Viki A. nos comenta el siguiente episodio que ha sufrido:
«Le dejé el coche a mi sobrina y le dio un golpe a otro vehículo. ¿Se hará cargo la aseguradora de pagar el golpe aunque no estuviera el seguro a su nombre?»
Respuesta de Arpem:
Para responder convenientemente necesitaríamos conocer la edad de su sobrina, así como leer las condiciones generales y particulares de su póliza. Lo que sí podemos adelantarle es que si es menor de 25 años (o de 26 en el caso de algunas aseguradoras) y no estaba incluida como conductora ocasional en su seguro, no tendrá cobertura y la compañía le podrá reclamar los daños y/o lesiones que tenga que pagar a la parte contraria.
Si su sobrina tiene más de 25 o 26 años no es necesario tenerla declarada como conductora ocasional siempre que cumpla con los requisitos de edad o antigüedad del permiso de conducir que estén establecidos en las condiciones generales de su seguro, lo que varía de unas aseguradoras a otras. Tampoco habría problema si ella representa teóricamente un riesgo igual o inferior al del conductor declarado, ya sea porque tenga los mismos o más años o porque tenga la misma antigüedad de carné o más, lo que suponemos más improbable en su caso.
Recuerde que siempre que deje su vehículo a otra persona, antes debe de comprobar que esté correctamente asegurada o que su compañía no excluye la conducción del vehículo por parte de terceros o de menores de cierta edad. En este artículo ya hablamos con más de talle sobre ello.
La otra opción, si quiere que una persona a la que va a dejar su vehículo esté cubierta, es incluirla como conductora ocasional, lo que implicaría una subida en la prima anual de su póliza.
Esperamos haber sido de utilidad. Consulta sobre seguro en [email protected]
Hola con el coche de mi madre y asegurado a nombre de mi hermano tuve un accidente saliéndome solo de la vía y me fracture rodilla y hombro los dos con operación, me pertenece alguna indemnización ah tengo 36 años . Gracias
Hola Jesús,
Las lesiones temporales del conductor del vehículo están garantizadas con la cobertura de asistencia sanitaria, pero esta no es una cobertura que tenga por objetivo indemnizar al asegurado, sino que es de prestación de servicios, es decir, el seguro te pagará los gastos médicos y de hospitalización necesarios hasta tu recuperación o hasta la cantidad máxima que esté estipulada en tu póliza, pero no te dará indemnización alguna. Si tienes alguna otra duda puedes escribirnos a la dirección de correo [email protected]
Gracias por tu consulta.