La asistencia médica en un accidente sin contrario nunca es ilimitada

Elena Castello

La cobertura médica en un accidente de moto o de coche está asegurada de forma ilimitada en algunas pólizas de seguros porque la aseguradora ha suscrito voluntariamente un acuerdo de asistencia con centros públicos o privados, mediante lo que se denomina Convenio de Asistencia Sanitaria de Unespa, la patronal de las aseguradoras. Sin embargo, quedan excluidos de este convenio los accidentes de moto o coche en los que no interviene un contrario, aunque hay diferencias, según se trate de centros médicos públicos o privados.

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¿Qué ocurre cuando tengo un accidente y resulto herido siendo el responsable?

Cuando un conductor es responsable de un accidente de tráfico y resulta herido, la cobertura del seguro que permite indemnizarle se llama Seguro del Conductor. Consta de tres garantías básicas: indemnización por fallecimiento del conductor asegurado; indemnización por invalidez permanente, total o parcial; e indemnización por los gastos sanitarios necesarios.

¿Existe una limitación a estas coberturas?

Cada póliza establece una cantidad límite para estas garantías. Sin embargo, hay algunas compañías de seguros que pueden cubrir los gastos médicos de manera ilimitada durante un periodo de tiempo, que suele ser de uno a tres años. Esto es así si la asistencia médica se realiza en centros concertados, esto es, en centros médicos públicos o privados adheridos al Convenio de Asistencia Sanitaria de Unespa (la patronal de las aseguradoras). Este convenio lo suscriben voluntariamente las compañías que desean ofrecer este servicio.
Fuente: unespa.es

¿Hay casos excluidos de estos convenios?

Sí. Hay dos supuestos no amparados o que lo están de forma limitada, aunque de forma distinta, según se trate de centros privados o centros públicos. Se trata de los accidentes de moto sin contrario y de los accidentes de coche sin contrario. Por ejemplo: salirse de la vía porque perdemos el control del coche o que vuelque nuestro vehículo por frenar bruscamente en una curva. Pero esta es una información que no suele estar especificada en los contratos de seguro, pero que hay que tener muy en cuenta para no llevarse ninguna sorpresa si nos encontramos en alguno de los dos casos.

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¿Qué es un accidente de motorista sin contrario y cómo estoy cubierto?

Se trata de un accidente en el que no interviene un segundo conductor. Este caso está excluido del Convenio de Asistencia Sanitaria de Unespa del sector privado. Esto quiere decir que la indemnización que recibas tendrá un límite que será la cantidad que ofrezca tu aseguradora en la póliza para centros privados no concertados. En el Convenio del sector público, sí están incluidos los gastos médicos, pero solo los relativos a la primera asistencia o atención urgente, lo que significa que, si necesitas una segunda intervención, el seguro pagará hasta la cantidad contratada para centros públicos no concertados. Si este dinero no fuera suficiente, el resto saldrá de tu bolsillo.

¿Qué es un accidente de conductor de coche sin contrario y cómo estoy cubierto?

Como en el anterior caso, se trata de un accidente en el que no hay involucradas otras personas. La asistencia médica ilimitada tampoco está incluida en centros privados para los conductores de coches. Si acudes a un centro público adherido al Convenio, el seguro te cubre hasta una determinada cantidad que ronda los 10.000 euros. Si la factura médica fuese superior, la diferencia la pagaría tu aseguradora hasta el límite contratado.

¿Por qué es tan importante el Seguro del Conductor?

Es una cobertura imprescindible, especialmente para los motoristas, si quieres ser indemnizado por las lesiones que puedas sufrir en un accidente de tráfico del que eres responsable, ya que estos no están cubiertos por la Seguridad Social. Si el conductor asegurado no es culpable del siniestro, es la compañía contraria la que paga de forma íntegra los gastos sanitarios a través del seguro de responsabilidad civil del contrario o tercero culpable.

¿Qué pasa si no tengo seguro?

No tener ningún tipo de seguro te puede ocasionar graves problemas. En primer lugar, te pueden poner una multa, que oscila entre los 601 y los 3.000 euros e inmovilizarte el vehículo. Además, si tienes un accidente con un tercero, deberás hacerte cargo de todos los gastos ocasionados por daños, físicos y materiales.

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Si el siniestro se produce “in itinere”, esto es, de camino o de vuelta del trabajo, sería considerado un accidente laboral y lo cubre la mutua de tu empresa.

Sabías que…

Todos los vehículos están obligados por ley a contar con un seguro. La póliza mínima requerida es la de Responsabilidad Civil Obligatoria, cuyo propósito principal es cubrir los posibles daños que podamos causar a terceros mientras conducimos. Estos daños pueden ser tanto físicos como materiales. Esta cobertura asegura los daños a terceras personas, ya sean conductores o pasajeros, pero no cubre los daños del propio conductor (ya sean físicos o materiales). Es por eso que el seguro del conductor, también conocido como cobertura adicional de accidentes del conductor, es tan importante. Esta cobertura incluye los gastos de asistencia médica para el propio conductor, y también cubre una parte del capital en caso de invalidez o fallecimiento. Sin embargo, generalmente esta cobertura tiene un límite que oscila entre los 3.000 y los 100.000 euros.

RESUMEN
  • Hay algunas compañías de seguros que pueden cubrir los gastos médicos de manera ilimitada durante un periodo de tiempo, que suele ser de uno a tres años. Esto es así si la asistencia médica se realiza en centros concertados, esto es, en centros médicos públicos o privados adheridos al Convenio de Asistencia Sanitaria de Unespa (la patronal de las aseguradoras).
  • La asistencia sanitaria ilimitada no es aplicable en dos situaciones: los accidentes de moto sin contrario y los accidentes de coche sin contrario. Por ejemplo, en ambos casos, salirse de una curva o tener un choque por exceso de velocidad.
  • Dependiendo de si la asistencia es un centro público o privado, están incluidos los gastos médicos en estos dos casos, pero solo los de primera asistencia o asistencia urgente.
  • Para tener cobertura en todos los casos, incluso aquellos en los que res responsable del accidente, es imprescindible el Seguro del Conductor. Si el conductor asegurado no es culpable del siniestro, es la compañía contraria la que paga de forma íntegra los gastos sanitarios a través del seguro de responsabilidad civil del contrario o tercero culpable.
  • No tener seguro puede ocasionarte elevadas multas, la inmovilización del vehículo y el tener que pagar de tu bolsillo la asistencia y la indemnización, si tienes un accidente con un tercero que resulta dañado.
FAQ
Si tengo un accidente, ¿tendré cubierta la asistencia médica en todos los casos?
¿En qué casos no está cubierta la asistencia médica en este concierto?
¿Cuál es la manera de estar cubierto en estos casos?
¿Tiene un límite esta cobertura?

Fuentes

  • https://www.unespa.es/que-hacemos/convenios-y-ficheros/
  • https://www.unespa.es/convenios/convenios-asistencia-sanitaria-sector-publico/
  • https://www.unespa.es/convenios/convenio-de-asistencia-sanitaria-sector-privado/
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Elena Castello

Redactora con más de 20 años de experiencia en distintos medios de comunicación. Ha publicado cientos de textos periodísticos en revistas, radio, periódicos y televisión, así como en medios digitales. Entre los distintos temas tratados, figura la seguridad vial y el mundo de los seguros, lo que le ha dado experiencia para redactar contenidos en Arpem.com.

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