|
|
|
|
seguros autos
Atlantis Seguros
& Agrupacion Mutua
seguro a Terceros + Lunas
|
coberturas incluidas en esta póliza |
|
|
|
|
|
|
|

|
Sistema de Bonificaciones |
|
|
| Nota:
A continuación se muestra como es el sistema de
penalización de estas dos aseguradora por declarar un
siniestro, o como bonifica si no se hace. (ver concepto
y la letra pequeña de las
Bonificaciones) |

ATLANTIS SEGUROS gana en... |
|

AGRUPACION MUTUA gana en... |
|
Bonificación máxima: 55%.
Número de años en obtener la máxima bonificación: 9.
Escalas de bonificación:
0-10-20-25-30-35-40-45-50-55%
Bonificación: un nivel por año transcurrido sin declarar
partes que penalicen.
Penaliza la
Responsabilidad Civil Obligatoria,
Voluntaria,
Daños propios,
robo,
incendio.
No se penaliza por dar un parte de
asistencia en viaje,
defensa jurídica,
defensa en multas y
seguro del conductor. En la cobertura de
lunas no se penaliza, pero tampoco se sube la
bonificación, es decir, queda ''congelada''.
Por cada parte declarado penaliza DOS niveles, excepto si se
tiene el 0% ó 10% en la bonificación, en cuyo caso penaliza
UN nivel.
En ATLANTIS SEGUROS, por cada parte computable, afecta a
toda la bonificación. En otras aseguradoras, la penalización
de un parte solo afecta a una cobertura, o a un grupo de
ellas.
Por ejemplo, la Responsabilidad Civil Obligatoria y la
Voluntaria se engloba en el grupo A, y la cobertura de Daños
Propios en el grupo B. Si por ejemplo tenemos una
bonificación de un 40% en cada grupo, y hacemos uso de la
responsabilidad civil obligatoria, al año siguiente la
bonificación del grupo A nos bajará un nivel, mientras que
la bonificación del grupo B (donde no está dicha cobertura),
al no verse afectada, y por tanto subirá un nivel.
|
|
Bonificación máxima: 55%.
Número de años en obtener la máxima bonificación: 9.
Escalas de bonificación:
0-10-20-25-30-35-40-45-50-55%
Bonificación: un nivel por año transcurrido sin declarar
partes que penalicen.
Penaliza la
Responsabilidad Civil Obligatoria,
Voluntaria,
Daños propios,
robo,
incendio.
No se penaliza por dar un parte de
asistencia en viaje,
defensa jurídica,
defensa en multas y
seguro del conductor. En la cobertura de
lunas no se penaliza, pero tampoco se sube la
bonificación, es decir, queda ''congelada''.
Por cada parte declarado penaliza DOS niveles, excepto si se
tiene el 0% ó 10% en la bonificación, en cuyo caso penaliza
UN nivel.
En AGRUPACION MUTUA, por cada parte computable, afecta a
toda la bonificación. En otras aseguradoras, la penalización
de un parte solo afecta a una cobertura, o a un grupo de
ellas.
Por ejemplo, la Responsabilidad Civil Obligatoria y la
Voluntaria se engloba en el grupo A, y la cobertura de Daños
Propios en el grupo B. Si por ejemplo tenemos una
bonificación de un 40% en cada grupo, y hacemos uso de la
responsabilidad civil obligatoria, al año siguiente la
bonificación del grupo A nos bajará un nivel, mientras que
la bonificación del grupo B (donde no está dicha cobertura),
al no verse afectada, y por tanto subirá un nivel.
|
|
|
|
|
|
|
Asistencia en viaje |
|
|
| Nota:
esta cobertura sirve para atender a los asegurados y su
coche en caso de avería o accidente (por ejemplo, se
queda tirado en la carretera por que se ha roto el
motor). (ver concepto y la letra pequeña de la
asistencia en viaje) |

ATLANTIS SEGUROS gana en... |
|
 |
|
NINGUNA de las dos aseguradoras, adelanta a la otra en esta
cobertura. |
| Las dos
aseguradoras fallan en... |
|

