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    Seguros Vitalicio (Básica) & Mutua Levante

seguro a Todo Riesgo con franquicia

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Bonificación
Daños propios
Robo
Incendio
Lunas
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Defensa jurídica
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Sistema de Bonificaciones
Nota: A continuación se muestra como es el sistema de penalización de estas dos aseguradora por declarar un siniestro, o como bonifica si no se hace. (ver concepto y la letra pequeña de las Bonificaciones)
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Bonificación máxima: 52% en las coberturas de Responsabilidad Civil Voluntaria y Obligatoria, y 60% en la cobertura de Daños Propios.

Número de años en obtener la máxima bonificación: 8

Escalas de bonificación:
- Responsabilidad Civil: 0 - 8 - 16 - 24 - 28 - 32 - 36 - 40 - 44 - 48 - 52%
- Daños propios: 0 - 12 - 21 - 29 - 35 - 35 - 40 - 45 - 49 - 53 - 57 - 60%

Bonificación: un nivel por año transcurrido sin declarar partes que penalicen.

Penalizaciones: en función de los años que se lleve en la aseguradora, y número de siniestros declarados, se puede bajar entre un 10 y 61% en Responsabilidad Civil Obligatoria, en la cobertura de Daños propios se puede perder entre un 14 y 26%. En pólizas a todo riesgo con franquicia, en la cobertura de daños propios, como máximo computarán 4 niveles por siniestro.

Penaliza la Responsabilidad Civil Obligatoria, Voluntaria y Daños propios.

No se penaliza por dar un parte de robo, incendio, lunas, asistencia en viaje, defensa jurídica, defensa en multas y seguro del conductor.

En SEGUROS VITALICIO, la Responsabilidad Civil Obligatoria y la Voluntaria se engloba en el grupo A, y la cobertura de Daños Propios en el grupo B. Si tenemos una bonificación de un 40% en cada grupo, y hacemos uso de la responsabilidad civil obligatoria, al año siguiente la bonificación del grupo A nos bajará un nivel, mientras que la bonificación del grupo B (donde no está dicha cobertura), al no verse afectada, y por tanto subirá un nivel.

 


Bonificación máxima: 60%

Número de años en obtener la máxima bonificación: 5

Bonificación: un nivel por año transcurrido sin declarar partes que penalicen.

Penaliza la Responsabilidad Civil Obligatoria, Voluntaria, Daños propios.

No se penaliza por dar un parte de robo, incendio, lunas, asistencia en viaje, defensa jurídica, defensa en multas y seguro del conductor.

Penalizaciones: por cada siniestro computable se pierde UN NIVEL.

En MUTUA LEVANTE, por cada parte computable, afecta a toda la bonificación. En otras aseguradoras, la penalización de un parte solo afecta a una cobertura, o a un grupo de ellas.

Por ejemplo, la Responsabilidad Civil Obligatoria y la Voluntaria se engloba en el grupo A, y la cobertura de Daños Propios en el grupo B. Si por ejemplo tenemos una bonificación de un 40% en cada grupo, y hacemos uso de la responsabilidad civil obligatoria, al año siguiente la bonificación del grupo A nos bajará un nivel, mientras que la bonificación del grupo B (donde no está dicha cobertura), al no verse afectada, y por tanto subirá un nivel.

 

 

Daños propios
Nota: Esta cobertura sirve para arreglar los daños en el coche cuando la culpa del accidente es nuestra (por ejemplo, salirse de una vía, o dar un roce con una columna) o cuando no existe un tercero identificado (por ejemplo, un rayón en el lateral de la puerta, o nos rompen un espejo). (ver concepto y la letra pequeña de los daños propios)
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En SEGUROS VITALICIO, cubren los daños producidos accesorios no de serie y NO declarados en la póliza, hasta un máximo de 1.000 euros por año. En MUTUA LEVANTE no los cubren.

Ejemplo: Suponga que al comprar el coche, pone como accesorios extra, pintura metalizada y tapicería de cuero, y no los declara en la póliza.


