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SINIESTRO TOTAL en
seguros de motos
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Uno
de los conceptos más importantes que aparece en las Condiciones
Generales de la póliza de seguro es el de "PERDIDA TOTAL".
Este concepto se corresponde con el de Siniestro Total, que es como se le conoce
habitualmente.
CONCEPTO
Su motocicleta
es declarada como siniestro total cuando deja de ser utilizable para
su dueño. Esto puede ocurrir por los siguientes motivos:
-
La
motocicleta es robada y no aparece.
-
La
motocicleta es robada y luego aparece con daños demasiado grandes.
-
La
motocicleta se incendia y es irrecuperable.
-
La
motocicleta ha sufrido un accidente y ha quedado inutilizable.
Para
el primer supuesto no existe ningún tipo de interpretación, ya que la motocicleta
ha
desaparecido por completo, es decir, la han robado y no queda nada de ella en
manos de su dueño legítimo, por lo tanto, es siniestro total de pleno derecho.
El
problema viene cuando roban la motocicleta y luego aparece dañada, o se incendia o
bien ha sufrido un accidente; estos daños pueden ser de mayor o menor entidad,
es decir, en unas ocasiones pueden ser reparadas y en otras no; en tal caso, la
pregunta clave es:
¿Cuándo
se considera siniestro total?
Antes
de nada, hay que matizar que al asegurar la motocicleta lo que en realidad se asegura
es el valor de dicha motocicleta, es decir, una cantidad de dinero, por lo tanto, A LO
SUMO, lo que la aseguradora va a pagar será dicha cantidad de dinero asegurada
como máximo.
Por
eso, lo normal en CASI todas las compañías es que la motocicleta se considere
siniestro total cuando el valor de reparación de la motocicleta sea superior a la
suma asegurada. Es decir, cuando el valor de reparación sea superior al 100%
del valor asegurado.
Y
¿cuanto es la suma asegurada?, pues depende de la antigüedad de la motocicleta
y
del tipo de póliza que tengamos contratada, pero esto lo hemos dejado para un
capítulo aparte llamado
valor
a nuevo / venal / venal mejorado
Volviendo
al asunto que se trata, se ha dicho que CASI todas, pero NO todas las
compañías consideran al siniestro total cuando el valor de reparación supere
el 100% del valor de la motocicleta. Algunas compañías consideran siniestro total
cuando el valor de reparación es del 75-80-90% del valor asegurado. Y este
aspecto que parece no tener importancia, pero llegado el momento si que lo es, y
mucho.
Es
muy importante, pues saber:
¿Qué
es mejor, el 70 / 80 / 90 / 100% …?
Pues
depende de cada caso concreto, de cada situación, pero sobre todo depende de
los dos factores que indican la cantidad a indemnizar en caso de siniestro
total, y son:
-
Antigüedad
de la motocicleta
-
Valor
de indemnización: valor a nuevo, venal, mercado…
Es
decir, la relación entre las palabras "siniestro total",
"antigüedad de la motocicleta" y "valor a nuevo, venal,
mercado" es muy estrecha, y van unidas inseparablemente, puesto que definen
la cantidad que se pagará finalmente.
A
continuación se van a detallar todos los casos posibles, para que cada usuario
puedan valorar cada uno de ellos.
SITUACIÓN
1: "SINIESTRO TOTAL = VALOR A NUEVO"
Si
en la póliza indica que en caso de siniestro total la indemnización es del
Valor a Nuevo, entonces no cabe interpretación alguna: SIEMPRE interesará que la motocicleta
sea declarada siniestro total, ya que ello implica recibir su motocicleta nueva. En este caso, la indemnización es la MÁXIMA, la cantidad que costó
la motocicleta al comprarla nueva.
Por
ello, en esta situación, cuanto más BAJA sea la barrera para considerar su motocicleta
siniestro total, será mejor para el usuario, pues conseguirá más
fácilmente el abono de su motocicleta nueva; es decir, que siempre será mejor el 70
al 80%, que el 80 al 100%.
Ejemplo:
Partimos de un accidente con su motocicleta nueva cuyo valor es de 10.000 euros. El golpe es suficientemente grande para que la reparación
de la motocicleta cueste 89.000 euros.
En
tal caso, y sin duda alguna, lo más interesante es que la motocicleta sea declarado
siniestro total, pues siempre es mejor su motocicleta nueva que una reparada. No es
deseable que se repare su motocicleta con daños muy grandes, ya que una reparación
de tal calibre supone meterla en bancada, rectificar el chasis, sustituir
múltiples piezas, etc. Esto significa más probabilidades de sufrir luego
problemas de dirección, desajustes o ruidos.
Siguiendo
con el ejemplo, si en la póliza pone las palabras "Siniestro total ...
cuando el valor de reparación supere el 100% del valor asegurado", esto
significará que la motocicleta no sería declarada siniestro total, por lo que las
opciones quedarán reducidas a reparar la motocicleta, o quedarse con la
indemnización (los 8.000 euros que cuesta la reparación) y comprar otra motocicleta
nueva, perdiendo 2.000 euros de por medio. En ambos casos es perjuicio para el
usuario, pues se queda con su motocicleta reparada (con todo lo que eso significa), o
pierde dinero.
