|
|
Aprobado del Reglamento General de Conductores
El pasado viernes fue aprobado el nuevo Reglamento General de Conductores. Una de las medidas aprobadas en el PLAN DE SEGURIDAD VIAL, fue el endurecimiento en los requisitos para obtener la licencia de conducción de ciclomotores y el permiso de conducción de motocicletas, pretendiendo con ello la reducción en el número de fallecidos y de heridos graves entre los conductores de éstos vehículos. Los principales cambios radican en el aumento de la edad mínima para la obtención de permiso de ciclomotores, pasando de 14 a 15 años, y de 18 años para poder llevar a pasajeros ("paquete"), así como la exigencia de realizar prácticas en circuito cerrado aunque no determina la extensión. En cuanto a las motocicletas, se añaden a los requisitos que ya existían la realización de prácticas en circulación, para el permiso A1. Para el A2, la novedad es que no contempla exenciones. También aprobada la Regulación de la seguridad en concentraciones marítimas y pruebas náutico-deportivas El Real Decreto menciona la regulación de las condiciones de seguridad marítima de la vida humana en la mar, de aplicación en las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebas náutico-deportivas. En él se fija la cobertura de las responsabilidades por daños que puedan producirse en la celebración de las pruebas o concentraciones. De manera que los organizadores estarán obligados a comprobar que los propietarios de las embarcaciones tengan asegurada su responsabilidad civil, “de acuerdo con las normas que rigen los seguros obligatorios en la náutica de recreo y deportiva, o por cualquier otro medio que haga frente a dicha responsabilidad”. También afecta a la seguridad marítima, mediante el establecimiento de criterios de seguridad a regir la celebración de las competiciones y actos, sobre todo para las embarcaciones que participan y las personas que vayan a bordo. La nueva norma garantiza que estos criterios se aplican con carácter general y de forma homogénea a todo tipo de concentraciones que tengan lugar en aguas españolas. Además el diseño y la aplicación de estos procedimientos les corresponde a los organizadores de los eventos, bajo la supervisión de los capitanes marítimos de la Dirección General de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento”.
|
||||