En SEGUROS VITALICIO corren con los gastos de la ITV en el supuesto de un siniestro en el que la Autoridad dictamine que tiene que pasar dicha inspección. En MUTUA LEVANTE no ofrecen esta cobertura.

 

 

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SEGUROS VITALICIO no cubre los daños producidos en neumáticos si estos son los únicos afectados. En caso de producirse otros daños en el coche, pagan el 100% del valor a nuevo.

En MUTUA LEVANTE NO indemnizan a valor a nuevo por los daños de los neumáticos si son los únicos elementos afectados. En el resto de casos lo hacen a valor de mercado.

 
 

 

Robo
Nota: Esta cobertura sirve para arreglar los daños en el coche por robo (por ejemplo, destrozan el salpicadero intentando robar la radio), o para indemnizar si nos roban todo el coche y no aparece. (ver concepto y la letra pequeña del robo)
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En SEGUROS VITALICIO indemnizan a valor a nuevo por el robo de los neumáticos del vehículo. En MUTUA LEVANTE lo hacen a valor de mercado.


En SEGUROS VITALICIO cubren el HURTO. En MUTUA LEVANTE no lo cubren.

Hurto: apropiación de un bien ajeno sin el uso de la fuerza sobre las cosas, o violencia sobre las personas.

Ejemplo: suponga que le roban en su casa, y se llevan el coche porque ha cogido las llaves del recibidor.


En SEGUROS VITALICIO corren con los gastos de la ITV en el supuesto de daños al coche por robo en el que la Autoridad dictamine que tiene que pasar dicha inspección. En MUTUA LEVANTE no ofrecen esta cobertura.


En SEGUROS VITALICIO, cubren el robo de sillas infantiles. En MUTUA LEVANTE no cubren este aspecto.

Ejemplo: Suponga que le roban la silla infantil para transportar a sus hijos.

 


En MUTUA LEVANTE cubren, hasta 3.000 euros, los accesorios no de serie y NO declarados en la póliza incluidos de fábrica. En SEGUROS VITALICIO cubren hasta un máximo de 1.000 euros por año.

Ejemplo: Suponga que al comprar el coche, pone como accesorios extra, pintura metalizada y tapicería de cuero, y no los declara en la póliza.


En MUTUA LEVANTE cubren los daños producidos en equipajes y objetos personales, hasta 500 euros (salvo equipos electrónicos, como telefonía, video, audio, GPS, etc, y tampoco dinero y joyas). SEGUROS VITALICIO no lo cubren.

Ejemplo: Suponga daños en abrigos.


En SEGUROS VITALICIO se dispone de un límite máximo de 1.000 euros al año para el robo de elementos como antenas, tapacubos, retrovisores, limpiaparabrisas, anagramas... En MUTUA LEVANTE no tiene esta limitación.

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En NINGUNA de las dos aseguradoras, indemnizan por el robo de las llaves, en el supuesto que estas sean lo único del vehículo robado.

Ejemplo: suponga que le quitan el bolso, y dentro de él están las llaves de su coche (junto con la cartera, teléfono móvil, etc, etc). En tal caso, las llaves, al ser la única parte del vehículo robado, NO se las cubrirían.
 

 

Incendio
Nota: Esta cobertura sirve para arreglar los daños en el coche por incendio (por ejemplo, incendian un contenedor y nos afecta al capó del coche). (ver concepto y la letra pequeña del incendio)
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En SEGUROS VITALICIO cubren los daños producidos en accesorios no de serie y NO declarados en la póliza, hasta un límite máximo de 1.000 euros. MUTUA LEVANTE no los cubren.

Ejemplo: Suponga que al comprar el coche, pone como accesorios extra, pintura metalizada y tapicería de cuero, y no los declara en la póliza.


En SEGUROS VITALICIO cubren a valor a nuevo los daños producidos en neumáticos. En MUTUA LEVANTE lo hacen a valor de mercado.


En SEGUROS VITALICIO, consideran la cobertura "combustión sin llama". MUTUA LEVANTE no ofrece esta cobertura.

