato del Seguro, el plazo máximo para comunicar un siniestro a tu compañía es de siete días naturales, aunque puede ser superior si se acuerda de forma explícita en la póliza. Un retraso en la comunicación puede dar pie a la aseguradora a reclamarte a ti daños y perjuicios, aunque no podrá faltar a su deber de indemnizarte.

siniestro a tu seguro

¿Puede mi compañía aseguradora reclamarme daños y perjuicios?

La Ley dice exactamente: “El tomador del seguro o el asegurado o el beneficiario deberán comunicar al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio”. Imagina que te han robado el coche y lo comunicas a tu compañía fuera de plazo.

Las medidas que tome la aseguradora para la localización del vehículo podrían haber sido más efectivas si hubiera sido avisada con antelación. No tendrás que pagar daños y perjuicios si puedes probar que la aseguradora ha tenido conocimiento por otro medio, como puede ser a través de las autoridades. Pero, al ser un deber que consta en el contrato, si no se cumple puede derivar en la pérdida del derecho a ser indemnizado.

¿Qué otras obligaciones fija la normativa a la hora de notificar un siniestro?

La normativa no sólo fija el plazo que tienes para dar parte a la compañía, sino que también estipula la obligación de facilitar toda la información posible sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro. En caso de que la aseguradora pruebe que has ocultado o falseado información con dolo o culpa grave, sí podrá rechazar la indemnización.

Hay que informar del lugar, la fecha, las circunstancias y las consecuencias. Normalmente la notificación del siniestro se realiza por escrito, a través del parte del siniestro, un documento elaborado previamente por la aseguradora en el que se completan los datos de interés. Aun así, la ley no lo exige y puede hacerse también de manera verbal.

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¿Qué hay que hacer para notificar un siniestro?

A la hora de contratar un seguro de coche es conveniente que leer con detenimiento las distintas coberturas y exclusiones que contempla. De este modo, antes de que el siniestro tenga lugar, sabrás en qué casos estás protegido por la póliza. Además de avisar inmediatamente, es esencial no manipular nada o, en su defecto, hacer fotos de las pruebas que ha dejado el daño para poder tenerlas en cuenta en la reclamación.

Ponte en contacto con la compañía de seguros para comentarles que vas a hacerlo y que te puedan ayudar informándote de la documentación que necesitan. Y si estás presente cuando el incidente ocurre, anota todos los detalles que puedas sobre la situación y el contexto, también sobre las personas que hayan podido verlo. En este caso, trata de conseguir sus datos de contacto.

¿Puedo dar el parte online?

En la actualidad, existen varias formas de notificar un siniestro a la aseguradora. Además de la opción tradicional de llamar al número de atención al cliente o al número destinado a la gestión de siniestros, también se puede hacer a través de la web de la compañía rellenando el formulario de siniestro, por correo electrónico, fax o mediante una aplicación móvil específica. Esto ofrece a los usuarios una mayor comodidad y flexibilidad para comunicar un siniestro a su compañía de seguros.

¿Qué otros datos debo comunicar?

Para poder notificar un siniestro a tu compañía de seguros, es importante que proporciones información detallada acerca de lo sucedido. Esto incluye información sobre tu póliza de seguro, como tu nombre completo, número de identificación y número de póliza, así como detalles del siniestro en sí, como la fecha, hora y lugar donde ocurrió, así como una descripción detallada de los daños y lesiones.

También debes incluir información sobre cualquier otra parte involucrada en el siniestro, si la hubiera. Es importante que informes a tu compañía de seguros de todos los detalles relevantes, ya que si no lo haces, podrías perder tu derecho a indemnización, a menos que hayas actuado con intención o negligencia grave. Existen diversas formas de informar a la aseguradora, tales como llamar por teléfono, enviar un correo electrónico, fax o utilizar una aplicación móvil específica.

¿Qué obligaciones tiene la aseguradora?

El pago de la indemnización. Constituye la principal obligación de la compañía de seguros. Su cuantía se determina en función de la tasación de los daños, con el límite máximo que figure en la póliza. A la vista de los datos que se pongan de manifiesto y en base a las normas de la póliza, la entidad aseguradora puede decidir si rehúsa el siniestro. Debe hacerlo por escrito al asegurado, expresando los motivos del mismo, a fin de que el asegurado acepte la decisión o realice una reclamación si lo considera conveniente. En función del siniestro, la aseguradora enviará al especialista pertinente. En algunos casos, se indica el tiempo máximo en el que llegará la grúa, por ejemplo.

