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Obligación al pago de una reparación

 

 

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Asunto:  

Tuve un accidente en una autopista y se produjo por culpa de un coche que circulaba por el carril izquierdo e invadió el carril derecho por el que circulaba yo. El caso es que, después de frenar y dar volantazo para evitarlo, golpeé contra el muro delimitador de la vía y el coche empezó a girar como una peonza. No tengo los datos del otro vehículo. Tengo un seguro a todo riesgo con franquicia. Me han dado siniestro total (el arreglo es de más de 10.000 EUR y el valor venal del vehículo según tablas GANVAM es de 6.500E UR).

Quisiera que me lo arreglaran o que le pusieran otro coche de idénticas características. El seguro dice que no. Le dan 6.260 EUR (valor venal - franquicia). Me dan hasta el valor de afección, ya que "no hay contrario es mi propia compañía la que ha de hacerse cargo)".

En las condiciones generales dice que en caso de siniestro total (cuando la reparación sea mayor al 75% del valor venal), la indemnización es de:

- Valor a nuevo si tiene menos de un año.

- Valor venal más 50% si tiene dos o tres años.

- Valor venal a partir del cuarto (este coche va a hacer cinco)

No dice nada de vehículo sustitutivo ni de arreglo. Sólo dice que se indemnizará, pero tampoco dice que sea según las tablas Ganvam.

Leyendo en internet he visto que SIEMPRE SE TIENE DERECHO A LA REPARACIÓN, CUESTE LO QUE CUESTE y que ABSOLUTAMENTE EN TODOS LOS CASOS TIENE DERECHO A UN VEHÍCULO DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS.

La pregunta es: ¿es cierto que siempre se puede exigir reparación o vehículo similar, o depende de las condiciones generales de la póliza y/o de si existe compañía contraria? ¿Sólo se puede pedir el valor de afección si el culpable es otro y su compañía se hace cargo? ¿Cuál sería el valor venal de un Renault Megane Coupé 1.9 dTi XRI de junio de 1999 con 85.000km.?

En la póliza no dice según qué tablas se calcula el valor venal, ¿qué pasa si la tasación según ganvam y eurotax o cualquier otra es muy distinta?

 

Respuesta: 

 

No puede creerse todo lo que salga por internet, como no puede creerse todo lo que le diga un amigo que no es especialista en estos temas.

Usted tiene un contrato firmado con su compañía y esta le indemnizara de acuerdo con lo pactado en las condiciones generales. Su compañía como ha comprobado en su condicionado no se compromete al arreglo al coste que fuera, ni a reponer con otro vehículo similar. Ni su compañía ni ninguna, en la actualidad, garantiza esto. Y no puede pedir mas indemnización, ni como valor de afección, ni perjuicios de otro carácter. Únicamente tiene derecho a lo firmado por su aseguradora.

 

Otra cosa seria si tuviera un culpable responsable y usted reparara el vehículo, podría reclamar al contrario la reparación total. Reclamar no quiere decir que lo consiguiera, seria probable, pero depende de las circunstancias.                

En cuanto al valor venal, es el valor de mercado. Se utilizan las tablas Ganvam, porque es una asociación de compraventa de coches y de talleres que emiten unas tablas periódicamente con los valores de compra y venta de los coches. Por lo tanto deberían coincidir con el precio de mercado, porque es lo que pagaría un profesional por su vehículo o en el precio que se lo venderían.

Dirrúyase a su concesionario o taller de confianza, que seguro que tienen las tablas de Ganvam o Eurotax y se lo darán sin problema.