Ejemplo: Suponga el caso de que le da "un calentón al coche", es decir, lo gripa, y como consecuencia de ello el cableado que rodea al motor se "chamusca". En sí no se ha producido ningún incendio, ya que no ha habido llama, pero el efecto es el mismo, que se han quemado los cables.

Le pagarán la sustitución de los cables, pero no la rotura del motor.


En SEGUROS VITALICIO corren con los gastos de la ITV en el supuesto de daños al coche por incendio en el que la Autoridad dictamine que tiene que pasar dicha inspección. En MUTUA LEVANTE no ofrecen esta cobertura.


En SEGUROS VITALICIO, cubren los daños por incendio en sillas infantiles. En MUTUA LEVANTE no cubren este aspecto.

Ejemplo: Suponga que le se daña la silla infantil para transportar a sus hijos.

 

 

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Lunas
Nota: Esta cobertura sirve para arreglar los daños en las lunas del coche (por ejemplo, circula detrás de un camión y salta una china y rompe el parabrisas delantero). (ver concepto y la letra pequeña de las lunas)
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SEGUROS VITALICIO en el supuesto de siniestro total sin derecho de indemnización, le pagan el valor de las lunas. En MUTUA LEVANTE no.

Ejemplo: Tiene un accidente donde usted es culpable, y no tiene derecho a indemnización alguna para el arreglo del coche porque su seguro es a terceros. Al menos, le deberían pagar el valor de las lunas del coche.
 
En MUTUA LEVANTE cubren los gastos de serigrafía de matrícula, bastidor, o si la luna era tintada. SEGUROS VITALICIO no ofrece esta cobertura.

Ejemplo: le rompen una ventanilla del coche y estaba tintada, o bien, tenía serigrafiada la matrícula.
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Asistencia en viaje
Nota: esta cobertura sirve para atender a los asegurados y su coche en caso de avería o accidente (por ejemplo, se queda tirado en la carretera por que se ha roto el motor). (ver concepto y la letra pequeña de la asistencia en viaje)
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En SEGUROS VITALICIO indemnizan hasta 300 euros para el rescate del vehículo. En MUTUA LEVANTE pagan hasta 200 euros.

Ejemplo: el rescate de un vehículo se produce, por ejemplo, cuando se cae por un barranco, y es preciso que grúas especiales lo rescaten.


En SEGUROS VITALICIO ofrecen asistencia en viaje al asegurado y toda su familia, ya viajen en el vehículo o en otro medio de transporte distinto. En MUTUA LEVANTE solo a los familiares.


En SEGUROS VITALICIO aplican todas las coberturas de la asistencia en viaje, además de en España, en Portugal. En MUTUA LEVANTE no todas las coberturas de asistencia en viaje se aplican en el extranjero.

 


En MUTUA LEVANTE ofrecen asistencia en viaje a las personas en TODO EL MUNDO. En SEGUROS VITALICIO, solo dentro del Convenio Multilateral de Garantías.

Ejemplo: en un viaje de vacaciones, pierde el vuelo que le traslada a su domicilio, y nadie se hace cargo de su regreso.


En MUTUA LEVANTE en caso de accidente o avería, le llevarían el coche al taller mas cercano si es una reparación ''menor'', o bien hasta su domicilio si es de ''importancia'' (cobertura opcional incluida en esta póliza). En SEGUROS VITALICIO sólo le llevarían el coche al taller mas cercano.

Ejemplo: Imagínese un accidente en el que el coche sufre desperfectos de consideración en Murcia y su lugar de residencia es Alicante. En el caso de MUTUA LEVANTE, su coche tendrá derecho a ir a Alicante, al taller que usted designe.


En MUTUA LEVANTE cubren la sustitución de una rueda, el cambio de llaves y si el vehículo se queda sin combustible. En SEGUROS VITALICIO no ofrecen esta cobertura.

Ejemplo: Suponga que pincha dos ruedas a la vez, o que pierde las llaves o se las roban mientras está de viaje, o por un mal cálculo, se queda sin combustible en mitad de una carretera sin tránsito, y de noche.

