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El Supremo prohíbe a las aseguradora aplicar cláusulas abusivas

El Tribunal Supremo ha prohibido a las compañías aseguradoras la aplicación de diez cláusulas que se incluyen de forma habitual en las pólizas de seguros por considerarlas 'abusivas' y ordena a las compañías de seguros no incluirlas a partir de ahora en los contratos.

Los magistrados rechazan los recursos presentados por Caser, Allianz, Mapfre Vida y Mapfre a Prima Fija, pero el fallo es para todas las compañías de seguros que operan en España.

La sentencia estima la acción de cesación planteada por la OCU respecto de estas cláusulas, una figura legal que permite plantear una acción colectiva ante los tribunales para obtener una sentencia judicial que obligue al demandado a eliminar las condiciones generales que se consideren nulas y a abstenerse de utilizarlas en el futuro.

El Supremo avala la utilización de la acción de cesación y recuerda que ésta "se hace especialmente necesaria en aquellos casos en los que las conductas de empresarios o profesionales se desarrollan de forma masiva mediante la utilización de condiciones generales para la contratación, y son especialmente aptas para lesionar los intereses colectivos o difusos de los consumidores y usuarios".

La anulación de cláusulas afecta a las pólizas 'Ahorro Asegurado', 'Hogar' y 'Auto' de Allianz, a la 'Seguro de Pensiones' de Mapfre Vida, a la 'Caser Auto' de Caser y a la 'Mapfre Automóviles' de Mapfre Familiar.

las cuatro compañías de seguros que alegaron la improcedencia del control de las cláusulas de las condiciones generales de los contratos de seguros por la vía de la acción de cesación, alegando que existe una normativa sectorial específica incluida en la Ley de Consumidores y Usuarios, que elimina la acción de cesación.

El Supremo recuerda que las cláusulas controvertidas constituyen condiciones generales de la contratación y que todas ellas forman parte de pólizas que pueden ser contratadas por consumidores y suscritas por profesionales.

La sentencia ha corrido a cargo del ponente Rafael Gimeno-Bayón Cobos junto a los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos, Román García Varela, Francisco Marín Castán, José Antonio Seijas Quintana, Encarnación Roca Trías y Rafael Gimeno-Bayón Cobos.

 

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