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SISTEMA DE BONIFICACIONES (concepto)

 

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  REGAL SEGUROS REALE  
 

 

  • Bonificación máxima: 65% en pólizas a ''todo riesgo''. En pólizas a ''terceros'', la bonificación máxima es del 60%.

  • Número de años en obtener la máxima bonificación: 8

Escalas de bonificación: 0 - 10 - 20 - 30 - 40 - 50 - 55 - 60 - 65%

No se penaliza por dar un parte de robo, incendio, lunas, asistencia en viaje, defensa jurídica, defensa en multas y seguro del conductor (y vehículo de sustitución si lo tuviera contratado).

  • En REGAL, por cada parte computable, afecta a toda la bonificación. En otras aseguradoras, la penalización de un parte solo afecta a una cobertura, o a un grupo de ellas.

Por ejemplo, en otras aseguradoras la Responsabilidad Civil Obligatoria y la Voluntaria se engloba en el grupo A, y la cobertura de Daños Propios en el grupo B. Si tenemos una bonificación de un 40% en cada grupo, y hacemos uso de la responsabilidad civil obligatoria, al año siguiente la bonificación del grupo A nos bajará un nivel, mientras que la bonificación del grupo B (donde no está dicha cobertura), al no verse afectada, y por tanto subirá un nivel.

 

 

  • Bonificación máxima: 60%.

  • Número de años en obtener la máxima bonificación: 23 !!!

Escalas de bonificación: 0-2-5-8-11-14-17-20-23-26-29-32-35-38-41-44-46-48-50-52-54-56-58-60%

  • Bonificación: un nivel por año transcurrido sin declarar partes que penalicen.

  • Penalizaciones: por cada siniestro, un tramo, salvo los en los partes por aparcamiento, que computa medio nivel.

No se penaliza por dar un parte de robo, incendio  (en estos dos casos si no es robo o pérdida total), lunas, asistencia en viaje, defensa jurídica y seguro del conductor.

  • Por cada siniestro declarado y computable, se penaliza un tramo.

  • En SEGUROS REALE, por cada parte computable, afecta a a una cobertura, o a un grupo de ellas, y no a todas.

Por ejemplo, la Responsabilidad Civil Obligatoria y la Voluntaria se engloba en el grupo A, y la cobertura de Daños Propios en el grupo B. Si por ejemplo tenemos una bonificación de un 40% en cada grupo, y hacemos uso de la responsabilidad civil obligatoria, al año siguiente la bonificación del grupo A nos bajará un nivel, mientras que la bonificación del grupo B (donde no está dicha cobertura), al no verse afectada, y por tanto subirá un nivel.

 

 
         

 

 

DAÑOS PROPIOS (concepto)

 

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  REGAL gana en... SEGUROS REALE gana en...  
 

 

En REGAL, en caso de siniestro total del vehículo, a partir del cuarto año y sucesivos indemnizan a valor venal mejorado. En SEGUROS REALE indemnizan a valor venal.

 

Para REGAL, el valor venal mejorado es el valor descrito en el Precio de Venta de Automóviles publicado por Eurotax - Ganvam, incrementado en un 30%.

 

En las dos aseguradoras, los dos primeros años pagan a valor a nuevo, y el tercero a valor venal mejorado.

 

En REGAL cubren  por los daños producidos en accesorios no de serie y NO declarados en la póliza. En SEGUROS REALE no cubren este aspecto.

 

Ejemplo: Suponga que al comprar el coche, pone como accesorios extra, pintura metalizada y tapicería de cuero, y no los declara en la póliza.

 

En SEGUROS REALE cubren los daños producidos en equipajes y objetos personales, hasta un máximo de 300 euros por siniestro. En REGAL dan 500 euros.

 

Ejemplo: Suponga daños en maletas y abrigos.

 

 

 

En SEGUROS REALE cubren los daños producidos al circular por vías no aptas, en REGAL solo para vehículos Todo Terreno.

 

Ejemplo: Supongamos que nos vamos a parar un día al campo, nos metemos por un camino y… nos empotramos contra un árbol.

