seguros coche

 
     

 

   

 

Las compañías aseguradoras no pueden aplicar entre sí el recargo de intereses por demora

 

El Tribunal Supremo ha negado a una compañía aseguradora que reclamaba a otra la indemnización abonada a su cliente, por ser ésta la última responsable, el derecho a un recargo de los intereses por demora en el pago, previsto en el artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro (LCS), ya que lo contrario "supondría derivar hacia otra entidad las consecuencias que son producto de la conducta injustificada de la directamente obligada al pago de la indemnización", según la conclusión del Supremo y sobre lo que hoy informa Expansión. Además, la demora "no afecta al perjudicado", que es la persona a la que se refiere dicho artículo de la LCS.

Así, el fallo establece que la LCS limita el ejercicio de la acción subrogatoria a la cantidad efectivamente satisfecha por la aseguradora a su cliente, mientras que, por otro lado, la Sala añade que dicho artículo de la LCS establece con precisión los sujetos a los que afecta la mora del asegurador, entre los que no se puede incluir a la aseguradora que ejercita la acción subrogatoria. "Evitar un enriquecimiento injusto del asegurado; la liberación injustificada del tercero responsable; y el desequilibrio económico que en la explotación del seguro puede determinar la irresponsabilidad de quienes causan daños de manera ilícita", es lo que se trata de evitar con la denegación de la acción subrogatoria con una finalidad de resarcimiento según ha concluido el Supremo.

 

calcular precios seguros coche

 

aseguradoras coches          comparativas seguro coche