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En SEGUROS VITALICIO prestan asistencia en viaje a las personas en el supuesto de avería del vehículo desde fuera del término municipal donde resida el asegurado. En MUTUA LEVANTE desde el km 25.

Ejemplo: suponga que al salir del centro comercial de su ciudad el vehículo no arranca. Deberá solicitar un taxi, y pagarlo de su bolsillo, para poder ir a su domicilio.

En el caso de accidente, en ambas compañías,  SI ofrecen asistencia en viaje a las personas desde el km 0.

 

 

Seguro del conductor
Nota: esta cobertura sirve para indemnizar al conductor del coche cuando tiene un accidente y es por su culpa (por ejemplo, en caso de muerte por accidente, o se empotra contra un árbol y es preciso su hospitalización y se queda minusválido).  (ver concepto y la letra pequeña del seguro del conductor)

Nota II: las cantidades mostradas a continuación (muerte, invalidez y asistencia sanitaria) son las que ofrece cada aseguradora ''por defecto'' al solicitar un presupuesto. El cliente puede elegir cantidades mayores, con el pago de un sobreprecio.
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En SEGUROS VITALICIO indemnizan hasta 3.000 euros por asistencia sanitaria, pero si es a través de centros autorizados por esta compañía, la indemnización es ILIMITADA. En MUTUA LEVANTE pagan hasta 6.000 euros.

Ejemplo: Tiene un accidente y es necesaria su hospitalización, con intervenciones quirúrgicas por traumatismo, así como unos meses de rehabilitación. La Seguridad Social no cubre los accidentes de tráfico.


En SEGUROS VITALICIO indemniza de INMEDIATO, ''a cuenta'' de lo que deba indemnizar posteriormente, para que se puedan cubrir los gastos de sepelio. La aseguradora cubre hasta límite indicado por muerte para el asegurado. En MUTUA LEVANTE no.

Ejemplo: suponga que tienen que hacer frente a gastos de sepelio, etc.


En SEGUROS VITALICIO, en caso de muerte del asegurado, se encargan de la gestión administrativa, pago, etc, etc.  En MUTUA LEVANTE no cubren este aspecto.

Ejemplo: suponga que muere en un accidente y su familia queda en hospital con secuelas. Alguien se tiene que encargar de su entierro.


En SEGUROS VITALICIO cubre los gastos de adaptación del vehículo en el caso de que el conductor sufra una invalidez igual o superior al 60%.  En MUTUA LEVANTE esto no lo cubren.

Ejemplo: Tras un accidente le amputan una pierna, y para volver a conducir debe adaptar su vehículo para minusválidos.

Nota: para adaptación del vehículo, la vivienda y ayuda de una persona se tiene derecho hasta 30.000 euros si la invalidez es superior al 80%, y hasta 15.000 euros si es igual o superior al 60%.


En SEGUROS VITALICIO cubre los gastos de adaptación de vivienda en el caso de que el asegurado sufra una invalidez igual o superior al 60%. MUTUA LEVANTE no ofrece esta cobertura.

Ejemplo: Tras un siniestro queda en silla de ruedas, y necesita hacer obras en su casa para adaptarla (poner una rampa, ampliar las puertas, hacer un nuevo cuarto de baño, etc).

Nota: para adaptación del vehículo, la vivienda y ayuda de una persona se tiene derecho hasta 30.000 euros si la invalidez es superior al 80%, y hasta 15.000 euros si es igual o superior al 60%.


En SEGUROS VITALICIO paga una indemnización para que el asegurado pueda contratar a una persona que le ayude a realizar sus actividades elementales en la vida en el caso de que el asegurado sufra una invalidez igual o superior al 60%.  En MUTUA LEVANTE no cubren este aspecto.

Ejemplo: Tras un siniestro queda en parapléjico, y en necesario que una persona le atienda en las rutinas diarias de calzarse, vestirse, alimentarse...

Nota: para adaptación del vehículo, la vivienda y ayuda de una persona se tiene derecho hasta 30.000 euros si la invalidez es superior al 80%, y hasta 15.000 euros si es igual o superior al 60%.