Pero
si en la póliza figura una expresión similar a "Siniestro total ...
cuando el valor de reparación supere el 75% del valor asegurado" entonces
la situación mejora enormemente. El 75% de 10.000 euros son 7.500 euros, como
el valor de reparación (8.000 euros) supera a ese 75%, entonces la motocicleta será
declarada siniestro total, y la aseguradora pagará la indemnización
correspondiente, que en este caso es el valor de su motocicleta NUEVA.
SITUACIÓN
2: "SINIESTRO TOTAL = VALOR DE MERCADO / VENAL…"
Hay
un caso en el que no suele ser interesante conseguir que la motocicleta sea declarado
siniestro total. Cuando la motocicleta tiene ya una cierta edad, y se encuentra en
buen estado, la indemnización que pagaría la aseguradora puede ser más baja
que el precio de su motocicleta similar en el mercado de segunda mano. Como
inconveniente añadido, el usuario se queda sin su motocicleta que era perfectamente
válida, y le resultará muy difícil encontrar otra por otro precio similar y
que esté en tan buenas condiciones. En este podría ser preferible reparar la motocicleta.
Volvemos
a recordar que toda motocicleta reparado de un golpe ya no es tan bueno como
originalmente, y se deprecia por el golpe en sí. Se puede comprobar fácilmente
intentando vender su motocicleta con un siniestro para ver que es muy difícil
encontrar comprador.
Aún
con todo, nuestra postura es que siempre es mejor conseguir la declaración de
siniestro total, y por ello, es esta situación, será mejor cuanto más BAJO
sea el porcentaje para considerar su motocicleta siniestro total.
Aquí
se explica otro ejemplo para comprobarlo:
Ejemplo:
Se parte de su motocicleta que tiene tantos años que su
valor ya solo es de 1.800 euros. A partir de un golpe de mediana intensidad, el
valor de la reparación va a superar esos 1.800 euros, y aún más si se
considera (por ejemplo) el 75%, es decir, 1.350 euros.
Pues
incluso en este caso es ventajoso tener ese 75%, ya que si la reparación supera
los 1.350 euros la indemnización será de 1.800 euros (valor de la motocicleta), y luego, el usuario con ese dinero podrá arreglar
la motocicleta por su
cuenta o bien comprar otro similar. Pero el caso es que no será necesario que
la reparación alcance los 1.800 euros, sino que a partir de un valor de
reparación de 1.350 euros, el usuario ya podrá decidir si prefiere o no reparar
la motocicleta, y además, recibiendo los 1.800 euros, que sería el máximo.
La
ventaja reside en tener mas opciones donde elegir, ya que también podría darse
el caso que solo exista la opción de reparar la motocicleta y que no interese.
EL
IVA
Falta
por tratar un aspecto que incide también en todo este asunto, y es el IVA.
Un
caso común es cuando en un siniestro la motocicleta NO es declarada siniestro total,
pero, por el motivo que sea NO interesa reparar la motocicleta: por desconfianza en la
reparación, por los desajustes que se puedan producir, por la merma de
seguridad, etc.
En
ese caso, la única posibilidad que existe es percibir el dinero de la
reparación (cantidad que será más baja que si se hubiese declarado siniestro
total), pero ATENCIÓN, la pregunta sería:
¿con
IVA o sin IVA?
La
respuesta es SIN IVA, es decir, si el usuario NO va a reparar la motocicleta, NO
se genera el impuesto, y por tanto, la compañía NO tiene porqué pagarlo.
Si
finalmente el usuario a posteriori quiere arreglar la motocicleta por su cuenta,
tendrá que pagar el IVA.
¿UN
ENGAÑO?
En
nuestra opinión, las compañías SI que, en parte, engañan al usuario al menos
en un aspecto, y es en el siguiente.
Contratar
la cobertura del robo, o incendio, o daños propios de su motocicleta de un año,
cuesta EXACTAMENTE lo mismo que si la motocicleta tuviera diez años.
Sin
embargo, a la hora de abonar indemnizaciones por un siniestro total, la cantidad
que corresponda por la motocicleta de diez años será MUY inferior a la que
correspondería si la motocicleta tuviera un año, por tanto, las compañías
deberían de responder a la siguiente pregunta:
¿porqué
cuesta igual si no voy a obtener la misma indemnización?
Lo
lógico es pagar en función de lo que se va a percibir a cambio, y sin embargo,
esto no ocurre así si la motocicleta es siniestro total
Ejemplo:
Se toma el caso de dos motocicletas idénticas, de la misma marca y modelo, pero uno
nuevo y otro con diez años. En el seguro se incluye la cobertura de robo. Esta
cobertura en ambos casos nos costará EXACTAMENTE lo mismo, y sin embargo, si la motocicleta
es robada y no aparece (es decir, siniestro total), la indemnización a
recibir en un caso (la motocicleta viejo) será muchísimo menor que en el otro
(la motocicleta nuevo). A igual pago de primas, no corresponden iguales indemnizaciones.
LA
LÓGICA
Si
en principio puede resultar un engaño, en realidad no es así del todo, es
decir, en el supuesto de una reparación, las piezas que le pondrán al motocicleta
serán NUEVAS, ya tenga la motocicleta unos meses como si tiene diez años. Por lo
tanto, en este caso, no es tal el engaño, que es lo que ocurre en el 90% de los
supuestos, ya que su motocicleta no es declarado siniestro
total todos los días.
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