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Indemnización o Arreglo de un Vehículo
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Asunto:
Me gustaría saber, si en el caso
de siniestro de mi vehículo (8 años de antigüedad),
siendo yo el responsable del mismo, ¿mi seguro (todo riesgo sin franquicia), se
haría cargo de la factura total de la reparación?, es decir, ¿estaría mi compañía
de seguros obligada a entregarme el vehículo en perfecto estado sin ningún
coste adicional para mí, aún a sabiendas de que dicha factura supera el
valor venal, venal mejorado o valor de mercado del coche según la compañía?,
o por el contrario lo declaran siniestro total entregándome el importe del
referido valor que tengan estipulado, o me proponen arreglarme totalmente
el vehículo haciendo frente yo a la diferencia. Por favor, ¿que marca la
normativa y la ley en estos casos?.
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Respuesta:
Todo
depende de el contrato que tenga firmado con su compañía, (póliza de
seguro, condiciones particulares y generales). Si conforme al
contrato, su vehículo es declarado como perdida total o siniestro
total, usted tendrá derecho a la indemnización que marque en su
contrato. Generalmente el valor venal de vehículo. Nada mas.
En
ese caso a usted le deben indemnizar con el valor venal del vehículo,
descontado el valor de los restos (chatarra), porque el vehículo sigue
siendo suyo, y usted decidirá si quiere repararlo o venderlo a un
desguace.
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