En SEGUROS VITALICIO, si en el accidente mueren tanto el conductor como su cónyuge, y estos tienen hijos menores, la indemnización del conductor se DUPLICA respecto a la contratada.  En MUTUA LEVANTE no.


En SEGUROS VITALICIO ofrece ayuda psicológica, seguimiento médico y búsqueda de especialistas en caso de accidente del asegurado, ya sea como consecuencia de accidente con el automóvil, o actuando como peatón o circulando en bici. MUTUA LEVANTE no ofrece esta cobertura.

Ejemplo: tras un accidente, necesita ayuda psicológica para superarlo, o quiere que un médico siga la evolución de las secuelas que ha tenido.


En MUTUA LEVANTE, si el asegurado tiene más de 80 años, no tienen derecho a indemnización por muerte, invalidez permanente, o asistencia sanitaria. Solo tiene derecho a un 5% del capital asegurado para gastos de sepelio, y a la asistencia sanitaria urgente. SEGUROS VITALICIO no tiene esta limitación.

Ejemplo: suponga que lleva 30 años asegurado en la compañía, y por cumplir 80 años, pierde el derecho a esta cobertura.

 


En MUTUA LEVANTE dan por muerte 30.000 euros, valor por encima de la media. En SEGUROS VITALICIO pagan 6.000 euros.


En MUTUA LEVANTE dan por invalidez permanente y gran invalidez 30.000 euros, valor dentro de la media. En SEGUROS VITALICIO indemnizan 6.000 euros.


En MUTUA LEVANTE cubren al asegurado cuando viaja en otros vehículos, ya sea de dos o cuatro ruedas, o lo hace en transporte público.  En SEGUROS VITALICIO no lo ofrecen.

Ejemplo: suponga que viaja en un autobús y sufre un accidente.

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Defensa jurídica
Nota: esta cobertura sirve para defender los derechos del asegurado en caso de siniestro (por ejemplo, tiene un accidente contra otro coche y la compañía contraria no quiere pagar).  (ver concepto y la letra pequeña de la defensa juridica)
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En SEGUROS VITALICIO pone a disposición un servicio de información jurídica para que le asesore en temas relacionados con el vehículo y su circulación. En MUTUA LEVANTE no lo ofrecen.

Ejemplo: le para la Guardia Civil en un control de alcoholemia y da positivo. No tiene la ITV al día y le inmovilizan el coche, etc, etc.


SEGUROS VITALICIO reclama daños y perjuicios ocasionados al coche asegurado por causas ajenas a la circulación, como por ejemplo caídas de objetos de una obra, o daños en el túnel de lavado. En MUTUA LEVANTE no.

Ejemplo: suponga que aparca su automóvil a lado de una obra, le cae un cascote y le daña el maletero, y la constructora no quiere hacerse cargo.

 
En MUTUA LEVANTE asignan 3.000 euros para la elección de abogado libre. En SEGUROS VITALICIO cubren hasta 1.500 euros.

Ejemplo: Tras un accidente, usted decide contratar los servicios de un abogado de su confianza para tramitar el siniestro, y si procede, ir a juicio.


En MUTUA LEVANTE cubren la reclamación de daños y defensa jurídica del coche estando en reposo. SEGUROS VITALICIO no cubre este aspecto.

Ejemplo: Suponga que aparca el coche y le cae un cascote de una obra en el capó, y no quieren indemnizarle.


En MUTUA LEVANTE cubren reclamación de daños por incumplimiento de la garantía. SEGUROS VITALICIO no ofrece esta cobertura.

Ejemplo: se compra un coche nuevo y se rompe el motor por causas ajenas a usted, y la marca no quiere pagarle la reparación.


En MUTUA LEVANTE cubren reclamación de daños por repostar en gasolineras y daños en túneles de lavado. SEGUROS VITALICIO esto no lo cubre.

Ejemplo: mientras lava su coche en un túnel de lavado una pieza se suelta y le raya el coche, y no quieren hacerse cargo de la reparación.