¿Y si no puedo dar el parte?

En caso de que el accidente haya supuesto la hospitalización del conductor, deberá ser un familiar el que se encargue de los trámites. No obstante, si ha intervenido alguna autoridad, como la Guardia Civil o la Policía, será esta la que remita la información al juzgado y este a su vez a la compañía aseguradora.

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Si no estás de acuerdo

Tanto el asegurado como la aseguradora tienen un plazo de 40 días para llegar a un acuerdo sobre la indemnización. Si después de ese tiempo el asegurado no está satisfecho con la oferta de la aseguradora, ambas partes tienen 8 días para nombrar un perito (por escrito y con el acuerdo del otro). En caso de que el asegurado no nombre un perito, se entenderá que acepta la decisión del perito nombrado por la aseguradora, que será vinculante. Si los peritos nombrados por ambas partes no llegan a un acuerdo, se designará un tercer perito cuyo dictamen será vinculante a menos que se impugne judicialmente. Si el asegurado sigue sin estar satisfecho con la decisión del tercer perito, tiene 180 días para acudir a los tribunales, mientras que la aseguradora tiene 30 días para hacerlo.

Sabías que…

En ciertas situaciones, es posible que sea necesario realizar la reparación de manera inmediata sin esperar a que la aseguradora complete la valoración de daños, pero deberás informar sobre el siniestro. En otras palabras, primero tendrás que notificar el incidente y luego recopilar pruebas gráficas, como fotografías, para documentarlo. También será importante guardar las facturas de las reparaciones realizadas. No obstante, este proceso puede variar en función de la póliza contratada, por lo que se recomienda consultar con la compañía para conocer los procedimientos a seguir. Algunas aseguradoras ofrecen servicios de reparación urgente.

RESUMEN
  • Cuando sufres un siniestro con tu coche, debes comunicarlo obligatoriamente a tu compañía, para que empiece cuanto antes con los trámites.
  • El plazo máximo, según la Ley, para comunicar un siniestro es de siete días naturales, aunque es posible acuerda un plazo más largo con la compañía de seguros.
  • Si no comunicas a tu aseguradora lo sucedido cumpliendo el plazo establecido, la aseguradora podría negarse a indemnizarte.
  • La Ley también establece la obligación de proporcionar a la compañía toda la información necesaria para resolver el caso. Si ocultas información, también puede negarse la empresa a indemnizarte.
  • También se puede dar el parte online, a través de la web de la aseguradora, por mail, fax o con la herramienta que la compañía hay diseñado para ello.
FAQ
¿Existe un plazo máximo de días para comunicar un siniestro?
¿Qué ocurre si no cumplo ese plazo?
¿Qué otras obligaciones foja la Ley a la hora de comunicar un siniestro?
¿Qué datos necesito comunicar?
¿Qué pasa si no puedo dar el parte?

Fuentes

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Elena Castello

Redactora con más de 20 años de experiencia en distintos medios de comunicación. Ha publicado cientos de textos periodísticos en revistas, radio, periódicos y televisión, así como en medios digitales. Entre los distintos temas tratados, figura la seguridad vial y el mundo de los seguros, lo que le ha dado experiencia para redactar contenidos en Arpem.com.

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4 comentarios

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Hola, tengo una consulta. He tenido un siniestro y la compañía lo ha rechazado a los 47 días de la comunicación del mismo. Puedo reclamar que lo han rechazado con el tiempo cumplido?
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Si el siniestro ha sido rechazado, no puede reclamar nada. Solo en el caso de que le hubieran prestado indemnización, se podría pedir intereses por demora, pero dado que no ha sido indemnizado de ninguna manera, no existen intereses por tal fin. Lo siento.
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He tenido un accidente hace 9 días he estado hospitalizada y de baja bastante mal. Podría el seguro negarse a reparar el vehículo contrario o reclamarme a mi los daños?
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Por supuesto que no, la aseguradora no puede negarse. Además, en su caso existirían razones evidentes de que no ha podido dar parte en el plazo contemplado por ley.