En ambas aseguradoras, en caso de avería o accidente, tiene derecho a
llevar el vehículo al taller mas cercano. En algunas
compañías, usted tiene derecho a llevarse el coche incluso
al taller que designe en su domicilio si se trata de una
reparación de importancia.
Ejemplo:
Imagínese un accidente en el que el coche sufre desperfectos
de consideración en Málaga, y su lugar de residencia es
Barcelona. En el caso de ambas compañias, su coche se
quedará en el pueblo más próximo, y además, no será el
taller de confianza, ni podrá estar encima de la reparación,
ya que usted se irá a Barcelona (es decir, a 1000 km). En
otras compañías, su coche y usted se irán a Barcelona. |
|
|
|
|
|
|
Otras coberturas |
|
|
|
Nota:
a continuación se muestran otras coberturas que suelen
tener los seguros de coche. |

ATLANTIS SEGUROS gana en... |
|

AGRUPACION MUTUA gana en... |

ATLANTIS SEGUROS incluye la cobertura de
vehículo de
sustitución ''opcional'', es decir, hay que pagar un
suplemento adicional para tenerla contratada. En AGRUPACION
MUTUA no se puede contratar, ni lo ofrece como opción.

ATLANTIS SEGUROS incluye la cobertura de
retirada del carné de conducir OPCIONAL en esta póliza,
es decir, pagando un suplemento adicional. En AGRUPACION
MUTUA no se puede contratar, ni lo ofrece como opción.
La cobertura consiste en el pago de 300 ó 600 euros al mes,
hasta un máximo de 12 meses.

ATLANTIS SEGUROS incluye la cobertura de
defensa
en multas ''de serie'' en esta póliza. En AGRUPACIO
MUTUA no se puede contratar, ni lo ofrece como opción.

ATLANTIS SEGUROS adelanta hasta un máximo de 12.000 euros en
el supuesto de accidente por culpa de un tercero, si su
compañía acepta la culpabilidad. AGRUPACION MUTUA adelanta
hasta 6.000 euros.
Ejemplo: tiene un accidente con otro vehículo, y es
culpa de este. Mientras se resuelve o no la tramitación,
deberá esperar incluso semanas para que le reparen su coche.

ATLANTIS SEGUROS ofrece defensa jurídica para realizar
pliegos de descargo ante la Administración en el caso de
pérdida total o parcial de puntos del carné de conducir. Así
mismo, incluye el coste para realizar cursos de recuperación
de puntos, tanto total o parcial. En AGRUPACION MUTUA no
ofrecen esta cobertura.
Así mismo, se indemniza con 150 euros por mes, durante un
plazo máximo de 6 meses de espera hasta que se pueda
recuperar el carné por pérdida total de puntos.
Se incluye la defensa jurídica por procedimientos judiciales
contra la seguridad del tráfico (p.e. ir a 250 km/h en una
autovía, o dar 1.2 mgr en sangre en una prueba de
alcoholemia).
|
|
|
| Las dos
aseguradoras fallan en... |
|

En NINGUNA de las dos aseguradoras, indemnizan la limpieza
del vehículo (tapicerías, interior, etc) por el traslado de
heridos.
Es deber, por Ley, socorrer a los posibles heridos
involucrados en un accidente, pudiendo incluso, necesitar
nuestro vehículo para trasladarlos a un Hospital.

NINGUNA de las dos aseguradoras, cubre la posible
insolvencia de terceros.
Ejemplo: tiene un accidente con
otro coche, y la culpa es del contrario. En tal caso, dicho
tercero tendrá que pagar. Pero suponga que su compañía es
insolvente y ha entrado en quiebra, en tal caso, estará en
situación de liquidación, y será el
Consorcio de Compensación de Seguros quien se encargue
de pagar, ''cuando proceda''.

En NINGUNA de las dos aseguradoras, se puede contratar ni lo
ofrece como opción, la cobertura de préstamo
reparación. |
|
|
|
|
|


|
|