En MUTUA LEVANTE cubren la reclamación de daños como consecuencia de remolcar a otro vehículo de manera circunstancial, o bien, que sea remolcado el propio coche. En SEGUROS VITALICIO no cubren este aspecto.

Ejemplo: Suponga que un amigo le llama para que ''arrastre'' su automóvil con su coche hasta el taller que está a la vuelta de la esquina, porque se ha quedado tirado. Y mientras lo remolca con el coche de su amigo y no quiere indemnizarle.

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Responsabilidad Civil
Nota: esta cobertura consta de la Responsabilidad Civil Obligatoria y la responsabilidad civil voluntaria)

La Responsabilidad Civil Obligatoria es IGUAL para todas las aseguradoras, ya que viene regulado por LEY. Sirve para cubrir las indemnizaciones que se tengan que hacer a terceras personas por culpa nuestra.
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En SEGUROS VITALICIO cubre, hasta un límite de 1 millón de euros, por los daños causados como consecuencia de la conducción del vehículo por un hijo menor de edad (del conductor declarado en la póliza). En MUTUA LEVANTE no lo cubren.

Ejemplo: Suponga un buen día le dice a su hijo... "eahhhh manolito, que te voy a enseñar a conducir…". Y claro, el su hijo no tiene cumplidos ni siquiera los 15, cuando menos los 18 años, y por supuesto, sin carnet de conducir. Y tienen un accidente.


En SEGUROS VITALICIO cubre, hasta un límite de 1 millón de euros, por conducir un vehículo ajeno. En MUTUA LEVANTE no.

Ejemplo: su amigo se acaba de comprar un coche, y se lo deja para que se de una vuelta. El coche tiene un seguro muy básico y tiene un accidente donde no se cubre parte de la indemnización a pagar al perjudicado.

 


En MUTUA LEVANTE cubren de manera ''OPCIONAL'', es decir, pagando un suplemento adicional para contratarla, la responsabilidad de los ocupantes del vehículo. SEGUROS VITALICIO no lo ofrece.

Ejemplo: Suponga que un pasajero que viaja en su coche abre la ventanilla y tira una lata de refresco, provocando un accidente.


En MUTUA LEVANTE cubren de manera ''OPCIONAL'', es decir, pagando un suplemento adicional para contratarla,  la responsabilidad como consecuencia de remolcar a otro vehículo de manera circunstancial, o bien, que sea remolcado el propio coche. En SEGUROS VITALICIO no.

Ejemplo: Suponga que un amigo le llama para que ''arrastre'' su automóvil con su coche hasta el taller que está a la vuelta de la esquina, porque se ha quedado tirado. Y mientras lo remolca tiene un accidente.


En MUTUA LEVANTE cubren la responsabilidad del coche estando en reposo, de manera ''OPCIONAL'', es decir, pagando un suplemento adicional para contratarla. SEGUROS VITALICIO no la ofrece.

Ejemplo: Suponga que estando aparcado se origina un incendio en su coche y afecta a otros coches colindantes.

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Otras coberturas
Nota: a continuación se muestran otras coberturas que suelen tener los seguros de coche.
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En MUTUA LEVANTE cubre, hasta 12.000 euros, la posible insolvencia de terceros. VITALICIO SEGUROS cubre hasta 6.000 euros.

Ejemplo: tiene un accidente con otro coche, y la culpa es del contrario. En tal caso, dicho tercero tendrá que pagar. Pero suponga que su compañía es insolvente y ha entrado en quiebra, en tal caso, estará en situación de liquidación, y será el Consorcio de Compensación de Seguros quien se encargue de pagar, ''cuando proceda''.


En MUTUA LEVANTE en el caso de pérdida total o parcial de puntos del carné de conducir incluye el coste  hasta 300 euros para gastos de desplazamiento En SEGUROS VITALICIO no.

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En NINGUNA de las dos aseguradoras, se puede contratar, ni lo ofrece como opción, la cobertura de préstamo reparación.

 

 

 

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