 

En SEGUROS REALE, solo para vehículos con menos de 5 años de antigüedad, incluye la de vehículo de sustitución en caso de siniestro total del coche. En REGAL no.

 

La cobertura consiste en poner a disposición del asegurado de un coche del grupo C, durante un periodo máximo de 35 días. Alternativamente, el asegurado puede elegir una indemnización de 60 euros/día.

 

 

las dos compañías fallan en...

 

 

En SEGUROS REALE indemnizan los daños producidos en los neumáticos a valor venal.

 

REGAL no cubre los daños producidos en neumáticos si estos son los únicos afectados. En caso de colisión con otro vehículo, pagan el 100% del valor a nuevo.

 

 
         

 

 

ROBO (concepto)

 

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  REGAL gana en... SEGUROS REALE gana en...  
 

 

En REGAL, en caso de robo del vehículo, a partir del cuarto año y sucesivos indemnizan a valor venal mejorado. En SEGUROS REALE indemnizan a valor venal.

 

Para REGAL, el valor venal mejorado es el valor descrito en el Precio de Venta de Automóviles publicado por Eurotax - Ganvam, incrementado en un 30%.

 

En las dos aseguradoras, los dos primeros años pagan a valor a nuevo, y el tercero a valor venal mejorado.

 

En REGAL, cubren por los daños o robo producidos en accesorios no de serie y NO declarados en la póliza. En SEGUROS REALE no cubren este aspecto.

 

Ejemplo: Suponga que compra un automóvil con un sistema de navegación y se lo roban.

 

En SEGUROS REALE cubren el robo de equipajes y objetos personales, hasta un máximo de 300 euros por siniestro, SOLO en el caso de robo total del coche, y en España. En REGAL dan hasta 500 euros.

 

Ejemplo: Suponga el robo de maletas y abrigos.

 

En REGAL cubren el HURTO, en SEGUROS REALE no.

 

Hurto: apropiación de un bien ajeno sin el uso de la fuerza sobre las cosas, o violencia sobre las personas.

 

Ejemplo: suponga que mientras paga en una gasolinera, se ha dejado el vehículo abierto y las llaves puestas, y se lo roban.

 

 

 

En SEGUROS REALE, solo para vehículos con menos de 5 años de antigüedad, incluye la de vehículo de sustitución en caso robo del coche. En REGAL no.

 

La cobertura consiste en poner a disposición del asegurado de un coche del grupo C, durante un periodo máximo de 35 días. Alternativamente, el asegurado puede elegir una indemnización de 60 euros/día.

 

En SEGUROS REALE SEGUROS REALE instala para vehículos de alta gama, y de manera gratuita, un sistema GPS de localización de vehículos. Y para vehículos que no son de alta gama, financian el 50% de su instalación. En REGAL no.

 

Ejemplo: Suponga que tiene un vehículo de alto valor, o que suele ser objeto de ''deseo'' de bandas internacionales. Con el sistema GPS podrá saber donde está su vehículo en caso de robo.

 

 

las dos compañías fallan en...

 

 

En las dos compañías, en caso de robo de los neumáticos  indemnizan a valor venal.

 

 
         

 

 

INCENDIO (concepto)

 

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  REGAL gana en... SEGUROS REALE gana en...  
 

 

En REGAL, en caso de incendio total del vehículo, a partir del cuarto año y sucesivos indemnizan a valor venal mejorado. En SEGUROS REALE indemnizan a valor venal.

 

Para REGAL, el valor venal mejorado es el valor descrito en el Precio de Venta de Automóviles publicado por Eurotax - Ganvam, incrementado en un 30 %.

 

En las dos aseguradoras, los dos primeros años pagan a valor a nuevo, y el tercero a valor venal mejorado.

 

En REGAL, cubren por los daños producidos en accesorios no de serie y NO declarados en la póliza. En la mayoría de las compañías, no cubren este aspecto.

 

Ejemplo: Suponga que al comprar el coche, pone como accesorios extra, pintura metalizada y tapicería de cuero, y no los declara en la póliza.

