|
|
|
VEHÍCULOS DE LEASING O RENTING |
De acuerdo con lo establecido en
el artículo 36.2,b) del Reglamento General de Vehículos, el adquirente de un
vehículo, el arrendatario con opción de compra o el arrendatario a largo plazo
deberá, en el plazo de treinta días, solicitar de la Jefatura
de Tráfico la inscripción del vehículo a su nombre y la renovación del permiso o
licencia de circulación, presentando los siguientes documentos:
- Solicitud en impreso
modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico,
en la que se haga constar la identidad y domicilio del transmitente, del
arrendador y del adquirente o arrendatario.
- Si el solicitante es menor de edad o incapacitado
deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la
persona que lo representa, así como el concepto en que lo hace.
- Documento que acredite la adquisición del
vehículo o contrato de arrendamiento con opción de compra o de
arrendamiento a largo plazo, o documento
análogo en el que conste el consentimiento del arrendador y del
arrendatario para que el vehículo figure en el Registro a nombre de éste,
con firmas reconocidas de ambos o intervenido por Corredor de Comercio.
- Tasa o tasas por
el importe legalmente establecido (40,20 €).
- Documento nacional de identidad en vigor,
o en su defecto, resguardo de haberlo solicitado, así como Libro de
Familia u otro documento que acredite los datos que figuran en el
documento nacional de identidad que no presenta.
- Si el solicitante es extranjero deberá presentar
Tarjeta de Residencia así como declaración sobre titularidad de otros
vehículos matriculados en España, o permiso de conducción español del
que sea o hubiera sido titular, o el número de registro provincial de
conductores extranjeros, si los tuviera.
- En el supuesto de extranjeros que no tengan Tarjeta
de Residencia, presentarán documento de identidad del país de origen, si
se trata de ciudadanos de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio
Económico Europeo (EEE), o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si se
trata de ciudadanos de terceros países, y además justificarán su
domicilio en España mediante cualquier documento que así lo acredite,
tales como la propiedad o alquiler de una vivienda, o estar censado en
algún Municipio.
- Cuando el solicitante sea Persona Jurídica,
presentará Número de Identificación Fiscal así como el Documento
Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia de la persona
que la representa y documento que acredite tener poder para actuar en su
nombre.
- Los originales de los documentos mencionados podrán
sustituirse por fotocopias de los mismos que los interesados o sus
representantes deberán aportar en el momento de presentación de su
solicitud, siempre que sean debidamente cotejados por los registros de
los órganos en los que se haya presentado la correspondiente solicitud,
conforme a lo establecido en el artículo 38.4 a) y b) de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, sin perjuicio de la posibilidad del ejercicio de
esta función por parte de un Gestor Administrativo Colegiado en los
términos que se determinen en los acuerdos que puedan establecerse con
los Colegios de Gestores Administrativos.
- Las solicitudes presentadas por Organismos o
Entidades dependientes de las Administraciones Públicas, General del
Estado, Autonómica, Provincial o Municipal, serán suscritas por el Jefe
del Organismo o Entidad al que pertenezca el vehículo o persona en quien
delegue, acompañadas de la preceptiva documentación.
- Tarjeta de inspección técnica
con reconocimiento en vigor o certificado de características.
- Original de la autoliquidación del
Impuesto
sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados,
o justificante de la exención o no sujeción del mismo, y fotocopia.
- Autoliquidación del Impuesto Especial sobre
Determinados Medios de Transporte o
Justificación de no sujeción o de exención en los casos de transmisión de
un vehículo antes de transcurridos cuatro años desde su primera
matriculación definitiva con exención o no sujeción.
- Impreso de alta en el Impuesto sobre Vehículos
de Tracción Mecánica.
- Si se trata de un vehículo especial agrícola,
documento acreditativo del alta en el Registro
Oficial de Maquinaria Agrícola.
- En el supuesto de que se solicite simultáneamente el
cambio de titularidad y una nueva matrícula, nueva tarjeta de
inspección técnica, con sus copias correspondientes, que se
expedirá previa inspección técnica del vehículo, en la que se debe hacer
constar: "Fecha", "cambio de matrícula", "matrícula de la que procede",
"fecha de primera matriculación", "plazo de validez de la inspección
efectuada" y "firma y sello de la estación".
- Si se trata de vehículos de transporte de viajeros con
una capacidad superior a nueve plazas, incluida la del conductor, así como
de vehículos de transporte de mercancías o mixtos con una masa máxima
autorizada superior a 6 toneladas y una capacidad de carga que exceda de
3,5 toneladas, incluido las cabezas tractoras, se acompañará
certificación expedida por el órgano competente en materia de Transportes
de que, o bien cuenta con el correspondiente título habilitante para la
realización de alguna actividad de transporte o de arrendamiento sin
conductor, o bien cumple todas las condiciones para obtener el citado
título.
|
|
|