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Asunto: 

Tengo 25 años y una antigüedad del carnet de conducir de 7 años. Hace un mes me compré un coche y decidí asegurarlo en una compañía (A). Los coches de mis padres estaban asegurados en esta compañía y hasta ahora el servicio había sido muy bueno. El coche de mi padre está a mi nombre y él es el asegurado; y una de las cláusulas de la póliza es que el coge no puede ser conducido por una persona menor de 25 años ni con una antigüedad de carnet inferior a 2 años (es decir, que yo estoy cubierta en ese seguro). Cuando compré mi coche decidí hacer lo mismo, el coche está a mi nombre y el seguro al nombre de mi padre, ya que según estas cláusulas yo también estoy asegurada.  

Solicité la póliza y di todos los datos y no hubo ningún problema para centrarla. Cuando envié la documentación del coche me dijeron que como yo soy la propietaria y mi padre es el asegurado, él debe firmar un documento en el que se explicita que yo no conduciré el coche bajo ningún concepto. Esto me sorprendió y llamé para aclararlo. Su respuesta fue que no sabían que el coche está a mi nombre y que han cambiado las normas y que no estoy cubierta en el seguro. Es decir, que no puedo llevar mi coche porque no estoy asegurada. Pero lo más curioso es que en el coche de mi padre si que estoy asegurada porque la póliza existe desde el año 99. Así es que me han echado de la compañía y no puedo llevar mi coche pero el de mi padre si. ¿Pueden anular la póliza de un día para otro y dejarte sin seguro?

 

Respuesta:

 

Para rescindir un contrato de seguro existen unas normas. El asegurador puede anular la póliza al vencimiento si antes le avisa con dos meses de antelación. así que no le anularan de un día para otro, deben avisarle con tiempo, pero si quieren, si pueden rescindirle el contrato.