Estaba estacionado en una
calle de una urbanización, a la derecha de la vía. Yo tenía la puerta trasera
izquierda abierta y medio cuerpo fuera y medio en el interior del coche, otro
vehículo arrancó mi puerta.
El conductor del otro
vehículo proporcionó rápidamente un parte amistoso. La verdad es que no
anotamos que la puerta ya se encontraba abierta. Después, tranquilamente
en casa, rellené el dorso del parte, explicando con detalle el accidente,
incluyendo el hecho de que la puerta se encontraba abierta, lo cual parece ser
es de suma importancia en este caso.
Mi compañía (AXA) sólo me
dice que no había acuerdo, que la otra compañia (Mutua Madrileña) no se hacía
culpable. Pero ahora me comunican que ya hace unos días nos tuvimos que
declarar culpables debido a "versiones contradictorias". Me dicen que en este
caso, si las versiones son contradictorias, por una de las leyes del convenio,
el coche que se encuentra estacionado con la puerta abierta está OBLIGADO a
declararse culpable.
Tengo el seguro a terceros
con protección jurídica, pero la compañía dice que sin un testigo no pueden
hacer nada.
Conseguí localizar al
conductor del vehículo contrario, el cual, al menos ante mí, se declaró
culpable. Me asegura que su compañía le reclamó una aclaración de los hechos
porque éstos no quedaban claros. Según sus palabras, me dice que les envió esa
aclaración indicando que iba despistado y no vió la puerta. Sin embargo, dicha
aclaración es posterior a que mi compañía se declarara culpable.
AXA dá el caso cerrado a
menos que tengamos una declaración jurada del conductor del otro vehículo, a
lo que su compañía (Mutua Madrileña) se opone rotundamente, claro.
¿Existe tal obligación a
declararme culpable, en el caso expuesto? O bien ¿obró AXA correctamente al
declararme culpable? ¿Me queda alguna otra opción por intentar?