Fui culpable en un accidente, ¿me reclamarán judicialmente? ¿qué cubrirá la indemnización? ¿qué cubre el seguro de ocupantes?

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«En el supuesto de un accidente, cuya responsabilidad sea del conductor y resulten lesionados los ocupantes, si estos son familiares ¿tendrían que reclamarme por vía judicial para verse resarcidos de sus daños personales? y esta reclamación ¿sería por la vía penal? ¿figuraría en mis antecedentes penales?

Por otra parte, si contrato la garantía de accidentes del conductor y de los ocupantes, ¿seguiría siendo necesaria esa reclamación judicial de mis familiares? o por el contrario ¿se excluiría de esta cobertura a los familiares y siempre tendrían que reclamarme por vía judicial? Y si cupiese esa cobertura ¿cuánto costaría contratarla?»

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La respuesta de Arpem:

No es necesario reclamar judicialmente, se puede llegar a un acuerdo amistoso. No obstante interponer una denuncia conlleva el seguimiento por parte de un forense judicial de las lesiones y puede facilitar la resolución.

La indemnización que hace la compañía es por la responsabilidad civil del conductor del vehículo, que es lo que cubren las aseguradoras, en ningún caso cubren responsabilidades penales, solo la defensa penal tiene cobertura.

El seguro de ocupantes es un seguro de accidentes. No tiene nada que ver con la indemnización por responsabilidad civil legalmente establecida. Existiendo un seguro de accidentes cobraría adicionalmente por la garantía de la póliza de responsabilidad civil y por lo que correspondiera, si es el caso, por la garantía de ocupantes.

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