 

En SEGUROS REALE cubren los daños producidos en equipajes y objetos personales, hasta un máximo de 300 euros por siniestro. En REGAL dan hasta 500 euros.

 

Ejemplo: Suponga el robo de maletas y abrigos.

 

 

 

En SEGUROS REALE cubren los daños producidos al circular por vías no aptas. En REGAL solo cubre los todo terreno.

 

Ejemplo: Supongamos que nos vamos a parar un día al campo, nos metemos por un camino y… mientras nos "comemos la tortilla" se declara un incendio y nuestro coche queda calcinado. En este caso SEGUROS REALE nos indemnizaría, ya que un camino no es una vía apta para la circulación, y por tanto, no es posible llegar a donde se incendió el coche legalmente.

 

En SEGUROS REALE, solo para vehículos con menos de 5 años de antigüedad, incluye la de vehículo de sustitución en caso de incendio total del coche. En REGAL no.

 

La cobertura consiste en poner a disposición del asegurado de un coche del grupo C, durante un periodo máximo de 35 días. Alternativamente, el asegurado puede elegir una indemnización de 60 euros/día.

 

 

las dos compañías fallan en...

 

 

En ninguna de las dos aseguradoras  cubren los daños producidos en neumáticos si estos son los únicos afectados.

 

 
         

 

 

LUNAS (concepto)

 

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En REGALen el supuesto de siniestro total sin derecho de indemnización, le pagan el valor de las lunas. En SEGUROS REALE no.

 

Ejemplo: suponga que tiene un accidente donde usted es culpable, y no tiene derecho a indemnización alguna para el arreglo del coche. Al menos, le deberían pagar el valor de las lunas del vehículo.

 

   
         

 

 

ASISTENCIA EN VIAJE (concepto)

 

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En REGAL prestan asistencia en viaje a las personas hasta el domicilio del asegurado en el supuesto de avería del vehículo desde el km 0. En SEGUROS REALE desde el km 15..., es decir, fuera del casco urbano de la ciudad donde vive.

 

     
         

 

 

   SEGURO DEL CONDUCTOR (concepto)

  Nota preliminar: Las indemnizaciones indicadas en esta cobertura son las mínimas que ofrece cada compañía, y en base a ellas se calcula el precio de la cuota (prima) a pagar. Si el asegurado quiere, puede aumentar dichas cantidades, con el pago del suplemento correspondiente.  
 

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En SEGUROS REGAL ofrece asesoramiento psicológico (durante 4 meses, una vez por semana) a los familiares el caso de muerte del conductor o alguno de los ocupantes del automóvil. En SEGUROS REALE también, pero ofrecen como máximo 10 sesiones.

Ejemplo: Sufre un accidente grave, donde su cónyuge fallece. Le ofrecen ayuda psicológica para superar dicha situación.

 

 

 

En REGAL indemnizan por muerte con 30.000 euros. En SEGUROS REALE indemnizan hasta 40.000 euros.

 

En REGAL dan por invalidez permanente y gran invalidez 30.000 euros. SEGUROS REALE hasta 40.000 euros.

 

En SEGUROS REALE indemnizan, hasta 7.500 euros, los gastos de sepelio de todos los ocupantes del vehículo por accidente de circulación. La prestación se extiende a un ámbito de cobertura de todo el mundo. En REGAL dan hasta 3.000 euros y solo es para muerte del asegurado.

 

Ejemplo: Tiene un accidente y un pasajero muere. Es necesario el transporte de sus restos hasta el domicilio, servicios funerarios, etc.

 

En REGAL indemnizan hasta 3.000 euros por asistencia sanitaria. En SEGUROS REALE la indemnización es ILIMITADA en centros reconocidos por la compañía, o 3.000 euros para aquellos no reconocidos.

 

En SEGUROS REALE  ofrecen asistencia sanitaria durante DOS años si es a través de centros reconocidos por la aseguradora, y de UN año si es de libre elección por el asegurado.  En REGAL dan hasta UN año

 

En SEGUROS REALE , si en el accidente mueren tanto el conductor como su cónyuge, y estos tienen hijos menores o incapacitados, la indemnización del conductor se DUPLICA respecto a la contratada. En REGAL no.

