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Indemnización o Arreglo de un Vehículo

 

 

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Asunto:   

 

Me gustaría saber, si en el caso de siniestro de mi vehículo (8 años de antigüedad), siendo yo el responsable del mismo, ¿mi seguro (todo riesgo sin franquicia), se haría cargo de la factura total de la reparación?, es decir, ¿estaría mi compañía de seguros obligada a entregarme el vehículo en perfecto estado sin ningún coste adicional para mí, aún a sabiendas de  que dicha factura supera el valor venal, venal mejorado o valor de mercado del coche según la compañía?, o por el contrario lo declaran siniestro total entregándome el importe del referido valor  que tengan estipulado, o me proponen arreglarme totalmente el vehículo haciendo frente yo a la diferencia. Por favor, ¿que marca la normativa y la ley en estos casos?.

 

Respuesta:

 

Todo depende de el contrato que tenga firmado con su compañía, (póliza de seguro, condiciones particulares y generales). Si conforme al  contrato, su vehículo es declarado como perdida total o siniestro total, usted tendrá derecho a la indemnización que marque en su contrato. Generalmente el valor venal de vehículo. Nada mas.

 

En ese caso a usted le deben indemnizar con el valor venal del vehículo, descontado el valor de los restos (chatarra), porque el vehículo sigue siendo suyo, y usted decidirá si quiere repararlo o venderlo a un desguace.