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INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (máximo 1.5 puntos)
Nota: dado que la práctica totalidad de las compañías
ofrecen varios capitales de indemnización, se tomará en
cuenta el MÍNIMO que se ofrece, ya que es el que se tiene en
cuenta para calcular la tarifa base.
- 1,5 puntos si la aseguradora indemniza, en caso de muerte
del asegurado, a partir de 50.000 euros.
- X puntos para cantidades inferiores, estableciendo una regla
de proporcionalidad. Por ejemplo:
- 0,75 puntos para 25.000 euros.
INDEMNIZACIÓN POR INVALIDEZ (máximo 1.5 puntos)
Nota: dado que la práctica totalidad de las compañías
ofrecen varios capitales de indemnización, se tomará en
cuenta el MÍNIMO que se ofrece, ya que es el que se tiene en
cuenta para calcular la tarifa base.
- 1,5 puntos si la aseguradora indemniza, en caso de invalidez
permanente del asegurado, a partir de 50.000 euros.
- X puntos para cantidades inferiores, estableciendo una regla
de proporcionalidad. Por ejemplo:
- 0,75 puntos para 25.000 euros.
ASISTENCIA SANITARIA (máximo 1,0 puntos)
- 1,0 punto si la aseguradora cubre la asistencia sanitaria de
manera ILIMITADA en centros reconocidos por el Consorcio de
Compensación de Seguros, o sin ser ILIMITADA y en centros de
libre designación, es igual o mayor a 100.000 euros.
- 0,X puntos para cantidades inferiores, estableciendo una
regla de proporcionalidad. Por ejemplo:
- 0,75 puntos para 75.000 euros.
- 0,5 puntos para 50.000 euros.
- 0,25 puntos para 25.000 euros.
TIEMPO ASISTENCIA SANITARIA (máximo 0,5 puntos)
- 0,5 puntos si la aseguradora cubre la asistencia sanitaria
del asegurado por DOS años o más.
- 0,25 puntos si la aseguradora cubre la asistencia sanitaria
del asegurado durante UN año.
- 0 puntos si la aseguradora cubre la asistencia sanitaria del
asegurado por menos de UN año.
Nota
Aquellas compañías que ofrezcan coberturas adicionales, o excepciones no
contempladas en el anterior sistema de puntuación, se
añadirán al análisis y se puntuarán en función de la
indemnización o servicio que se ofrezca.
Por ejemplo, en el apartado positivo, indemnización por
adaptación de la vivienda a minusválidos, el anticipo de
cantidades para gastos de sepelio, doble capital en caso de
fallecimiento del asegurado y el cónyuge. En el apartado
negativo, por ejemplo: limitar la indemnización a personas
mayores.45* |