 

En SEGUROS REALE  cubre, hasta 18.000 euros, los gastos de adaptación de vivienda en el caso de que el asegurado sufra una gran invalidez. En REGAL no.

 

Ejemplo: Tras un siniestro queda en silla de ruedas, y necesita hacer obras en su casa para adaptarla (poner una rampa, ampliar las puertas, hacer un nuevo cuarto de baño, etc).

 

 
         

 

 

   DEFENSA JURÍDICA (concepto)

 

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REGAL reclama daños y perjuicios ocasionados al coche asegurado por causas ajenas a la circulación, como por ejemplo caídas de objetos de una obra. En SEGUROS REALE no.

Ejemplo:  suponga que aparca su automóvil a lado de una obra, le cae un cascote y le daña el maletero, y la constructora no quiere hacerse cargo.

 

REGAL cubren reclamación de daños en túneles de lavado. En SEGUROS REALE no.

Ejemplo:  mientras lava su coche en un túnel de lavado una pieza se suelta y le raya el coche, y no quieren hacerse cargo de la reparación.

 
 

 

En SEGUROS REALE asigna 6.000 euros para la elección de abogado libre. En REGAL dan hasta 3.000 euros.

 

Ejemplo: Tras un accidente, usted decide contratar los servicios de un abogado de su confianza para tramitar el siniestro, y si procede, ir a juicio.

 

En SEGUROS REALE  reclama daños y perjuicios ocasionados al coche asegurado por reparaciones defectuosas de talleres. En REGAL no.

 

Ejemplo: suponga que el taller se olvida de apretar un tornillo en una reparación del coche, y le produce un daño en el motor.

 

En SEGUROS REALE  ofrece reclamación de daños al asegurado si viaja en un vehículo distinto. En REGAL no.

 

Ejemplo: un amigo le deja su coche, y tiene un accidente provocado por un tercero. Suponga que su amigo no tiene la cobertura de defensa jurídica o su compañía se niega a defedenle, y tiene que ir a juicio para reclamar la indemnización.

 
 
         

 

 

RESPONSABILIDAD CIVIL (concepto)

 

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Ninguna de las dos aseguradoras adelanta a  la otra en esta cobertua.

 

 
         

 

 

OTRAS COBERTURAS

 

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SEGUROS REALE no adelanta la indemnización en el supuesto de accidente por culpa de un tercero, si su compañía acepta la culpabilidad. En REGAL adelantan hasta 7.000 euros.

 

Ejemplo: tiene un accidente con otro vehículo, y es culpa de este. Mientras se resuelve o no la tramitación, deberá esperar incluso semanas para que le reparen su coche.

 

 

 

 

 

 

REGAL incluye la cobertura de vehículo de sustitución ''OPCIONAL'', es decir, hay que pagar un suplemento adicional para tenerla contratada. En SEGUROS REALE es de ''serie''.

 

SEGUROS REALE incluye la cobertura de retirada del carnet de conducir como ''OPCIONAL''. En REGAL NO se puede contratar, ni como opción.

 

SEGUROS REALE  ofrece defensa jurídica para realizar pliegos de descargo ante la Administración en el caso de pérdida total o parcial de puntos del carné de conducir. Así mismo, incluye el coste para realizar cursos de recuperación de puntos y tasas de examen, a condición de que el asegurado las supere. En REGAL NO se puede contratar, ni como opción.

 

REGAL cubre la posible insolvencia de terceros (hasta 12.000 €). En SEGUROS REALE también, hasta 18.000 euros.

 

Ejemplo: tiene un accidente con otro vehículo, y la culpa es del contrario. En tal caso, dicho tercero tendrá que pagar. Pero suponga que su compañía es insolvente y ha entrado en quiebra, en tal caso, estará en situación de liquidación, y será el Consorcio de Compensación de Seguros quien se encargue de pagar, ''cuando proceda''.

 

 
         

 

 

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